Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 75 de 21/04/2009

3. Otras disposiciones

Empresas Públicas

Resolución de 1 de abril de 2009, de la Gerencia de la Empresa Pública de Emergencias Sanitarias por la que se acuerda la Encomienda de Gestión a IAVANTE Fundación Pública Andaluza para el Avance Tecnológico y Entrenamiento Profesional para la asistencia técnica en el proyecto que se cita.

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ANTECEDENTES

La Empresa Pública de Emergencias Sanitarias (EPES) dispone de ocho Centros Coordinadores de Urgencias y Emergencias, uno en cada provincia de Andalucía. Cada uno de ellos está equipado con un sistema de despacho de llamadas, que gestiona las demandas y recursos de su provincia.

EPES ha iniciado un proyecto global de renovación tecnológica y operativa de sus Centros Coordinadores denominado «Constitución Centros Coordinadores Urgencias y Emergencias en Red», proyecto éste encuadrado en el Programa Operativo FEDER de Andalucía 2007-2013 con código de operación AM300113170019.

La complejidad tecnológica del proyecto requiere contar con especialistas en los diferentes módulos y tecnologías de las comunicaciones y sistemas de información. Además dichos especialistas deben conocer en profundidad el modo de trabajo y las circunstancias particulares que concurren en un servicio de urgencias y emergencias para que el diseño de la arquitectura del sistema y su funcionamiento sea sensible a esas particularidades.

IAVANTE Fundación Pública Andaluza para el Avance Tecnológico y Entrenamiento Profesional (en adelante Fundación Iavante) tiene la condición de fundación del sector público de la Comunidad Autónoma de Andalucía de las previstas en la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, teniendo además la consideración de entidad instrumental de la Administración de la Junta de Andalucía en virtud de lo establecido en el artículo 52 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y que, de acuerdo a sus estatutos, todas las actividades que constituyen el objeto fundacional se desenvolverán con sujeción a los criterios de planificación y coordinación y a las directrices de carácter general emanadas de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía.

El artículo 5 de los Estatutos de Fundación Iavante establece como objeto principal «la realización de actividades que supongan un incremento en la salud de la población y una mejora en el funcionamiento de los servicios socio-sanitarios, tales como la planificación, organización, construcción, financiación, gestión y formación o cualesquiera otros que puedan ayudar a la consecución del objetivo fundacional, especialmente en el área de cuidados críticos, urgencias y emergencias».

Fundación IAVANTE dispone de los medios personales y técnicos adecuados para la realización con la debida eficacia de las actuaciones objeto de la presente encomienda, toda vez que cuentan con la experiencia adquirida en el diseño, desarrollo, construcción, despliegue y soporte de la aplicación que actualmente presta el servicio que quiere ser analizado y mejorado en el marco del proyecto «Constitución Centros Coordinadores Urgencias y Emergencias en Red».

Por todo ello se considera adecuado contar con la participación de Fundación IAVANTE a lo largo de la ejecución del proyecto, apoyando a EPES en la toma de decisiones, en el seguimiento de la construcción de la solución, en la validación de los resultados, en la definición de los criterios de aceptación y de aspectos críticos del proyecto como la gestión del cambio o la migración, entre otros.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

La presente encomienda se fundamenta en lo establecido en los artículos 105 y 106 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y en el 26 de la Ley 3/2008, de 31 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2009.

Por ello, y en uso de las atribuciones legalmente conferidas

RESUELVO

Primero. Encomendar a la Fundación Iavante, por razones de eficacia, la prestación de asistencia técnica a EPES en la renovación tecnológica y operativa de sus Centros Coordinadores de Urgencias y Emergencias concretamente en lo que concierne al proyecto «Constitución Centros Coordinadores Urgencias y Emergencias en Red», con las características que figuran en el documento Proyecto y Presupuesto de la presente encomienda de gestión. Las actuaciones que comprende la presente encomienda se relacionan a continuación:

- Apoyo en la especificación y diseño del futuro sistema de atención de emergencias sanitarias de EPES.

- Seguimiento periódico de las actuaciones contratadas con terceros.

- Valoración y asistencia técnica para seleccionar la mejor de las posibles alternativas tecnológicas para resolver cada uno de los requerimientos del proyecto.

