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NIG: 2904242C20060000655.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 575/2006.
Negociado: 2.
De: Doña María Isabel Moyano Martínez y Dolores Moyano Martínez.
Procuradora: Sra. Gloria Jiménez Ruiz.
Letrado: Sr. Francisco Javier García Mendoza.
Contra: Don Antonio Sánchez Jiménez.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Procedimiento Ordinario 575/2006 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Coín a instancia de doña María Isabel Moyano Martínez y doña Dolores Moyano Martínez contra don Antonio Sánchez Jiménez, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA
En Coín, a 22 de septiembre de 2008, vistos por Ilmo. Sr. Miguel del Castillo del Olmo, Juez titular del Juzgado de la instancia e instrucción núm. Uno de Coín, los presentes autos de juicio ordinario, seguidos ante este Juzgado bajo el número 575/2006, a instancia de doña María Isabel Moyano Martínez y doña Dolores Moyano Martínez, representada por Sra. Jiménez Ruiz, defendida por Sr. García Mendoza, contra don Antonio Sánchez Jiménez, en rebeldía.
FALLO
Debo estimar y estimo íntegramente la demanda presentada por Sra. Jiménez Ruiz, en nombre y representación de doña María Isabel Moyano Martínez y doña Dolores Moyano Martínez, frente a don Antonio Sánchez Jiménez, en rebeldía, y, en su consecuencia:
- Se condena al demandado don Antonio Sánchez Jiménez a reconocer la titularidad dominical por mitades indivisas de las actoras sobre la finca registral núm. 1057 del Registro de la Propiedad de Coín descrita en el fundamento jurídico primero de esta resolución, pese a figurar como titular de la mitad indivisa, sirviendo la certificación de esta sentencia como título suficiente para permitir la inscripción de la totalidad de la finca a favor de las actoras en la proporción dicha en el Registro de la Propiedad.
- Se declara la realidad, validez y eficacia de todos los títulos translativos intermedios existentes a efectos de conseguir la inscripción que se solicita.
- Se condena al demandado a las costas.
Notifíquese a las partes. En relación con la demandada, realícese la notificación en los términos del art. 497 de la LEC.
Contra esta sentencia podrá interponerse recurso de apelación ante este Juzgado, del que conocería la Audiencia Provincial, en el plazo de cinco días a partir de su notificación, preparándose ante este Juzgado.
Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
E./
Publicación. La anterior Sentencia ha sido dada, leída y publicada por el Ilmo. Magistrado-Juez que la suscribe, hallándose celebrando audiencia pública en el día de la fecha. Doy fe que obra en autos.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado, don Antonio Sánchez Jiménez, extiendo y firmo la presente en Coín a dos de marzo de dos mil nueve.- El/La Secretario
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