Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 132 de 07/07/2010

2. Autoridades y personal2.2. Oposiciones y concursos

Consejería de Salud

Resolución de 2 de junio de 2010, de la Dirección Gerencia del Hospital Universitario Virgen de las Nieves por la que se convoca concurso de méritos para la cobertura de catorce puestos de Supervisor de Enfermería.

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Siendo precisa la cobertura de catorce puestos clasificados como Cargos Intermedios por la Orden de la Consejería de Salud, de 5 de abril de 1990, por la que se establece el régimen funcional de las plantillas de los Centros Asistenciales del Servicio Andaluz de Salud, y de conformidad con lo establecido en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud, así como en el Decreto 75/2007, de 13 de marzo, por el que se regula el sistema de provisión de puestos directivos y cargos intermedios de los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, la Dirección Gerencia del Hospital Universitario Virgen de las Nieves.

RESUELVE

Primero. Convocar concurso de méritos para la cobertura de catorce puestos, clasificados como cargos intermedios, de Supervisor de Enfermería en el Hospital Universitario Virgen de las Nieves

Segundo. Aprobar las bases del concurso que regirá la convocatoria y el baremo que se aplicará para la evaluación curricular y de las competencias profesionales, contenido en el Anexo II. En lo no previsto en los mismos se regirá por lo dispuesto en la Orden de 5 de abril de 1990, de la Consejería de Salud, en el Decreto 75/2007, de 13 de marzo y en el resto de disposiciones vigentes que le sean de aplicación.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional del Servicio Andaluz de Salud en el plazo de un mes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Granada, 2 de junio de 2010.- El Director Gerente, Manuel González Suárez.

BASES REGULADORAS DEL CONCURSO DE MÉRITOS PARA LA COBERTURA DE CATORCE PUESTOS DE SUPERVISOR DE ENFERMERÍA

1. Sistema de provisión.

La provisión de los puestos convocados se llevará a cabo por el sistema de concurso de méritos, que constará de dos fases: evaluación curricular y de las competencias profesionales y exposición de un proyecto de gestión relacionado con el cargo al que se opta.

1.1. Primera fase. Evaluación curricular y de las competencias profesionales. Consistirá en la evaluación curricular de los interesados, que permitirá conocer su experiencia y formación y en la evaluación de las competencias profesionales que permitirá conocer la pericia, la aptitud y la idoneidad acerca de las funciones a desarrollar en el puesto convocado, mediante la aplicación del baremo que se recoge como Anexo II a esta convocatoria.

1.2. La puntuación máxima que se podrá otorgar a la primera fase será de sesenta puntos, desglosados en las siguientes puntuaciones máximas: evaluación curricular: 40 puntos y evaluación de las competencias profesionales: 20 puntos. Esta primera fase tiene carácter eliminatorio y para superarla deberá alcanzarse un mínimo de 10 puntos en el apartado correspondiente a la evaluación de las competencias profesionales que figuran en el citado Anexo II (apartado 2). Las competencias profesionales se valorarán por la Comisión de Selección mediante el procedimiento que considere más adecuado para contrastarlas.

1.3. Segunda fase. Proyecto de gestión. Superada la primera fase, cada candidato/a expondrá ante la Comisión de Selección un proyecto de gestión relacionado con el puesto al que se opta, cuyo contenido versará, al menos, sobre las siguientes cuestiones:

1. Misión y valores.

2. Cartera de servicios de la unidad.

3. Organización de la unidad.

4. Estrategias para la gestión de cuidados.

5. Personalización y continuidad de cuidados.

6. Plan de incentivación y motivación para fomentar el trabajo en equipo y la participación de los profesionales en la consecución de los objetivos.

7. Programa de formación y adecuación al mapa de competencias de los profesionales.

8. Estrategias para incentivar la investigación.

9. Estrategias de seguridad de los pacientes.

10. Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales: colaboración y supervisión de las siguientes actuaciones:

- Implantación de Sistemas de Gestión de Prevención de Riesgos Laborales. Participar y colaborar con la Unidad de Prevención de Riesgos Laborales del centro en la implantación efectiva de los procedimientos del Sistema de Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales, de tal forma que las actividades que puedan afectar a la seguridad y salud del personal de su Servicio/Unidad se realicen conforme a lo establecido en los citados procedimientos.

- Formación. Facilitar y fomentar la participación y seguimiento del personal de su Servicio/Unidad en las actividades formativas de Prevención de Riesgos Laborales del centro.

