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Advertido error en el texto de la Resolución de 15 de diciembre de 2008 (BOJA núm. 22, de 3.2.2009), cuyo contenido íntegro se publicó en el sitio web de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, ubicado en la dirección: http://www.juntadeandalucia.es/innovacioncienciayempresa, consistente en:
- La distribución porcentual de la forma de pago para las Fundaciones (punto tercero del texto).
En virtud de lo dispuesto en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se transcriben a continuación la oportuna rectificación.
El texto que en el punto tercero dice:
Para las Fundaciones, debido a la disponibilidad presupuestaria:
- Un primer pago de hasta el 30% del importe total concedido, tras la firma de la resolución de concesión.
- Un segundo pago por el resto hasta el 100% del importe total, en 2009, tras la justificación del 25% del importe total concedido.
Debe ser sustituido por el siguiente:
Para las Fundaciones, debido a la disponibilidad presupuestaria:
- Un primer pago del 30% del importe total concedido, tras la firma de la resolución de concesión.
- Un segundo pago en 2009, por reajuste, hasta el 45% del incentivo concedido.
- Un tercer pago en 2009 por el importe restante hasta el total concedido, previa justificación del 25% del mismo.
Sevilla 24 de abril de 2009
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