Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 83 de 04/05/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo, Comercio y Deporte

Resolución de 6 de abril de 2009, de la Delegación Provincial de Córdoba, por la que se hace público el Acuerdo de 1 de abril de 2009, de la Sección de Personal y Administración, por la que se delega la competencia de autenticar copias de documentos.

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El Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, prevé en el artículo 23 que la competencia para la autenticación de copias de documentos que se presenten por los ciudadanos en el Registro de Documentos corresponderá a las jefaturas de sección y órganos asimilados responsables de cada Registro, los cuales realizarán el cotejo, autenticación de las copias y devolución de los originales al interesado. De no existir tales jefaturas de sección, la competencia corresponderá a la jefatura del servicio o secretaría general bajo cuya responsabilidad se gestione la función del Registro General de Documentos.

Necesidades de carácter técnico, unidas a la conveniencia de agilizar los procedimientos, aconsejan delegar la compulsa de documentos al amparo del artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y del artículo 101 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía. En consecuencia, esta Delegación Provincial

RESUELVE

Primero. Hacer público el contenido del Acuerdo de 1 de abril de 2009, de la Sección de Personal y Administración de la Delegación Provincial de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte en Córdoba.

Segundo. La delegación de competencias se entiende sin perjuicio de que, en cualquier momento, el órgano delegante pueda avocar para si el conocimiento y resolución de cuantos asuntos considere conveniente.

Tercero. En las copias autenticadas que se expidan mediante cotejo, en virtud de la presente delegación, se hará constar expresamente tal circunstancia.

Cuarto. De conformidad con lo establecido en el artículo 102 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, la presente Resolución deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, entrando en vigor al día siguiente de su publicación.

Anexo I

ACUERDO 1 DE ABRIL DE 2009, POR EL QUE SE DELEGA LA FUNCIÓN DE COMPULSA Y AUTENTICACIÓN DE DOCUMENTOS PARA SU TRAMITACIÓN ANTE LA DELEGACIÓN PROVINCIAL DE CONSEJERÍA DE TURISMO, COMERCIO Y DEPORTE EN CÓRDOBA

Con el fin de facilitar la presentación de documentos por los ciudadanos, y agilizar el funcionamiento del Registro General en la presentación de documentos, se hace necesaria delegar las facultades de autenticación y compulsa para mejorar el servicio y la atención a los usuarios, la Sección de Personal y Administración acuerda:

Delegar la competencia para la realización de la expedición de copias autenticadas de documentos privados y públicos, realizadas mediante cotejo con los originales, a tenor de lo dispuesto en el artículo 23 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, respecto a los documentos que sean presentados en el Registro General, en los titulares de los puestos que se cita a continuación:

Código: 8143410. D.P. Promoción y Artesanía.

Código: 2529110. Auxiliar de Gestión.

Córdoba, 6 de abril de 2009.- El Delegado, Juan Torres Aguilar.

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