- Actividades preventivas. Todas aquellas actividades solicitadas por la Dirección Gerencia con el objetivo de conseguir una integración efectiva de la prevención de riesgos laborales en su Unidad/Servicio.

- Vigilancia de la Salud. Facilitar la asistencia de su personal a las citaciones realizadas por el Servicio de Vigilancia de la Salud de su centro.

La exposición del proyecto de gestión será pública, siendo secretas las deliberaciones de la Comisión de Selección.

1.4. La puntuación máxima que se podrá otorgar a la segunda fase será de cuarenta puntos.

2. Requisitos de los aspirantes.

Para poder participar en esta convocatoria los aspirantes deberán reunir los requisitos que se señalan a continuación, referidos al último día de plazo de presentación de solicitudes, y mantenerlos durante todo el proceso selectivo:

2.1. Tener cumplidos 18 años y no exceder de la edad de jubilación forzosa (65 años).

2.2. Poseer la nacionalidad española, de un Estado miembro de la Unión Europea o del Reino de Noruega, de Liechtenstein o de la República de Islandia; ser cónyuge, descendiente o descendiente del cónyuge de los españoles, o de los nacionales de países miembros de la Unión Europea, de Noruega, Liechtenstein o de la República de Islandia, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Igualmente se extenderá a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

2.3. Estar en posesión de la titulación de Diplomado en Enfermería y o ATS expedida por el Ministerio de Educación, o por los órganos competentes de los países citados en el apartado anterior, o por cualquier otro país siempre que estén oficialmente reconocidos y/o homologados por el citado Ministerio, o estar en condiciones de obtener dicho título dentro del plazo de presentación de solicitudes.

Para el puesto de Supervisión de Área de Tocología estar en posesión de la titulación de Matrona, expedida de conformidad a lo establecido anteriormente.

2.4. Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se deriven del correspondiente nombramiento.

2.5. No haber sido separado del servicio, mediante expediente disciplinario, de cualquier servicio de Salud o Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente profesión.

2.6. En los casos de los nacionales de otros estados mencionados en el apartado 2.2, no encontrarse inhabilitado, por sanción o pena, para el ejercicio profesional o para el acceso a funciones o servicios públicos de un Estado miembro, ni haber sido separado, por sanción disciplinaria, de algunas de las Administraciones o servicios públicos en los seis años anteriores a la convocatoria.

2.7. Formación específica para cargos intermedios en el sistema de gestión de riesgos laborales, mediante la acreditación del «Curso especifico de Prevención de Riesgos Laborales para cargos intermedios o aspirantes a cargos intermedios», o estar en condiciones de obtenerla dentro del plazo de presentación de solicitudes.

3. Características y funciones de los puestos convocados.

3.1. Características.

3.1.1. Denominación: Supervisor de Enfermería (4 puestos para Area de Hospitalización Médica, 4 puestos para Area de Hospitalización Quirúrgica, 4 puestos para Area de Quirófano, 1 puesto para Area de Hospitalización de Ginecología, 1 puesto para Area de Neonatología).

3.1.2. Dependencia Orgánica: Dirección de Enfermería.

3.1.3. Dependencia Funcional: Subdirección de Enfermería.

3.1.4. Destino: Hospital Universitario Virgen de las Nieves.

3.1.5. Grupo Retributivo: B.

3.1.6. Nivel: 22.

3.2. Funciones:

3.2.1. Funciones de los puestos de Supervisor de Enfermería para Area de Hospitalización Médica.

- Impulsar la gestión de los cuidados, favoreciendo la atención personalizada en su Unidad a través de profesionales referentes durante el periodo de hospitalización en su unidad.

- Dirigir al personal de enfermería y auxiliar de enfermería, mediante la dirección participativa y por objetivos, atendiendo al desarrollo profesional y a la evaluación del desempeño a través de la entrevista individualizada.

- Participar en la toma de decisiones organizativas y de gestión de la Subdirección de Enfermería a través de los mecanismos que se establezcan por la Dirección de Enfermería del Hospital.

- Participar en la consecución de objetivos asistenciales, docentes y de investigación contenidos en el acuerdo de gestión clínica y/o objetivos de la Unidad de Gestión Clínica, así como realizar la evaluación de las actividades realizadas por los profesionales adscritos a la unidad, en aras a lograr los resultados fijados en dicho acuerdo.

