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La Resolución de 4 de diciembre de 2008, de la Dirección General de Recursos Humanos y Medicina Legal, por la que se aprueba la convocatoria de Ayudas de Acción Social, ejercicio 2008, del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece en la base quinta.2 que la falta de cumplimentación de cualesquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria será puesta en conocimiento del solicitante, mediante la publicación de la resolución provisional de admitidos y excluidos, concediendo un plazo de diez días hábiles para que los excluidos puedan subsanar los motivos de exclusión, con indicación de que si no lo hicieren, se les tendrá por desistidos de la solicitud de Ayuda de Acción Social.
En virtud de las competencias que tiene atribuida esta Dirección General en el art. 8 del Decreto 305/2008, de 20 de mayo, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Justicia y Administración Pública, esta Dirección General de Recursos Humanos y Medicina Legal,
RESUELVE
Primero. Aprobar y publicar el listado provisional de admitidos y excluidos de Ayudas de Acción Social del personal al servicio de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Andalucía. La inclusión en las listas provisionales de admitidos no implicará la concesión de las ayudas, la cual estará condicionada al procedimiento de adjudicación descrito en la base sexta de la Resolución de 4 de diciembre de 2008, de la Dirección General de Recursos Humanos y Medicina Legal.
Segundo. Los listados a que hace referencia el apartado anterior se encuentran expuestos en los tablones de anuncios del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de las Audiencias Provinciales, de los Decanatos y de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Justicia y Administración Pública. Asimismo, podrán ser consultados en la web del Empleado Público y a través de la página web de la citada Consejería, www.juntadeandalucia.es/justiciayadministracionpublica/ (Portal Adriano).
Tercero. Los interesados dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, contados a partir de la publicación de la presente Resolución, para presentar los escritos de subsanación y la documentación que estimen oportunos. Dichos escritos irán dirigidos a la Dirección General de Recursos Humanos y Medicina Legal de la Consejería de Justicia y Administración Pública (Servicio de Gestión de Recursos Humanos de la Administración de Justicia) y se podrán presentar en el Registro de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Justicia y Administración Pública, sin perjuicio de lo establecido en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Concluido el plazo anterior, a aquellos interesados que no procedieran a la subsanación de las distintas causas de exclusión se les tendrá por desistidos de la solicitud de Ayuda de Acción Social
Sevilla, 20 de abril de 2009.- La Directora General, Isabel María Cumbrera Guil.
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