Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 75 de 21/04/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

Resolución de 17 de febrero de 2009, de la Viceconsejería, por la que se autorizan tarifas de taxis de Alcalá de Guadaíra (Sevilla). (PP. 478/2009).

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De conformidad con lo establecido en el Acuerdo de 22 de enero de 1986, sobre tarifas máximas de aplicación a los servicios de transporte de viajeros en automóviles ligeros, modificado por el Acuerdo de 30 de septiembre de 2008, del Consejo de Gobierno, para dicho ejercicio; vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por el Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra (Sevilla), y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el artículo 26 de la Orden de 22 de febrero de 2005, que delega competencias en diversas materias en órganos de la Consejería de Economía y Hacienda,

RESUELVO

Autorizar las tarifas de taxis que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tarifas autorizadas

ConceptoIVA incluido

Tarifa 1

Bajada de bandera1,18 euros

Kilómetro recorrido0,82 euros

Hora de parada o espera18,00 euros

Carrera mínima3,23 euros

Tarifa 2

Bajada de bandera1,45 euros

Kilómetro recorrido1,00 euro

Hora de parada o espera22,53 euros

Carrera mínima4,05 euros

La tarifa 2 se aplicará en los supuestos siguientes:

a) Servicios realizados en días festivos, sábados y domingos, las 24 horas.

b) Servicios nocturnos realizados en días laborables de 21,00 a 7,00 horas.

c) Servicios realizados durante la Semana Santa, desde el Domingo de Ramos hasta el Domingo de Resurrección.

d) Servicios realizados los días 24 y 31 de diciembre y 5 de enero, las 24 horas.

e) Suplemento de nocturnidad de 1,99 euros (Se aplicará en vísperas de festivos y viernes, sábados, domingos y festivos en horario desde las 22 a las 6 horas).

Tarifa 3

Bajada de bandera1,80 euros

Kilómetro recorrido1,26 euros

Hora de parada o espera28,16 euros

Carrera mínima5,06 euros

La tarifa 3 es la suma de la tarifa 2 más el 25% por Feria Local y se aplicará los días de Feria Local desde las 21 horas a las 7 horas, mientras que en horario de 7 a las 21 horas se aplicará la tarifa 2.

Suplementos (no aplicables en Servicios Interurbanos):

- Por cada maleta o bulto de más

 de 60 centímetros0,45 euros

Suplementos especiales sobre lo marcado en taxímetro:

- Centro Penitenciario Alcalá1,43 euros

- Residentes en Ciudad San Juan de Dios0,75 euros

- Visitas y trabajadores Ciudad San Juan

 de Dios1,43 euros

- Polígonos industriales en la margen derecha

 dirección Sevilla1,19 euros

Esta Resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo ante esta Viceconsejería, recurso de reposición en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación, conforme a lo señalado en los artículos 48, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía; o bien directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la presente Resolución, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia en Sevilla, según disponen los artículos 10.1.a) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 17 de febrero de 2009.- La Viceconsejera, Carmen Martínez Aguayo.

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