Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 8 de 14/01/2009

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 2 de diciembre de 2008, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de Vélez-Málaga, dimanante del Procedimiento Verbal núm. 109/2007. (PD. 36/2009).

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NIG: 2909442C20070000548.

Procedimiento: Juicio Verbal 199/2007. Negociado: A.

Sobre:

De: Don Raymond Kitchen e Ibex Insurance Services Limited.

Procuradora: Sra. Ana María Pérez Jurado.

Letrado/a: Sr/a.

Contra: Van Ameyde Aficresa y don August Bühler.

Procuradora: Sra. Remedios Peláez Salido.

Letrado/a: Sr/a.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Juicio Verbal 109/2007, seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Dos de Vélez-Málaga, a instancia de Raymond Kitchen e Ibex Insurance Services Limited, contra Van Ameyde Aficresa y August Bühler, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA

En Vélez-Málaga, 20 de septiembre de 2007.

Vistos por mí, don José Baltasar Montiel Olmo, Juez del Juzgado de Primera Instancia número Dos de Vélez-Málaga y su partido, los presentes autos de Juicio Verbal, seguidos en este Juzgado, bajo el número 109/2007, a instancia de la entidad Ibex Insurance Services Limited y don Raymond Kitchen, representados por la Procuradora Sra. Pérez Jurado y asistidos del Letrado Sr. Martínez Tello, frente a don August Bühler en situación legal de rebeldía, y la entidad aseguradora Van Ameyde Aficresa, representada por la Procuradora Sra. Peláez Salido y asistida del Letrado Sr. Sánchez Verdejo, sobre reclamación de cantidad.

FALLO

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Pérez Jurado, en nombre y representación de la entidad Ibex Insurance Services Limited y don Raymond Kitchen, contra don August Bühler en situación legal de rebeldía y la entidad aseguradora Van Ameyde Aficresa, sobre reclamación de cantidad, debo dictar Sentencia con los pronunciamientos siguientes:

1.º Condenar a don August Bühler y a la entidad aseguradora Van Ameyde Aficresa a que abonen a la entidad Ibex Insurance Services Limited la suma de mil cuatrocientos noventa y nueve euros con ochenta y seis céntimos (1.499,86 €) y a don Raymond Kitchen la suma de cuatrocientos noventa euros (490 €).

2.º Condenar a dichos demandados al abono del interés legal del principal reclamado desde la fecha de interposición de la demanda, si bien respecto de la Compañía de Seguros los mismos consistirán en el abono de un interés anual igual al del dinero vigente en el momento del siniestro, y desde dicha fecha, incrementados en el 50%.

Todo ello sin hacer pronunciamiento sobre las costas. Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme, y que, por tanto, podrán interponer contra la misma recurso de apelación, ante este mismo Juzgado, en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado don August Bühler, extiendo y firmo la presente en Vélez-Málaga a dos de diciembre de dos mil ocho.- El/La Secretario.

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