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NIG: 2104142C20080009802.
Procedimiento: Familia. Divorcio Contencioso 1672/2008. Negociado: 2B.
Sobre: Divorcio Contencioso.
De: Doña Isabel Arenas Caballero.
Procuradora: Sra. Natalia Cots Marfil.
Letrado: Sr. Téllez Vázquez, Guillermo Víctor.
Contra: Don Juan Pablo Flores Rodríguez.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Familia. Divorcio Contencioso 1672/2008 seguido en el Juzgado de 1.ª Instancia núm. Dos de Huelva a instancia de doña Isabel Arenas Caballero contra don Juan Pablo Flores Rodríguez sobre Divorcio Contencioso, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA Núm. 41/09
Huelva, cinco de marzo de 2009.
Doña Guadalupe Cordero Bernet, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Huelva.
Vistos y oídos los presentes autos sobre divorcio contencioso seguidos ante este Juzgado por los trámites del Juicio Verbal bajo el número de autos 1672/08 a instancia de doña Isabel Arenas Caballero, representada por la Procuradora Sra. Cots Marfil y defendida por el Letrado Sr. González Vázquez en sustitución de su compañero contra don Juan Pablo Flores Rodríguez en situación procesal de rebeldía.
FALLO
Con estimación de la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Cots Marfil en nombre y representación de doña Isabel Arenas Caballero contra don Juan Pablo Flores Rodríguez, declaro disuelto su matrimonio.
No se hace especial pronunciamiento en materia de costas.
Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado en los cinco días siguientes a su notificación para su ulterior resolución por la Audiencia Provincial de Huelva.
Firme la presente resolución, comuníquese al Registro Civil en que conste la inscripción del matrimonio a los efectos procedentes.
Así lo acuerdo, mando y firmo.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado don Juan Pablo Flores Rodríguez, extiendo y firmo la presente en Huelva a cinco de marzo de dos mil nueve. El/la Secretario.
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