Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 71 de 15/04/2009

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 30 de marzo de 2009, del Juzgado de Primera Instancia núm. Nueve de Málaga, dimanante de procedimiento ordinario núm. 1159/07. (PD. 972/2009).

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Procedimiento Juicio Ordinario numero 1159/07.

Sobre: Reclamación de Cantidad.

De: Banco Español de Crédito, S.A.

Proc. Sr. López Armada.

Contra: Albert Johan Holsters.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Ordinario número 1159/07 seguido en el Juzgado de Primera Instancia numero Nueve de Málaga a instancia de Banco Español de Crédito, S.A., contra Albert Johan Holsters, sobre Reclamación de Cantidad, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

En nombre de S.M. El Rey

En la ciudad de Málaga, a diez de marzo de dos mil nueve.

La Ilma. Sra. doña María Isabel Gómez Bermúdez, Magistrado del Juzgado de Primera Instancia núm. Nueve de Málaga y su partido, ha pronunciado la siguiente:

SENTENCIA NÚm. 76

Habiendo visto los presentes autos de Juicio Ordinario núm. 1159/07 seguidos ante este Juzgado a instancias del Banco Español de Crédito, S.A. (Banesto), representado por el Procurador Sr. López Armada y asistido por el Letrado Sr. Martín Delgado, contra don Albert Johan Holsters, declarado en situación de rebeldía.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador Sr. López Armada en nombre y representación del Banco Español de Crédito, S.A. (Banesto) contra don Albert Johan Holsters, declarado en situación de rebeldía, debo condenar y condeno al demandado a abonar a la parte actora la cantidad total de nueve mil doscientos sesenta y seis euros con nueve céntimos (9.266,09 euros) derivada de las operaciones especificadas en el Fundamento de Derecho I de la presente Sentencia, más los intereses pactados correspondientes en cada una de dichas operaciones y por la cantidad referida a cada operación a contar desde la última liquidación efectuada que lo fue en todas ellas el día 17.10.06; ello con imposición a la parte demandada de las costas causadas.

Contra esta Sentencia, que no es firme, cabe interponer recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga, debiendo prepararse mediante escrito presentado ante este Juzgado en el plazo de cinco días siguientes a la notificación, indicando la resolución apelada y la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que se impugnan.

Así por esta mi sentencia, de la que se deducirá testimonio para su unión a los autos, juzgando en Primera Instancia, la pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Albert Johan Holsters, extiendo y firmo la presente en Málaga, a treinta de marzo de dos mil nueve.- La Secretaria Judicial.

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