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El Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, recoge en su artículo 23 que la competencia para la autenticación de copias de documentos privados y públicos mediante cotejo con los originales corresponderá a las Jefaturas de Sección y órganos asimilados responsables de cada Registro General de documentos.
La Secretaría General de la Delegación es la responsable del Registro General de documentos establecido en la misma, siendo conveniente por razones de agilidad y eficacia administrativas realizar la correspondiente delegación de competencias en esta materia, en el ámbito del artículo 13 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y del artículo 101 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Por cuanto antecede, esta Delegación Provincial
RESUELVE
Primero. Hacer público el contenido del Acuerdo de 23 de marzo de 2009, de la Secretaría General de la Delegación Provincial de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte en Granada, cuyo texto figura en el Anexo de la presente Resolución, por el que se delega en el personal funcionario asignado a los puestos de trabajo que se relacionan el ejercicio en la competencia para la autenticación de copias de documentos mediante cotejo. Granada, 26 de marzo de 2009.- La Delegada, María Sandra García Martín.
ANEXO
ACUERDO DE 23 DE MARZO DE 2009, DE LA SECRETARÍA GENERAL DE LA DELEGACIÓN PROVINCIAL DE LA CONSEJERÍA DE TURISMO, COMERCIO Y DEPORTE EN GRANADA, POR EL QUE SE DELEGA EL EJERCICIO DE LA COMPETENCIA PARA LA AUTENTICACIÓN DE COPIAS MEDIANTE COTEJO EN EL PERSONAL FUNCIONARIO ASIGNADO A LOS PUESTOS DE TRABAJO QUE SE CITAN
Primero. De conformidad con lo dispuesto en el art. 101 de la Ley 9/07, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, se delega la competencia de expedición de copias autenticadas de documentos públicos o privados previstos en el art. 23 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios de atención directa a los ciudadanos que se presenten para ser tramitadas en esta Delegación Provincial, en los titulares de los puestos que se relacionan:
Código | Puesto de trabajo |
2762010 | Asesor Técnico Legislación y Recursos |
1603410 | Negociado Registro |
1772210 | Neg. Habilitación |
480010 | Neg. De Gestión |
2529510 | Titulado Grado Medio |
2529710 | Aux. Gestión |
11545810 | Administrativo |
2720610 | Administrativo |
11545910 | Administrativo |
2720710 | Auxiliar Administrativo |
2720810 | Auxiliar Administrativo |
477110 | Neg. Registro de Turismo |
8270610 | Neg. Gestión Subvenciones |
477010 | Neg. Gestión Turística |
3101810 | Neg. Asociaciones y Actividades Deportivas |
475310 | Un. Estructuras Comerciales |
Segundo. La delegación de competencias contenida en el presente Acuerdo se entiende sin perjuicio de que en cualquier momento el órgano delegante pueda avocar para sí mismo el conocimiento y resolución de cuantos asuntos considere conveniente.
Tercero. En las copias auténticas que se expidan mediante cotejo, en virtud de la presente delegación, se hará constar expresamente esta circunstancia.
Cuarto. De conformidad con lo establecido en el art. 13.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la presente delegación de competencias deberá publicarse en el BOJA, entrando en vigor a partir del día siguiente al de su publicación.
Quinto. Quedan expresamente derogados cuantos acuerdos de similares características existieran al día de la fecha, y en concreto:
- Acuerdo de 20 de octubre de 2005, publicado por Resolución de 3 de noviembre de 2005 (BOJA núm. 236, de 2 de diciembre).
Granada, 26 de marzo de 2009.- La Secretaria General, María Ángeles Moya Cortés.
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