Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 54 de 19/03/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

Corrección de errores a la Orden de 9 de septiembre de 2008, por la que se acuerda la formulación de planes de mejora de la calidad del aire en determinadas zonas de Andalucía.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Advertido error en el texto de la citada Orden, publicada en el BOJA núm. 203, de 10 de octubre de 2008, se transcribe a continuación la oportuna rectificación:

Página 67; en el último párrafo del Preámbulo, donde dice: «En su virtud, en uso de las atribuciones que me han sido conferidas por el artículo 26.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y el Decreto 194/2008, de 6 de mayo, por el que se regula la Estructura Orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, a propuesta de la Directora General de Cambio Climático y Medio Ambiente Urbano y del Director General de Prevención y Calidad Ambiental, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 53.1 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, así como en el artículo 6.1 del Reglamento de la Calidad del Aire, aprobado por Decreto 74/1996, de 20 de febrero,»

Debe decir: «En su virtud, en uso de las atribuciones que me han sido conferidas por el artículo 26.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y el Decreto 194/2008, de 6 de mayo, por el que se regula la Estructura Orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, a propuesta del Director General de Prevención y Calidad Ambiental, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 53.1 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, así como en el artículo 6.1 del Reglamento de la Calidad del Aire, aprobado por Decreto 74/1996, de 20 de febrero,»

Página 67; en el primer párrafo del punto tercero, relativo a la tramitación, donde dice: «La elaboración de los planes de mejora de la calidad del aire corresponde a la Dirección General de Cambio Climático y medio Ambiente Urbano en lo que respecta a los Planes de ámbito urbano y a la Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental, en lo que se refiere a los de ámbito industrial. Estos planes se elaborarán conforme al procedimiento previsto por el Reglamento de la Calidad del Aire para los Planes de Prevención y Corrección de la Contaminación Atmosférica. En estos planes se integrarán todos aquellos que elaboren las entidades locales en función de las competencias que les asigna la legislación vigente y, en particular, la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera».

Debe decir: «La elaboración de los planes de mejora de la calidad del aire corresponde a la Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental. Estos planes se elaborarán conforme al procedimiento previsto por el Reglamento de la Calidad del Aire para los Planes de Prevención y Corrección de la Contaminación Atmosférica. En estos planes se integrarán todos aquellos que elaboren las entidades locales en función de las competencias que les asigna la legislación vigente y, en particular, la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera».

Sevilla, 19 de febrero de 2009

Descargar PDF