- Contribuir a desarrollar las líneas estratégicas de desarrollo de los cuidados que establezca la Dirección de Enfermería del Hospital Virgen de las Nieves.

- Proponer a la Subdirección de Enfermería cuantas medidas, iniciativas e innovaciones pudieran contribuir al mejor funcionamiento en el desarrollo de los cuidados.

- Colaborar en las actuaciones que en materia de docencia e investigación que desarrolla el Hospital con especial énfasis en la valoración de necesidad de cuidados y efectividad de la práctica cuidadora.

- Promover y establecer mecanismos de coordinación para facilitar la continuidad asistencial de forma eficaz entre el nivel de atención especializada y el nivel de atención primaria en aquellos procesos asistenciales sobre los que hay acuerdos en el contrato de gestión, así como con otros profesionales y proveedores de salud dentro del propio hospital y entre las Unidades Clínicas de Gestión.

- Organizar la atención a los pacientes en situación de especial vulnerabilidad para adaptarse a sus necesidades: personas inmigrantes, discapacitadas, etc, garantizando la gestión de casos si su complejidad así lo requiere.

- Garantizar la toma de decisiones compartidas y el derecho al consentimiento informado.

- Garantizar el confort y la satisfacción de las personas hospitalizadas y sus cuidadores, monitorizando los motivos de reclamación, especialmente la reclamación centinela.

- Asegurar las condiciones que permitan la comunicación y cooperación dentro de la Unidad y entre los propios profesionales, usuarios y familia.

- Impulsar el uso de guías de práctica clínica para aquellos problemas de cuidados más prevalentes en las personas hospitalizadas en su Unidad.

- Garantizar la revisión y actualización de procedimientos normalizados de trabajo en su Unidad.

- Garantizar la provisión, mantenimiento y uso eficiente del material clínico, farmacia y aquellos productos sanitarios necesarios para la provisión de los cuidados en su Unidad.

- Gestionar la plantilla asignada a su unidad para asegurar la cobertura diaria de los turnos de trabajo, adecuando el módulo a la demanda de cuidados y ajustando la jornada laboral de cada profesional según está establecido en cada momento.

- Gestionar adecuadamente las contingencias de la Unidad.

- Asumir las funciones de liderazgo en su Unidad, analizando y evaluando las estrategias para mantener el clima laboral adecuado.

- Gestionar, organizar y promover todas las actividades necesarias para la integración efectiva y eficiente de la prevención de riesgos laborales en su Unidad, según las instrucciones recibidas por la Dirección Gerencia y en consonancia con los objetivos marcados por la organización en materia de prevención de riesgos laborales.

- Colaborar en la adecuación de los programas de salud laboral.

- Adaptar y difundir comportamientos y actitudes que expresen valores de la organización.

- Contribuir al Desarrollo Profesional y fomentar los procesos de acreditación de profesionales.

- Garantizar el uso de la aplicación informática para el plan de cuidados.

3.2.2. Funciones de los puestos de Supervisor de Enfermería para Area de Hospitalización Quirúgica.

- Impulsar la gestión de los cuidados, favoreciendo la atención personalizada a través de profesionales referentes durante el periodo de hospitalización en su unidad.

- Dirigir al personal de enfermería y auxiliar de enfermería, mediante la dirección participativa y por objetivos, atendiendo al desarrollo profesional y a la evaluación del desempeño a través de la entrevista individualizada.

- Participar en la toma de decisiones organizativas y de gestión de la Subdirección de Enfermería a través de los mecanismos que se establezcan por la Dirección de Enfermería del Hospital.

- Participar en la consecución de objetivos asistenciales, docentes y de investigación contenidos en el acuerdo de gestión clínica y/o objetivos de la Unidad de Gestión Clínica, así como realizar la evaluación de las actividades realizadas por los profesionales adscritos a la unidad, en aras a lograr los resultados fijados en dicho acuerdo.

- Contribuir a desarrollar las líneas estratégicas de desarrollo de los cuidados que establezca la Dirección de Enfermería del Hospital Virgen de las Nieves.

- Proponer a la Subdirección de Enfermería cuantas medidas, iniciativas e innovaciones pudieran contribuir al mejor funcionamiento en el desarrollo de los cuidados.

- Colaborar en las actuaciones que en materia de docencia e investigación que desarrolla el Hospital con especial énfasis en la valoración de necesidad de cuidados y efectividad de la práctica cuidadora.

