Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 96 de 21/05/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

Orden de 8 de mayo de 2009, por la que se aprueba definitivamente el establecimiento del Centro de Transportes de Mercancías de Interés Autonómico «El Higuerón», en el término municipal de Córdoba, y su Plan Funcional.

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El artículo 9.2 de la Ley 5/2001, de 4 de junio, por la que se regulan las áreas de transporte de mercancías en la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece que los centros de transportes de mercancías podrán ser declarados de interés autonómico cuando su implantación, además de obedecer a objetivos puramente sectoriales de política de transporte y de orden local, contribuya de modo decisivo a estructurar y fomentar el desarrollo regional, por favorecer la intermodalidad del sistema regional de transportes, su función integradora de los centros de la economía andaluza en las redes logísticas nacionales e internacionales, la fijación de actividades productoras de valor añadido, la atracción de operadores y cualesquiera otras circunstancias o factores que resulten principalmente determinantes de aquel desarrollo.

Mediante Orden de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, de fecha 5 de marzo de 2003, se dio inicio al procedimiento para la promoción y el establecimiento del Centro de Transportes de Mercancías de Interés Autonómico «El Higuerón», en el término municipal de Córdoba, y se encomendó a la Agencia Pública de Puertos de Andalucía la elaboración y tramitación del Plan Funcional de dicha instalación, de conformidad con lo previsto en los artículos 9 y 12 de la Ley 5/2001, de 4 de junio.

El 4 de julio de 2003 se firmó un Convenio de Cooperación entre el Ayuntamiento de Córdoba y la Empresa Pública de Puertos de Andalucía, mediante el que se establecían las bases para la promoción, construcción y gestión de un Centro de Transportes de Mercancías, de interés autonómico, en El Higuerón (Córdoba), y en donde EPPA se comprometía a elaborar y tramitar el Plan Funcional correspondiente, de acuerdo con lo previsto en la citada Ley 5/2001, de 4 de junio.

En función de lo anterior, la Empresa Pública de Puertos de Andalucía elaboró el documento Plan Funcional del Centro de Transportes de Mercancías de El Higuerón (Córdoba), aprobándose mediante Orden de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de 7 de junio de 2006, publicada en el BOJA núm. 116, de 19 de junio.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla dictó sentencia de fecha 24 de enero de 2008, dejando sin efecto la citada Orden de 7 de junio de 2006, acordando la retroacción de las actuaciones al instante previo a la tramitación ambiental del proyecto, a fin de que la autoridad ambiental se pronuncie sobre si resultaría preceptivo someter el Plan Funcional al trámite de Evaluación de Impacto Ambiental. En cumplimiento de dicha sentencia, la Agencia Pública de Puertos de Andalucía solicitó el mencionado pronunciamiento, habiéndose dictado Resolución de fecha 11 de febrero de 2009, del Delegado Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de Córdoba, por la que resuelve no someter el proyecto del Centro de Transportes de Mercancías «El Higuerón» al procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental establecido en el Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de Proyectos.

Asimismo, por la Empresa Pública de Puertos de Andalucía, se ha cumplimentado el trámite de información pública y ambiental mediante la publicación de la Resolución al respecto, de 10 de diciembre de 2008, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 255, de 24 de diciembre de 2008, así como el trámite de audiencia de los Ayuntamientos y de otras Administraciones, entidades públicas y agentes sociales afectados, de conformidad con lo previsto en el artículo 12.3 de la Ley 5/2001, de 4 de junio.

El Consejo de Administración de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía, en su sesión de 9 de marzo de 2009, aprobó la propuesta de Plan Funcional, acordando su elevación a esta Consejería para su aprobación definitiva, si procede.

El artículo 12.5 de la citada Ley 5/2001, de 4 de junio, establece que «la aprobación definitiva del establecimiento de los centros de transporte de mercancías de interés local y autonómico y de su plan funcional corresponde a la Consejería competente en materia de transportes».

Reuniendo la propuesta el contenido mínimo previsto en el artículo 12.2 de la Ley 5/2001, de 4 de junio, y de acuerdo con las facultades conferidas por su artículo 12.5,

DISPONGO

Artículo único. Aprobación definitiva del establecimiento del Centro de Transportes de Mercancías de Interés Autonómico «El Higuerón», en el término municipal de Córdoba, y de su Plan Funcional.

Se aprueba definitivamente el establecimiento del Centro de Transportes de Mercancías de Interés Autonómico «El Higuerón», en el término municipal de Córdoba, y su Plan Funcional, de conformidad con lo previsto en el artículo 12.5 de la Ley 5/2001, de 4 de junio, por la que se regulan las Áreas de Transportes de Mercancías de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 8 de mayo de 2009

ROSA AGUILAR RIVERO

Consejera de Obras Públicas y Transportes

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