Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 60 de 27/03/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

Resolución de 5 de marzo de 2009, de la Dirección Gerencia de la Agencia Andaluza del Agua, por la que se delega competencia para expedir copias autenticadas mediante cotejo en el personal funcionario que se cita.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

El Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen las medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, dispone que la competencia para la autenticación de copias de documentos privados y públicos, mediante cotejo con los originales, corresponde a las Jefaturas de Sección y órganos asimilados responsables de cada Registro General de Documentos.

Corresponde a la Dirección Gerencia las funciones relativas al Registro General de Documentos de la Agencia Andaluza del Agua y la coordinación de los diferentes Registros Auxiliares del mismo, en virtud del Decreto 2/2009, de 7 de enero, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia Andaluza del Agua, y el Decreto 277/2007, de 6 de noviembre, por el que se modifica parcialmente la Relación de Puestos de Trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Medio Ambiente y a la Agencia Andaluza del Agua, siendo conveniente, por razones de eficacia, realizar la correspondiente delegación de competencias para expedir copias autenticadas en puestos de trabajos de determinados Centros Directivos de la Agencia, de conformidad con el art. 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Por cuanto antecede, esta Dirección Gerencia

RESUELVE

1.º Delegar en los órganos de los distintos Centros Directivos que se detallan en el Anexo de la presente Resolución la competencia en materia de compulsas para la expedición de copias autenticadas de documentos públicos y privados, realizadas mediante cotejo con los originales de los documentos que sean y que deban ser presentados en el Registro General.

2.º La delegación que se efectúa mediante esta Resolución será revocable en cualquier momento, sin perjuicio de la posible avocación de la misma cuando las circunstancias de índole técnica o jurídica lo hagan conveniente.

3.º Las autenticaciones mediante compulsa que se realicen por delegación de conformidad con este acuerdo indicarán expresamente esta circunstancia.

4.º De conformidad con lo establecido en el artículo 13.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la presente delegación de ejercicio de competencia deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, y producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación.

Sevilla, 5 de marzo de 2009.- El Director Gerente, Jaime Palop Piqueras.

ANEXO

Sede Administrativa Sevilla.

Código: 11942210.

Denominación del puesto de trabajo: Asesor Técnico.

Sede Administrativa Sevilla.

Código: 11944010.

Denominación del puesto de trabajo: Asesor Técnico.

Sede Administrativa Sevilla.

Código: 11944110.

Denominación del puesto de trabajo: Asesor Técnico.

Sede Administrativa Sevilla.

Código: 11940410.

Denominación del puesto de trabajo: Auxiliar de Gestión.

Sede Administrativa Sevilla.

Código: 11947210.

Denominación del puesto de trabajo: Ayudante Técnico.

Sede Administrativa Sevilla.

Código: 1194610.

Denominación del puesto de trabajo: Administrativo.

Descargar PDF