Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Con fecha 13 de abril de 2009, se ha dictado por la Dirección General de Transportes Resolución cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
Primero. Aprobar el cuadro de tarifas máximas de aplicación de la Estación de Autobuses de Ayamonte, que a continuación se expone, con detalle de los conceptos por los que han de percibirse las mismas y con expresa advertencia de que tales tarifas habrán de ser incrementadas con su correspondiente IVA, sin que puedan ser recargadas con ningún otro gravamen:
CONCEPTO TARIFAS MÁXIMAS
1. Por entrada o salida de un autobús
con viajeros, al finalizar o iniciar viaje
o bien escala (entrada y salida) de
autobús en tránsito
1.1. Hasta 30 km (Cercanías) 0,47 euros
1.2. Más de 30 km 0,98 euros
1.3. Entre 101 a 200 km 1,96 euros
1.4. Más de 200 km 3,35 euros
2. Por utilización por los viajeros de los
servicios generales de la Estación
con cargo a aquellas, que salen o
rinden viaje en la Estación excluidos
aquellos viajeros que se encuentran en tránsito
2.1. Hasta 30 km 0,06 euros
2.2. Con recorrido entre 31 y 100 km 0,14 euros
2.3. Con recorrido entre 101 y 150 km 0,43 euros
2.4. Más de 150 km 0,77 euros
3. Por utilización de los servicios de consigna
3.1. Bulto hasta 50 kg 0,16 euros
3.2. Bulto mayor de 50 kg 0,25 euros
3.3. Por cada día de demora 0,49 euros
4. Facturación de equipajes (sin incluir el
precio del transporte ni seguro de la mercancía)
4.1. Por cada 10 kg, o fracción de
peso de equipajes y encargos 0,25 euros
4.2. Mínimo de percepción 1, 22 euros
En estos precios está incluida la aproximación
de los objetos facturados desde el local al
vehículo o viceversa.
5. Por alquiler de taquilla para la
expedición de billetes 163,1294 euros/mes
Los servicios de electricidad y análogos serán
por cuenta del usuario.
6. Servicio de aparcamiento de autobuses:
6.1. Aparcamiento de un autobús de
servicio regular de 8,00 a 20,00 horas,
por cada hora 0,61 euros
6.2. Aparcamiento de un autobús de
servicio regular desde 20,00 horas
a las 8,00 horas del día siguiente,
sin fraccionamiento por razón del tiempo
dentro del indicado 4,27 euros
6.3. Aparcamiento de un autobús de
servicio discrecional 8,16 euros/día
Segundo. Las tarifas aprobadas sin IVA servirán de base para futuras revisiones tarifarias.
Tercero. El cuadro de tarifas deberá obligatoriamente hallarse expuesto al público.
Cuarto. Las tarifas máximas de aplicación de la Estación de Autobuses de Ayamonte entrarán en vigor, al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Obras Públicas y Transportes, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su notificación.
Sevilla, 13 de abril de 2009.- La Directora General, María Belén Gualda González.
Descargar PDF