Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 99 de 26/05/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo, Comercio y Deporte

Resolución de 15 de mayo de 2009, del Centro Andaluz de Medicina del Deporte, por la que se convoca para el año 2009 una beca de investigación en materias relacionadas con la Medicina del Deporte.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

La Orden de 20 de septiembre de 2007 (BOJA núm.. 194, de 2 de octubre), tiene por objeto establecer las normas reguladoras para la concesión de becas destinadas a la formación e investigación en materias relacionadas con la Medicina del Deporte, haciendo efectivo el mandato de fomentar la investigación médica en el ámbito deportivo, establecida en el Decreto 224/1999, de 9 de noviembre, por el que se crea el Centro Andaluz de Medicina del Deporte, donde se le atribuye expresamente entre sus fines y funciones la promoción del estudio y la investigación en el campo de la medicina deportiva.

Según lo indicado en el artículo 16 de la citada Orden, la convocatoria de becas se hará mediante la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de Resolución de la Dirección del Centro Andaluz de Medicina del Deporte.

Así pues, y en virtud de las atribuciones que me han sido conferidas,

RESUELVO

Primero. Convocar, para el año 2009, una beca destinada a la investigación en materias relacionadas con la Medicina del Deporte, cuyas normas reguladoras se establecen en la Orden de 20 de septiembre de 2007 (BOJA núm. 194, de 2 de octubre), con arreglo a las siguientes condiciones:

a) Número de becas que se convocan: Una.

b) Duración inicial de la beca: Doce meses.

c) Sede administrativa de adscripción: Centro Andaluz de Medicina del Deporte en Sevilla.

d) Cuantía bruta de la asignación mensual de la beca: Mil trescientos euros (1.300 €).

e) Finalidad y materia de la beca: Realización de trabajos de investigación relacionados con dinámicas no lineales en fisiología humana.

f) Titulación y otros requisitos específicos exigidos a los beneficiarios, conforme a lo previsto en el artículo 3.1.c) y 3 de la citada Orden: Licenciado/a (o Dr./Dra.) en Ciencias de la Educación Física y Deporte o Licenciado/a (o Dr./Dra.) en Medicina, especialista en Medicina del Deporte o residente de la especialidad. Se valorará la experiencia en investigación y especialmente en temas relacionados con las dinámicas no lineales en fisiología humana.

Segundo. Las valoraciones que sean necesarias para el desenvolvimiento normal de la beca las realizará la Comisión de Selección.

Tercero. Las solicitudes se realizarán a través del modelo impreso que figura como Anexo a la referida Orden de 20 de septiembre de 2007 (BOJA núm. 194, de 2 de octubre), irán acompañadas de la documentación a que se refiere el artícu-lo 10 de la misma y se dirigirán a la Dirección del Centro Andaluz de Medicina del Deporte y se presentarán, preferentemente, en el Registro Auxiliar del citado Centro, en el Registro General de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, en el de sus Delegaciones Provinciales o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Cuarto. El plazo de presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Quinto. La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 15 de mayo de 2009.- La Directora, Leocricia Jiménez López.

Descargar PDF