Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 70 de 14/04/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 16 de marzo de 2009, por la que se modifica la autorización de enseñanzas del centro docente privado de educación secundaria «Juan XXIIIZaidín» de Granada.

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Visto el expediente tramitado a instancia de don Rogelio Macías Molina, como representante de la Institución Juan XXIII, titular del centro docente privado de educación secundaria «Juan XXIII-Zaidín», con domicilio en Camino de Santa Juliana, s/n, de Granada, solicitando modificar la autorización de enseñanzas que tenía concedida, por reducción de dos unidades de Bachillerato de Ciencias de la naturaleza y de la Salud y ampliación de dos unidades de Bachillerato de Humanidades y ciencias sociales, según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA del 20), sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados, para impartir Enseñanzas de Régimen General.

Resultando que el citado centro, con número de código 18003791, tiene autorización para impartir dieciséis unidades de educación secundaria obligatoria y ocho unidades de Bachillerato, seis en la modalidad de Ciencias de la naturaleza y de la Salud y dos en la de Humanidades y ciencias sociales, funcionando todas estas enseñanzas en régimen de concierto educativo, así como una unidad de programas de cualificación profesional inicial.

Resultando que en el expediente de modificación de la autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación y del Departamento Técnico del Servicio de Programas y Obras de la Delegación Provincial de la Consejería de Educación en Granada.

Vistas: la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio (BOE del 26), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas de régimen general no universitarias; el Real Decreto 806/2006, de 30 de junio (BOE de 14 de julio), por el que se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, establecida por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA del 20), sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados, para impartir Enseñanzas de Régimen General, y demás normas de vigente aplicación.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas

DISPONGO

Primero. Autorizar la modificación de las enseñanzas solicitadas al centro docente privado de educación secundaria «Juan XXIII- Zaidín» de Granada y, como consecuencia de ello, establecer la configuración definitiva del mismo que se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro docente privado de educación secundaria.

Denominación específica: ”Juan XXIII-Zaidín”.

Código del centro: 18003791.

Titular: Institución Juan XXIII.

Domicilio: Camino de Santa Juliana, s/n, Barriada del Zaidín.

Localidad: Granada.

Municipio: Granada.

Provincia: Granada.

Composición resultante:

a) Educación secundaria obligatoria: 16 unidades.

- Puestos escolares: 480.

b) Bachillerato:

- Modalidad de Ciencias y tecnología: 4 unidades.

Puestos escolares: 140.

- Modalidad de Humanidades y ciencias sociales: 4 unidades.

Puestos escolares: 140

c) Programas de cualificación profesional inicial:

- Auxiliar de instalaciones electrotécnicas y comunicaciones: 1 programa.

Segundo. Esta Orden se inscribirá en el Registro de Centros Docentes, regulado por el Decreto 151/1997, de 27 de mayo.

Tercero. El centro no podrá sobrepasar el número de puestos escolares fijados para el mismo.

Cuarto. La autorización surtirá efectos de la forma que previene el artículo 10 del Decreto 109/1992, de 9 de junio.

Quinto. La titularidad del centro remitirá a la Delegación Provincial de la Consejería de Educación en Granada la relación del profesorado del mismo con indicación de su titulación respectiva.

Sexto. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 16 de marzo de 2009

Teresa Jiménez Vílchez

Consejera de Educación

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