Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 118 de 17/06/2010

2. Autoridades y personal2.1. Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Economía, Innovación y Ciencia

Orden de 25 de marzo de 2010, por la que se dispone el nombramiento de miembros del Consejo Social de las Universidades de Almería, de Cádiz, de Córdoba, de Huelva, de Jaén, de Málaga, Pablo de Olavide de Sevilla y de Sevilla, por el sector de representantes de los intereses sociales, designados por UGT-Andalucía como una de las organizaciones sindicales más representativas en el territorio de la Comunidad Autónoma Andaluza.

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De conformidad con lo establecido en el artículo 19.1.i) de la Ley 15/2003, de 22 de diciembre, Andaluza de Universidades, y en virtud de las atribuciones conferidas en el artículo 21.2 de la citada Ley, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 26.2.m) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,

DISPONGO

Artículo 1. Nombrar como miembros del Consejo Social de las Universidades de Almería, de Cádiz, de Córdoba, de Huelva, de Jaén, de Málaga, Pablo de Olavide de Sevilla y de Sevilla, por el sector de representantes de los intereses sociales, designados por UGT-Andalucía, como una de las organizaciones sindicales más representativas en el territorio de la Comunidad Autónoma Andaluza, a los siguientes señores y señoras:

Consejo Social de la Universidad de Almería:

Doña Carmen Vidal Salcedo.

Consejo Social de la Universidad de Cádiz:

Don Luis Gonzaga Vilches Campos.

Consejo Social de la Universidad de Córdoba:

Don José Salmerón Muñoz.

Consejo Social de la Universidad de Huelva:

Doña Juana Mora Cerrejón.

Consejo Social de la Universidad de Jaén:

Don Manuel Salazar Vela.

Consejo Social de la Universidad de Málaga:

Don José Manuel Ferrer Guerrero.

Consejo Social de la Universidad Pablo de Olavide:

Don Rafael Cáceres Selma.

Consejo Social de la Universidad de Sevilla:

Don Rafael Cáceres Selma.

Artículo 2. La duración de los respectivos mandatos se establece conforme a lo dispuesto en el artículo 21.2 de la Ley 15/2003, de 22 de diciembre, Andaluza de Universidades.

Artículo 3. La presente Orden surtirá efectos desde la misma fecha de su firma.

Sevilla, 25 de marzo de 2010

ANTONIO ÁVILA CANO

Consejero de Economía, Innovación y Ciencia

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