Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 56 de 23/03/2009

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Consejería de Turismo, Comercio y Deporte

Resolución de 5 de marzo de 2009, de la Dirección General de Comercio, por la que se hace público el acuerdo de inicio del trámite de subsanación de las solicitudes que no reúnen los requisitos exigidos o no aportan la documentación preceptiva establecidas en la Orden que se cita, correspondiente al ejercicio 2009.

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Examinadas las solicitudes presentadas al amparo de la Orden de 9 de noviembre de 2006, de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte (BOJA núm. 239, de 13 de diciembre de 2006), modificada por la Orden de 27 de noviembre de 2007 (BOJA núm. 243, de 12 de diciembre de 2007), por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de Comercio y Artesanía, Modalidad 3 (ASC): Fomento del Asociacionismo Comercial y el Desarrollo de Centros Comerciales Abiertos, esta Dirección General de Comercio

RESUELVE

Primero. Hacer público el acuerdo de inicio del trámite de subsanación de solicitudes, de 5 de marzo de 2009, de la Dirección General de Comercio de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, que no reúnen los requisitos exigidos o no aportan los documentos preceptivos establecidos en la Orden de 9 de noviembre de 2006, modificada por la Orden de 27 de noviembre de 2007, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de Comercio y Artesanía, Modalidad 3 (ASC): Fomento del Asociacionismo Comercial y el Desarrollo de Centros Comerciales Abiertos (Convocatoria año 2009), con indicación del plazo para subsanar la falta o, en su caso, aportar los preceptivos documentos.

Segundo. El contenido íntegro de dicho acuerdo, cuyo Anexo contiene la relación de afectados, estará expuesto en el tablón de anuncios de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, sita en C/ Juan Antonio de Vizarrón, s/n, Edificio Torretriana de Sevilla, y en las correspondientes Delegaciones Provinciales, así como en la página web de la propia Consejería, a partir del mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tercero. Los plazos establecidos en el mencionado acuerdo se computarán a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 5 de marzo de 2009.- La Directora General, María Dolores Atienza Mantero.

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