Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 44 de 05/03/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

Resolución de 19 de febrero de 2009, de la Agencia Andaluza del Agua, por la que se declara finalizada la situación excepcional de sequía en los sistemas de gestión del ciclo integral del agua del Valle del Guadalhorce, Málaga-Torremolinos y Costa del Sol-Axarquía, adoptada por Decreto que se cita.

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La escasa disponibilidad de agua en los embalses de abastecimiento a diversos municipios de Málaga, a finales del verano de 2005, hizo necesaria la adopción de medidas plasmadas en el Decreto 240/2005, de 2 noviembre, por el que se regulan medidas excepcionales ante la situación de sequía en diversos municipios de Málaga.

Posteriormente, gracias a las medidas de gestión del escaso recurso hídrico adoptadas, así como a las obras ejecutadas, unido a unas precipitaciones en la zona de la Costa del Sol Occidental, más acordes con las registradas históricamente, permitieron declarar finalizada la situación de excepcional sequía en el ámbito de la Costa del Sol Occidental, mediante Resolución de 29 de mayo de 2006, de la Presidencia de la Agencia Andaluza del Agua.

A su vez, a finales del año 2008, debido a las escasas precipitaciones del año hidrológico 2007/2008, y a las previsiones desfavorables del inicio del siguiente año 2008/2009 en la cuenca hidrográfica del río Vélez, mediante Orden de la Consejera de Medio Ambiente, de 12 de noviembre de 2008, se amplió el ámbito territorial establecido en el Decreto 240/2005, de 2 de noviembre, a los municipios comprendidos en el sistema de gestión de ciclo integral del agua Costa del Sol Axarquía, declarándose la situación de excepcional sequía en dicha zona mediante Resolución de 21 de noviembre de 2008, de la Presidencia de la Agencia Andaluza del Agua.

Transcurrido casi cinco meses del año Hidrológico 2008/2009, durante los cuales se ha producido un régimen de lluvias generalizadas en el Distrito Hidrográfico Mediterráneo, sobre todo a finales de enero y principios de febrero, lo cual, unido a las medidas adoptadas tendentes a la limitación de disponibilidad de agua para diversos usos, así como, a los recursos extraordinarios obtenidos con las obras ejecutadas, todo ello en cumplimiento del citado Decreto 240/2005, de 2 de noviembre, ha permitido restaurar las reservas de agua en los embalses y acuíferos de los ámbitos declarados en situación excepcional de sequía.

El ya mencionado Decreto 240/2005, de 2 de noviembre, establece que en determinadas fechas significativas, como son: terminado el período de mayor probabilidad de lluvias (1 de marzo o 1 de abril para la Costa del Sol Axarquía), antes del inicio del período de mayor consumo (1 de junio) y una vez finalizado el año hidrológico de la época de posibles precipitaciones (1 de octubre), la Comisión del Agua del Distrito Hidrográfico Mediterráneo debe analizar los recursos disponibles en los embalses para que en el caso de que se superen los valores establecidos para los indicadores de estado estipulados en el artículo 18.3 del Decreto 240/2005, de 2 de noviembre, y artículo 5 de la Orden de la Consejera de Medio Ambiente, de 12 de noviembre de 2008, para la finalización de la situación excepcional, eleve propuesta en tal sentido.

A tal efecto, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 18 del Decreto 240/2005, de 2 de noviembre, en el Pleno de la Comisión del Agua del Distrito Hidrográfico Mediterráneo, reunido en sesión el día 6 de febrero de 2009, se dio cuenta de la situación hidrológica en los ámbitos territoriales de los sistemas de gestión integral del agua de Valle del Guadalhorce, Málaga-Torremolinos y Costa del Sol-Axarquía, con previsión de volúmenes almacenados el 1 de marzo, en el conjunto de embalses de Conde de Guadalhorce, Guadalteba, Guadalhorce y Limonero, para los dos primeros sistemas, y el 1 de abril en el embalse de La Viñuela, para el tercero, superiores a los fijados en la normativa ya mencionada, 160 hm³ y 45 hm³ respectivamente, y considerando que en estas condiciones queda garantizado el suministro para abastecimiento para consumo humano, por tanto se cumplen las condiciones fijadas para la declaración de finalización de situación excepcional sequía. No obstante, la irregularidad tanto temporal como espacial del régimen de lluvias en el ámbito del Distrito Hidrográfico Mediterráneo y el grado de incertidumbre que llevan aparejadas las previsiones realizadas, la Comisión del Agua del Distrito Hidrográfico Mediterráneo ha propuesto una serie de medidas de gestión que exigen un nuevo esfuerzo de todos los agentes implicados para seguir aplicando ciertas restricciones en la utilización del agua.

En consecuencia con lo expresado, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18 del Decreto 240/2005, de 2 de noviembre,

RESUELVO

Primero. Se declara finalizada la situación excepcional de sequía en el ámbito de los sistemas de gestión del ciclo integral del agua de Valle del Guadalhorce, Málaga-Torremolinos y Costa del Sol-Axarquía.

Segundo. Se aprueban las siguientes medidas propuestas por la Comisión del Agua del Distrito Hidrográfico Mediterráneo Andaluz:

- El consumo doméstico de agua potable queda limitado a 250 litros por habitante y día.

- El riego con agua potable de jardines públicos y privados queda limitado a 500 m³ por hectárea y mes.

- El llenado de piscinas con agua potable sólo se realizará una vez al año y las duchas quedan restringidas a un horario preestablecido.

- El riego con agua no potable de jardines y campos de golf queda limitado a 700 m³ por hectárea y mes.

- El riego agrícola de especies herbáceas con agua no potable queda limitado a 500 m³ por hectárea y mes.

- El riego agrícola de hortalizas y frutales con agua no potable queda limitado a 700 m³ por hectárea y mes.

Sevilla, 19 de febrero de 2009.- La Presidenta, María Cinta Castillo Jiménez.

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