Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 68 de 08/04/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

Resolución de 9 de marzo de 2009, de la Dirección General de Entidades y Cooperación con la Justicia, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones de Andalucía la extinción de la Fundación Paco Natera.

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Visto el expediente por el que se solicita la inscripción de extinción en el Registro de Fundaciones de Andalucía, de la Fundación Paco Natera, sobre la base de los siguientes

Antecedentes de Hecho

Primero. El 20 de enero de 2009 tiene entrada en la Consejería de Justicia y Administración Pública escrito de la Fundación, por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la extinción de la Fundación.

Segundo. Al expediente se aporta certificación del acuerdo del Patronato de 17 de octubre de 2005, aprobando el proceso y las normas del proceso de liquidación y adjudicación de bienes, de acuerdo con lo previsto en los estatutos.

Asimismo se acompaña escritura pública otorgada el 15 de enero de 2009, ante el Notario don Fernando Gari Munsuri, registrada con el número 70 de su protocolo.

Fundamentos de Derecho

Primero. Resultan de aplicación para la resolución del procedimiento la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Segundo. Al expediente se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose los requisitos previstos en los artículos 42 y 43 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, y el artículo 35 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre.

Tercero. Consta en el expediente que la de la extinción acordada por el Patronato de la Fundación fue comunicada en fecha al Protectorado de Fundaciones de la Consejería de Cultura, de acuerdo con lo establecido en el artículo 42 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, ratificándose mediante Acuerdo de la Secretaría General Técnica de aquel Departamento, de 17 de diciembre de 2008.

Cuarto. Corresponde a la Dirección General de Entidades y Cooperación con la Justicia la resolución del presente procedimiento, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto 279/2003, de 7 de octubre, por el que se crea el Registro de Fundaciones de Andalucía, y el artículo 26 del Reglamento de organización y funcionamiento del mismo, aprobado por la citada disposición.

En su virtud, esta Dirección General, de acuerdo con lo anterior,

RESUELVE

Primero. Inscribir en el Registro de Fundaciones de Andalucía la extinción de la Fundación Paco Natera.

Segundo. Notificar la presente Resolución a los interesados.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.5 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía y en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes desde su publicación, ante la Consejería de Justicia y Administración Pública.

Sevilla, 9 de marzo de 2009.- La Directora General, P.S. (Decreto 305/2008, de 20.5), el Secretario General Técnico, Juan Ignacio Pérez de Algaba Lovera.

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