Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 8 de 14/01/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de La Presidencia

Acuerdo de 30 de diciembre de 2008, del Consejode Gobierno, por el que se concede la renovación de la concesión administrativa para la explotación de Emisora de Radiodifusión Sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia de carácter comercial en la localidad de Estepona (Málaga), a la entidad Mercantil Antena 3 de Radio, S.A. (PD. 35/2009).

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Por Resolución del Consejo de Gobierno de 29 de noviembre de 1988 (BOJA núm. 103, de 17 de diciembre), se adjudicó a la entidad mercantil Antena 3 de Radio, S.A., la concesión definitiva para el funcionamiento de una Emisora de FM en la localidad de Estepona (Málaga). Dicha concesión fue otorgada por un período de diez años pudiendo ser renovada sucesivamente por períodos iguales, a petición del concesionario, siendo la fecha de finalización del período actual de concesión el 18 de diciembre de 2008.

Visto que el titular de la concesión ha solicitado la renovación, y cumplido los demás requisitos previstos en el artículo 7 del Decreto 174/2002, de 11 de junio, por el que se regula el régimen de concesión por la Comunidad Autónoma de Andalucía de Emisoras de Radiodifusión Sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia y la prestación del servicio por parte de los concesionarios; a propuesta del Consejero de la Presidencia y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 30 de diciembre de 2008.

ACUERDO

Primero. Conceder a Antena 3 de Radio, S.A., la renovación por diez años de la concesión administrativa para la explotación de la emisora de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia, con sujeción a las características técnicas actualmente autorizadas y para la localidad y frecuencia de emisión que se indica en el Anexo.

Segundo. En el plazo de treinta días, contados desde el siguiente al de la notificación del presente Acuerdo, se formalizará la renovación de la concesión mediante la firma del correspondiente contrato administrativo de gestión de servicios públicos. Dicho contrato se formalizará, conforme a lo dispuesto en el artículo 7.6 del Decreto 174/2002, de 11 de junio, citado.

Tercero. Corresponderá a la Consejería de la Presidencia la ejecución de los actos derivados del presente Acuerdo.

Contra el presente Acuerdo, cabe interponer potestati-vamente recurso de reposición ante el Consejo de Gobierno en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la presente notificación, de conformidad con los artículos 116.1 y 117.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de dicha jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, sede de Granada, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la presente notificación, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de 28 de noviembre de 2000 y artícu-los 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 30 de diciembre de 2008

Manuel Chaves González

Presidente de la Junta de Andalucía

Gaspar Zarrías Arévalo

Vicepresidente Primero de la Junta de Andalucía

y Consejero de la Presidencia

ANEXO

Provincia: Málaga.

Municipio: Estepona.

Frecuencia (MHz.): 93.3 MHz.

Concesionario: Antena 3 de Radio.

Período de renovación de la concesión: 18.12.2008-18.12.2018.

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