Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 94 de 19/05/2009

5. Anuncios5.2. Otros anuncios

Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa

Anuncio de 29 de abril de 2009, de la Delegación Provincial de Sevilla, de la convocatoria de actas previas a la ocupación de terrenos afectados por la expropiación forzosa por la instalación de la línea eléctrica aérea que se cita. (PP. 1303/2009).

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Por Resolución de 27 de noviembre de 2008, ha sido declarada la urgente ocupación de los terrenos afectados por la expropiación forzosa por la instalación de una línea eléctrica aérea 220 kV (futuro 400 kV) desde la Subestación «La Puebla de Guzmán», El Almendro (Huelva), hasta la subestación Guillena (Sevilla), Expte.: 247.603 RAT 109.185.

Beneficiario: Gamesa Energía, S.A.U.

Domicilio: Avda. San Francisco Javier, 15, Edif. Capitolio. 4.ª planta. 41005, Sevilla.

Datos del proyecto:

Origen: Futura Subestación «La Puebla de Cuzmán», término municipal de Puebla de Guzmán, provincia de Huelva.

Final: Subestación «Guillena», término municipal de Guillena, provincia de Sevilla.

Tt.mm. afectados en la provincia de Sevilla: Aznalcóllar, Sanlúcar la Mayor, Gerena, El Garrobo y Guillena.

Tipo: Aérea, doble circuito, inicialmente S/C.

Longuitud en km: 30,124 km aprox.

En su virtud, y en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 (en adelante LEF), se publica que el levantamiento de las actas previas a la ocupación tendrá lugar el día 17 de junio a las 10,00 horas en el Ayuntamiento de Guillena y el día 18 de junio a las 10,00 horas en el Centro Cívico de Gerena. La relación de titulares convocados, así como la hora, día y lugar en que se les convoca, se establece como Anexo al final de este anuncio.

Se notificará individualmente a cada interesado el día, hora y lugar en que se le convoca para es levantamiento del acta previa a la ocupación, al objeto establecido en el apartado 3.° del art. 52 de la LEF. Los propietarios y demás interesados, titulares de cualesquiera clase de derechos e intereses sobre los bienes afectados, podrán acudir personalmente o representados por persona debidamente autorizada, aportando los documentos acreditativos de su titularidad. Asimismo, previamente al levantamiento del acta previa a la ocupación, podrán formular por escrito, ante esta Delegación Provincial, alegaciones para subsanar posibles errores al relacionar los bienes afectados (art. 56.2 del Decreto de 16 de abril de 1957, por el que se aprueba el Reglamento de la LEF).

En base al mencionado artículo 52 de la LEF, abonados o consignados el depósito previo a la ocupación y la previa indemnización por perjuicios, la Administración procederá a la inmediata ocupación del bien, tras la cual se tramitará el justiprecio y pago.

Es de significar que esta publicación se realiza, igualmente, a los efectos que determina el art. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 29 de abril de 2009.- La Delegada, M.ª José Martínez Perza.

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