- Promover y establecer mecanismos de coordinación para facilitar la continuidad asistencial de forma eficaz entre el nivel de atención especializada y el nivel de atención primaria en aquellos procesos asistenciales sobre los que hay acuerdos en el contrato de gestión, así como con otros profesionales y proveedores de salud dentro del propio hospital y entre las Unidades Clínicas de Gestión.

- Organizar la atención a los pacientes en situación de especial vulnerabilidad para adaptarse a sus necesidades: personas inmigrantes, discapacitadas, etc, garantizando la gestión de casos si su complejidad así lo requiere.

- Garantizar la toma de decisiones compartidas y el derecho al consentimiento informado.

- Organizar la realización de la visita pre-quirúrgica.

- Garantizar el confort y la satisfacción de las personas hospitalizadas y sus cuidadores, monitorizando los motivos de reclamación, especialmente la reclamación centinela.

- Asegurar las condiciones que permitan la comunicación y cooperación dentro de la Unidad y entre los propios profesionales, usuarios y familia.

- Impulsar el uso de guías de práctica clínica para aquellos problemas de cuidados más prevalentes en las personas hospitalizadas en su unidad.

- Garantizar la revisión y actualización de procedimientos normalizados de trabajo en su Unidad.

- Garantizar la provisión, mantenimiento y uso eficiente del material clínico, farmacia y aquellos productos sanitarios necesarios para la provisión de los cuidados en su unidad.

- Gestionar la plantilla asignada a su unidad para asegurar la cobertura diaria de los turnos de trabajo, adecuando el módulo a la demanda de cuidados y ajustando la jornada laboral de cada profesional según está establecido en cada momento.

- Gestionar adecuadamente las contingencias de la Unidad.

- Asumir las funciones de liderazgo en su Unidad, analizando y evaluando las estrategias para mantener el clima laboral adecuado.

- Adaptar y difundir comportamientos y actitudes que expresen valores de la organización.

- Gestionar, organizar y promover todas las actividades necesarias para la integración efectiva y eficiente de la prevención de riesgos laborales en su Unidad, según las instrucciones recibidas por la Dirección Gerencia y en consonancia con los objetivos marcados por la organización en materia de prevención de riesgos laborales.

- Colaborar en la adecuación de los programas de salud laboral.

- Contribuir al Desarrollo Profesional y fomentar los procesos de acreditación de profesionales.

- Garantizar el uso de la aplicación informática para el plan de cuidados.

3.2.3. Funciones de los puestos de Supervisor de Enfermería para Area de Quirófano:

- Gestionar, organizar y promover todas las actividades necesarias para la integración efectiva y eficiente de la prevención de riesgos laborales en la unidad/servicio, según las instrucciones recibidas por la Dirección Gerencia y en consonancia con los objetivos marcados por la organización en materia de prevención de riesgos laborales.

- Impulsar la gestión de los cuidados, favoreciendo la atención personalizada en su unidad a través de profesionales referentes durante el periodo de estancia en quirófano.

- Dirigir al personal de Enfermería y Auxiliar de Enfermería, mediante la dirección participativa y por objetivos, atendiendo al desarrollo profesional y a la evaluación del desempeño.

- Favorecer la cooperación y el trabajo en equipo entre los profesionales (enfermería y auxiliares de enfermería) dentro del quirófano.

- Participar en la toma de decisiones organizativas y de gestión de la Subdirección de Enfermería a través de los mecanismos que se establezcan por la Dirección de Enfermería del Hospital.

- Participar en la consecución de objetivos asistenciales, docentes y de investigación contenidos en el acuerdo de gestión clínica y/o objetivos de la Unidad de Gestión Clínica, así como realizar la evaluación de las actividades realizadas por los profesionales adscritos a la unidad, en aras a lograr los resultados fijados en dicho acuerdo.

- Contribuir a desarrollar las líneas estratégicas de desarrollo de los cuidados que establezca la Dirección de Enfermería del Hospital Virgen de las Nieves.

- Proponer a la Subdirección de Enfermería cuantas medidas, iniciativas e innovaciones pudieran contribuir al mejor funcionamiento en el desarrollo de los cuidados.

- Evaluar la efectividad, la calidad y la eficiencia de los cuidados, que se prestan en las unidades de su área responsable: quirófano.

- Colaborar en las actuaciones que en materia de docencia e investigación que desarrolla el Hospital con especial énfasis en la valoración de necesidad de cuidados y efectividad de la práctica cuidadora.

