Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 6 de 12/01/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

Resolución de 26 de diciembre de 2008, de la Viceconsejería, por la que se autorizan tarifas de taxis de Málaga. (PP. 4445/2008).

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De conformidad con el acuerdo adoptado por la Comisión de Precios de Andalucía, en su sesión de 17 de diciembre de 2008, en relación con la revisión de tarifas de taxis de Málaga, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados,

RESUELVO

Autorizar las tarifas de taxis que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Concepto Tarifas autorizadas
IVA incluido
Tarifa 1
Bajada de bandera 1,42 euros
Por cada kilómetro recorrido 0,84 euros
Hora de espera 18,47 euros
Carrera mínima 3,48 euros
Servicio mínimo con origen
en el Aeropuerto
15,21 euros

La tarifa 1 se aplicará en los supuestos siguientes:

- Servicios de lunes a viernes desde las 6 horas a las 22 horas.

Tarifa 2
Bajada de bandera 1,77 euros
Por cada kilómetro recorrido 1,03 euros
Hora de espera 23,09 euros
Carrera mínima 4,35 euros
Servicio mínimo con origen
en el Aeropuerto
19,01 euros

La tarifa 2 se aplicará en los supuestos siguientes:

- Servicios en días laborables desde las 22 horas a las 6 horas.

- Servicios en sábados, domingos y días festivos.

- Servicios durante el período oficial de la Feria de Agosto y Semana Santa.

Suplementos:

- Los servicios con origen y destino al Aeropuerto tendrán un suplemento de 5,50 euros.

- Los servicios en horario desde las 0 horas a las 6 horas todos los días tendrán un suplemento sobre la tarifa 2 de 2,00 euros.

- Los servicios con origen o destino en el Muelle de Levante tendrán un suplemento de 1,00 euro.

- Por cada maleta o bulto de más de 60 cm, un suplemento de 0,45 euros.

Esta Resolución surtirá efecto a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el titular de esta Consejería en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 26 de diciembre de 2008.- La Viceconsejera, Carmen Martínez Aguayo.

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