Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 45 de 06/03/2009

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Consejería de Turismo, Comercio y Deporte

Resolución de 24 de febrero de 2009, de la Delegación Provincial de Málaga, por la que se hace público el acuerdo de inicio del trámite de subsanación de las solicitudes que no reúnen los requisitos exigidos o no aportan la documentación preceptiva establecidos en la normativa reguladora de las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de Comercio y Artesanía, modalidad 1 (URB): Urbanismo Comercial a Ayuntamientos, correspondiente al ejercicio 2009.

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Examinadas las solicitudes presentadas al amparo de la Orden de 9 de noviembre de 2006, de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte (BOJA núm. 239, de 13 de diciembre de 2006), por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de Comercio y Artesanía, modalidad 1 (URB): Urbanismo Comercial a Ayuntamientos, modificada por la Orden de 27 de noviembre de 2007 (BOJA núm. 243, de 12 de diciembre de 2007), esta Delegación Provincial

RESUELVE

Primero. Hacer pública la Resolución de 24 de febrero de 2009, de la Delegación Provincial de Málaga de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, por la que se acuerda el inicio del trámite de subsanación de solicitudes que no reúnen los requisitos exigidos o no aportan los documentos preceptivos establecidos en la normativa reguladora de las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de Comercio y Artesanía (Convocatoria año 2009), con indicación del plazo para subsanar la falta o, en su caso, aportar los preceptivos documentos.

Segundo. El contenido íntegro de dicha Resolución, cuyo Anexo contiene la relación de afectados, estará expuesto en el tablón de anuncios de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte y en el de esta Delegación Provincial, sita en Avda. de la Aurora, 47, Edificio Múltiples, s/n, de Málaga, así como en la página web de la propia Consejería, a partir del mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tercero. Los plazos en ella establecidos se computarán a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Málaga, 24 de febrero de 2009.- El Delegado, Antonio Souvirón Rodríguez.

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