Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 67 de 07/04/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

Resolución de 24 de marzo de 2009, de la Dirección General de Administración Local, por la que se admite la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales del escudo y la bandera del municipio de Écija (Sevilla).

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De acuerdo con lo establecido en el artículo 18 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de las Entidades Locales de Andalucía, el uso de los símbolos de las mismas es privativo de ellas, no pudiéndose utilizar hasta que no estén inscritos en el Registro Andaluz de Entidades Locales.

Mediante escrito de fecha 27 de febrero de 2009, se solicita por el Excmo. Ayuntamiento de Écija (Sevilla) la inscripción de su escudo y bandera municipal en el Registro Andaluz de Entidades Locales, de conformidad con lo establecido en el punto 2 de la disposición transitoria segunda de la mencionada Ley, según la cual las Entidades Locales que ostentaran símbolos en virtud de uso o costumbre accederán al mencionado Registro supliendo la certificación establecida en el artículo 17.1 mediante estudio histórico justificativo, certificación de su vigencia, así como informe negativo de los extremos previstos en el artículo 13.

Emitido en sentido favorable el mencionado informe, se procede a la descripción de los mencionados símbolos:

Escudo:

Descripción: De azur, sol figurado de oro y bordura de oro con la divisa latina «ASTIGI. CIVITAS SOLIS VOCABITUR UNA» en sable; timbrado de corona mural de oro, realzada de cinco torres almenadas y cuatro garitas vistas, mazonadas de sable y aclaradas de azur; y, rodeando el escudo, una cinta flotante con los títulos honoríficos «MUY NOMBLE», «MUY LEAL» y «CONSTANTE, LEAL Y FIDELÍSIMA».

Bandera:

Descripción: Paño de color azul. Centrado un sol figurado amarillo.

En su virtud, esta Dirección General, a tenor de lo establecido en el artículo 17 y en el punto 2 de la disposición transitoria segunda de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, así como en el artículo 8.k) del Decreto 191/2008, de 6 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Gobernación,

RESUELVE

Primero. Admitir la inscripción del escudo y la bandera del municipio de Écija (Sevilla) en el Registro Andaluz de Entidades Locales con la descripción literal indicada y con la gráfica que obra en el expediente.

Segundo. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazo previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 24 de marzo de 2009.- El Director General, Manuel Zafra Víctor.

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