- Organizar la atención a los pacientes en situación de especial vulnerabilidad para adaptarse a sus necesidades: personas inmigrantes, discapacitadas, menores, etc.

- Garantizar la toma de decisiones compartidas y el derecho al consentimiento informado.

- Garantizar el confort y la satisfacción de las personas hospitalizadas y sus cuidadores, monitorizando los motivos de reclamación, especialmente la reclamación centinela.

- Impulsar el uso de guías de práctica clínica para aquellos problemas de cuidados más prevalentes en las personas hospitalizadas en quirófano.

- Garantizar la provisión, mantenimiento y uso eficiente del material clínico, farmacia y aquellos productos sanitarios necesarios para la provisión de los cuidados en quirófano.

- Analizar, evaluar y establecer estrategias para mantener el clima laboral adecuado.

- Colaborar en la adecuación de los programas de salud laboral.

- Adaptar y difundir comportamientos y actitudes que expresen valores de la organización.

- Gestionar la plantilla asignada al quirófano para asegurar la cobertura diaria de los turnos de trabajo, adecuando el módulo a la demanda de cuidados y ajustando la jornada laboral de cada profesional según está establecido en cada momento.

- Cumplir los objetivos y las actividades delegadas desde la Dirección-Subdirección de Enfermería.

- Contribuir al Desarrollo Profesional y fomentar los procesos de acreditación de profesionales.

- Coordinación con Formación Continuada, Desarrollo Profesional y Salud Laboral para el desarrollo de sus funciones.

- Realizar las entrevistas para la evaluación del desempeño profesional y elaborar con los profesionales el plan de desarrollo profesional.

- Garantizar el uso de la aplicación informática para el plan de cuidados.

- Organizar la visita pre-quirúrgica.

3.2.4. Funciones del puesto de Supervisor de Enfermería para Area de Hospitalización de Ginecología:

- Impulsar la gestión de los cuidados, favoreciendo la atención personalizada en su unidad a través de profesionales referentes de los pacientes hospitalizados.

- Dirigir al personal de enfermería mediante la dirección participativa y por objetivos, atendiendo al desarrollo profesional y a la evaluación del desempeño a través de la entrevista individualizada.

- Participar en la toma de decisiones organizativas y de gestión de la Subdirección de Enfermería a través de los mecanismos que se establezcan por la Dirección de Enfermería del Hospital.

- Participar en la consecución de objetivos asistenciales, docentes y de investigación contenidos en el acuerdo de gestión clínica y/o objetivos de la Unidad de Gestión Clínica, así como realizar la evaluación de las actividades realizadas por los profesionales adscritos a la unidad, en aras a lograr los resultados fijados en dicho acuerdo.

- Contribuir a desarrollar las líneas estratégicas de desarrollo de los cuidados que establezca la Dirección de Enfermería del Hospital Virgen de las Nieves.

- Proponer a la Subdirección de Enfermería cuantas medidas, iniciativas e innovaciones pudieran contribuir al mejor funcionamiento en el desarrollo de los cuidados.

- Colaborar en las actuaciones que en materia de docencia e investigación que desarrolla el Hospital con especial énfasis en la valoración de necesidad de cuidados y efectividad de la práctica cuidadora.

- Promover y establecer mecanismos de coordinación para facilitar la continuidad asistencial de forma eficaz entre el nivel de atención especializada y el nivel de atención primaria en aquellos procesos asistenciales sobre los que hay acuerdos en el contrato de gestión, así como con otros profesionales y proveedores de salud dentro del propio hospital y entre las Unidades Clínicas de Gestión.

- Organizar la atención a los pacientes en situación de especial vulnerabilidad para adaptarse a sus necesidades: pacientes oncológicas, pacientes de cuidados paliativos, personas inmigrantes, discapacitadas, menores, etc, garantizando la gestión de casos si su complejidad así lo requiere.

- Garantizar la toma de decisiones compartidas y el derecho al consentimiento informado.

- Garantizar el confort y la satisfacción de las personas hospitalizadas y sus cuidadores, monitorizando los motivos de reclamación, especialmente la reclamación centinela.

- Asegurar las condiciones que permitan la comunicación y cooperación dentro de la Unidad y entre los propios profesionales, usuarios y familia.

- Impulsar el uso de guías de práctica clínica para aquellos problemas de cuidados más prevalentes en las personas hospitalizadas en su unidad.

- Garantizar la revisión y actualización de procedimientos normalizados de trabajo en su servicio la unidad.

