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Intentada la notificación en el domicilio indicado sin que se haya podido realizar y a fin de dar cumplimiento a lo previsto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se notifica Resolución de la Excma. Sra. Consejera de Salud, de fecha 30 de octubre de 2008, por la que se inadmite la reclamación de responsabilidad patrimonial por prescripción de la acción de reclamar, iniciado por don Segundo López Izquierdo en representación de doña M.ª Luisa Molina Badía; haciéndoles constar que para el conocimiento integro de la misma, podrán comparecer en los Servicios Centrales de este Organismo, sito en Avda. de la Innovación, s/n. Edificio Arena-I, de Sevilla.
Interesado: Don Segundo López Izquierdo en representación de doña M.ª Luisa Molina Badía.
Expediente: Reclamación Patrimonial.
Acto notificado: Resolución por la que se inadmite reclamación patrimonial.
Fecha: 30 de octubre de 2008.
Sentido: Inadmisión.
Plazo para interponer recurso contencioso-administrativo: 2 meses.
Sevilla, 15 de diciembre de 2008.- La Secretaria General Técnica, María José Gualda Romero.
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