- Aportar los consultores especialistas en determinadas tecnologías que requieran ser evaluadas para su utilización en la arquitectura del proyecto.

- Validar las soluciones tecnológicas seleccionadas para resolver cada una de las funcionalidades y requerimientos del sistema de despacho de comunicaciones en red.

- Certificar que los entregables en cada uno de los hitos de las actuaciones contratadas con terceros se ajustan a lo especificado en los requerimientos previos, tanto en cantidad como en calidad.

- Garantizar que la documentación que debe incluirse en el proyecto se realice con todo el grado de detalle necesario para un adecuado control de proyecto y la descripción exhaustiva de la arquitectura del sistema y la construcción de la solución tanto desde el punto de vista de comunicaciones como del hardware y el software que la conforman.

Segundo. La dirección de las actuaciones a realizar será ejercida por la Dirección de Sistemas y Tecnologías de EPES, que ejercerá como Director del proyecto con facultades para emitir cuantas instrucciones y órdenes sean precisas para su correcto desarrollo.

Con periodicidad mínima anual Fundación IAVANTE presentará un Informe relativo a las actuaciones realizadas en desarrollo de la presente encomienda.

Tercero. El coste económico global de las actuaciones objeto de esta encomienda de gestión asciende a setenta y tres mil novecientos treinta y un euros (73.931,00 euros), impuestos incluidos. Dicho importe se abonará a Fundación IAVANTE con cargo a la financiación asignada en el Programa de Actuación, Inversión y Financiación (PAIF) de EPES para el referido proyecto «Constitución Centros Coordinadores Urgencias y Emergencias en Red».

La distribución por anualidades de dicho coste es la siguiente:

- 2009: 14.068,28 €.

- 2010: 19.560,38 €.

- 2011: 19.951,60 €.

- 2012: 20.350,74 €.

Cuarto. EPES abonará a Fundación IAVANTE el importe de los gastos efectivamente realizados tras la certificación de conformidad por parte del director de proyecto.

El pago se efectuará previa presentación de la correspondiente factura con periodicidad al menos trimestral, acompañada de la documentación acreditativa del gasto efectuado, así como el análisis de costes imputados directamente a la actuación, en cuanto a costes de personal y medios materiales propios.

Los gastos generales y corporativos de Fundación IAVANTE podrán ser imputados al coste de las actuaciones encomendadas, hasta un máximo del 6% de dicho coste.

Quinto. La ejecución de las actuaciones a desarrollar tendrá un plazo que abarcará desde la fecha de la presente encomienda de gestión hasta la finalización del referido proyecto «Constitución Centros Coordinadores Urgencias y Emergencias en Red» prevista para diciembre de 2012.

En todo caso EPES podrá determinar que la encomienda finalice en fecha anterior a la indicada en el párrafo anterior, lo cual será comunicado a Fundación IAVANTE con una antelación mínima de dos meses.

Sexto. Dado que la financiación de estas actuaciones se efectúa con cargo a fondos de la Unión Europea, deberá asegurarse la elegibilidad de estos gastos de acuerdo con lo establecido en la normativa comunitaria de aplicación.

En toda divulgación o publicidad que se realice de las actuaciones previstas en esta encomienda de gestión se hará referencia expresa que se efectúan en desarrollo de un programa europeo establecido por la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, así como a la cofinanciación con los Fondos Estructurales Europeos (FEDER), ciñéndose a lo establecido en el Reglamento (CE) núm. 1828/2006 de la Comisión, en sus artículos 8 y 9.

Séptimo. Será de aplicación a las actuaciones la siguiente normativa:

- Ley 3/2008, de 23 de diciembre, del presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el 2009.

- Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, siendo de expresa aplicación lo establecido en el artículo 4. Negocios y contratos excluidos, apartado 1 letra n).

- Orden de 23 de julio de 2008, por la que se establecen normas para la gestión y coordinación de las intervenciones cofinanciadas con Fondos Europeos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el período de programación 2007-2013.

- Orden EHA/524/2008 (Ministerio de Economía y Hacienda), de 26 de febrero, por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables de los programas operativos del Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo de Cohesión.

Málaga, 1 de abril de 2009.- El Gerente, José Luis Gómez Barreno.

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