Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 72 de 16/04/2009

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Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio

Anuncio de 23 de marzo de 2009, de la Delegación Provincial de Cádiz, por el que se hace pública la Resolución de 31 de julio de 2008, de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, por la que se suspende el expediente correspondiente a la Modificación Parcial de las NN.SS. de Algar en relación con el SAU.

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Visto el expediente administrativo y documentación técnica del expediente correspondiente a la Modificación Parcial de las NN.SS. de Algar en relación con el SAU, tramitado por el Ayuntamiento del citado término municipal, y aprobado provisionalmente en sesión plenaria celebrada el día 14 de mayo de 2008; visto el informe emitido por el Servicio de Urbanismo de la Delegación Provincial de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio de fecha 28 de julio de 2008, y en virtud de la competencia atribuida por el artículo 31.2.B.a) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (BOJA núm. 154, de 31 de diciembre), en relación con el artículo 13.2.a) del Decreto 220/2006, de 19 de diciembre (BOJA núm. 10, de 15 de enero), que regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, aplicable conforme a lo establecido por la disposición adicional primera del Decreto 239/2008, de 13 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio (BOJA núm. 97, de 16 de mayo); la Comisión acuerda:

Primero. Suspender el expediente correspondiente a la Modificación Parcial de las NN.SS. de Algar en relación con el SAU, tramitado por el Ayuntamiento del citado término municipal, y aprobado provisionalmente en sesión plenaria celebrada el día 14 de mayo de 2008; de conformidad con la previsión contenida en el artículo 33.2.d) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, por las motivaciones que se recogen en el dispositivo segundo del presente Acuerdo, debiendo subsanarse las deficiencias señaladas en el mismo.

Segundo. El Ayuntamiento de Algar deberá elaborar un nuevo Documento que tras los trámites legales oportunos, inclusive información pública y sometimiento a los informes sectoriales pertinentes, lo elevará de nuevo a esta Comisión para su aprobación, si procede. Este Documento deberá contener la subsanación de la siguiente deficiencia:

- Se deberá modificar la ubicación de los Espacios libres de uso público, al encontrarse localizados en un área con una pendiente excesiva podría invalidarse su finalidad esencial de accesibilidad para el uso y disfrute de todos los usuarios.

Tercero. El presente acuerdo se notificará al Ayuntamiento de Algar y a cuantos interesados consten en el expediente administrativo, publicándose en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía junto con el contenido del articulado del instrumento de planeamiento aprobado, previo depósito de dicho instrumento en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, Convenios Urbanísticos y Bienes y Espacios Catalogados, todo ello de conformidad con lo previsto en los artículos 40 y 41 de la citada Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Contra la presente Resolución cabe recurso de alzada ante el titular de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio, en el plazo de un mes desde su notificación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en relación con el artículo 24.2 del Decreto 220/2006, de 19 de diciembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

Cádiz, 23 de marzo de 2009.- El Delegado, Gabriel Almagro Montes de Oca.

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