Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 40 de 27/02/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

Resolución de 12 de febrero de 2009, del Instituto de Estadística de Andalucía, por la que se adjudica una beca de formación y una beca de investigación en el Área de la Estadística Pública en el Sistema Estadístico de Andalucía.

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Mediante Resolución de 27 de noviembre de 2008 del Instituto de Estadística de Andalucía se adjudicaron 9 becas de formación y 8 de investigación en el área de Estadística Pública correspondientes a la convocatoria establecida en la Orden de 20 de agosto de 2008 de la Consejería de Economía y Hacienda (BOJA núm. 169, de 26 de agosto). Esta convocatoria se rige por lo dispuesto en la referida Orden por la que se establecen las normas reguladoras de la concesión de becas de formación e investigación por el Instituto de Estadística de Andalucía.

Las becarias doña Paloma García Sampedro, con DNI núm. 26.237.839-Z y doña Elena Vida Borrero, con DNI núm. 44.603.880-A, adjudicatarias de una beca de formación y de una beca de investigación respectivamente, renunciaron a las mismas. En dicho supuesto, la citada Orden ha previsto la sustitución de las becarias, a las personas candidatas siguientes en la relación ordenada elaborada por la Comisión de Selección, siempre que este período permita cumplir con la finalidad de la beca.

Según consta en el acta de la sesión de la Comisión de Selección celebrada el día 24 de noviembre de 2008, las personas candidatas siguientes en la relación ordenada por puntuación elaborada por la Comisión de selección para la titulación correspondiente:

- Licenciatura en Economía, es doña Inmaculada Herrera Delgado, con DNI 28.630.265-A.

- Diplomatura en Estadística, es don Javier Espigares Nayach, con DNI 75.878.664-P, tras la renuncia de doña Mercedes Pluma Rodríguez de Almansa.

Vistos los antecedentes y en virtud de lo señalado en el artículo 14.4 de la Orden de 20 de agosto de 2008,

RESUELVO

Primero. Adjudicar 1 beca de formación en el área de la estadística pública en el Sistema Estadístico de Andalucía a doña Inmaculada Herrera Delgado, con DNI 28.630.265-A por el período comprendido entre el 13 de febrero de 2009 y el 12 de agosto de 2009.

Segundo. Adjudicar 1 beca de investigación en el área de la estadística pública en el Sistema Estadístico de Andalucía a don Javier Espigares Nayach, con DNI 75.878.664-P por el período comprendido entre el 13 de febrero de 2009 y el 12 de agosto de 2009.

Tercero. La dotación de estas becas comprende:

a) Una asignación mensual de 1.230 euros para la beca de formación y de 1.330 euros para la beca de investigación.

b) Seguro combinado de accidentes individuales, intervención quirúrgica, hospitalización y asistencia médica.

c) Otros gastos de carácter extraordinario ocasionados por la actividad, previa autorización expresa de la Directora del Instituto de Estadística de Andalucía.

Las asignaciones mensuales se abonarán durante todo el período de disfrute de la beca por mensualidades vencidas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.2.a) de la Orden de 20 de agosto de 2008.

Las becas están financiadas con cargo a la aplicación presupuestaria siguiente: 01.10.31.01.00.480.00.54F.7.

Cuarto. Las condiciones de disfrute de la beca y las obligaciones de las personas becarias son las establecidas en los artículos 12, 13 y 14 de la Orden de 20 de agosto de 2008. De entre las obligaciones, las personas adjudicatarias de becas deberán presentar, en el último mes de duración de la beca, una memoria donde se indiquen las actividades realizadas en el transcurso de la misma.

Quinto. El disfrute de una beca al amparo de esta convocatoria es incompatible con cualquier otra beca procedente de cualesquiera otras Administraciones o Entes públicos o privados, nacionales o internacionales.

Sexto. Dentro de los cinco días siguientes a la publicación de esta resolución, las personas adjudicatarias deberán proceder a la aceptación de la beca y de cuantas obligaciones se derivan de la Orden de 20 de agosto de 2008 y declararán expresamente no estar incursas en la incompatibilidad señalada anteriormente, y presentarán la renuncia a otras becas, en su caso.

Transcurrido el citado plazo sin haberse efectuado la aceptación y declaración referidas o, en su caso, sin haberse presentado la renuncia a otras becas, la resolución de concesión perderá su eficacia, acordándose el archivo previa resolución que se notificará a la persona interesada.

También quedará sin efecto la adjudicación si la persona seleccionada no se incorporase en el plazo establecido en la presente resolución, salvo que medie causa justificada.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación de la misma, de acuerdo con lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de la presente Resolución, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 12 de febrero de 2009.- La Directora, Patricia Eguilior Arranz.

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