- Garantizar la provisión, mantenimiento y uso eficiente del material clínico, farmacia y aquellos productos sanitarios necesarios para la provisión de los cuidados en su unidad.

- Gestionar la plantilla asignada a su unidad para asegurar la cobertura diaria de los turnos de trabajo, adecuando el módulo a la demanda de cuidados y ajustando la jornada laboral de cada profesional según está establecido en cada momento.

- Gestionar adecuadamente las contingencias de la Unidad.

- Asumir las funciones de liderazgo en su Unidad, analizando y evaluando las estrategias para mantener el clima laboral adecuado.

- Adaptar y difundir comportamientos y actitudes que expresen valores de la organización.

- Gestionar, organizar y promover todas las actividades necesarias para la integración efectiva y eficiente de la prevención de riesgos laborales en su Unidad, según las instrucciones recibidas por la Dirección Gerencia y en consonancia con los objetivos marcados por la organización en materia de prevención de riesgos laborales.

- Colaborar en la adecuación de los programas de salud laboral.

- Contribuir al Desarrollo Profesional y fomentar los procesos de acreditación de profesionales.

- Garantizar el uso de la aplicación informática para el plan de cuidados.

3.2.5. Funciones del puesto de Supervisor de Enfermería para Area de Neonatología:

- Impulsar la gestión de los cuidados, favoreciendo la atención personalizada en su unidad a través de profesionales referentes de los pacientes hospitalizados.

- Dirigir al personal de enfermería, mediante la dirección participativa y por objetivos, atendiendo al desarrollo profesional y a la evaluación del desempeño a través de la entrevista individualizada.

- Participar en la toma de decisiones organizativas y de gestión de la Subdirección de Enfermería a través de los mecanismos que se establezcan por la Dirección de Enfermería del Hospital.

- Participar en la consecución de objetivos asistenciales, docentes y de investigación contenidos en el acuerdo de gestión clínica y/o objetivos de la Unidad de Gestión Clínica, así como realizar la evaluación de las actividades realizadas por los profesionales adscritos a la unidad, en aras a lograr los resultados fijados en dicho acuerdo.

- Contribuir a desarrollar las líneas estratégicas de desarrollo de los cuidados que establezca la Dirección de Enfermería del Hospital Virgen de las Nieves.

- Proponer a la Subdirección de Enfermería cuantas medidas, iniciativas e innovaciones pudieran contribuir al mejor funcionamiento en el desarrollo de los cuidados.

- Colaborar en las actuaciones que en materia de docencia e investigación que desarrolla el Hospital con especial énfasis en la valoración de necesidad de cuidados y efectividad de la práctica cuidadora.

- Favorecer la organización de los cuidados centrados en el desarrollo de los neonatos.

- Promover y establecer mecanismos de coordinación para facilitar la continuidad asistencial de forma eficaz entre el nivel de atención especializada y el nivel de atención primaria, así como con otros profesionales y proveedores de salud dentro del propio hospital y entre las Unidades Clínicas de Gestión.

- Garantizar la toma de decisiones compartidas y el derecho al consentimiento informado.

- Garantizar el confort y la satisfacción de los niños hospitalizados y sus familias, monitorizando los motivos de reclamación, especialmente la reclamación centinela.

- Garantizar la permanencia de la madre-padre junto a su hijo-a.

- Involucrar a los padres y madres de forma activa en los cuidados de sus hijos.

-Favorecer la lactancia materna y el método canguro, con las medidas organizativas y de formación a los profesionales que sean necesarias.

- Asegurar las condiciones que permitan la comunicación y cooperación dentro de la Unidad y entre los propios profesionales, usuarios y familia.

- Impulsar el uso de guías de práctica clínica para aquellos problemas de cuidados más prevalentes en las personas hospitalizadas en su unidad.

- Garantizar la revisión y actualización de procedimientos normalizados de trabajo en la unidad.

- Garantizar la provisión, mantenimiento y uso eficiente del material clínico, farmacia y aquellos productos sanitarios necesarios para la provisión de los cuidados en su unidad.

- Gestionar la plantilla asignada a su unidad para asegurar la cobertura diaria de los turnos de trabajo, adecuando el módulo a la demanda de cuidados y ajustando la jornada laboral de cada profesional según está establecido en cada momento.

- Gestionar adecuadamente las contingencias de la Unidad.

- Asumir las funciones de liderazgo en su Unidad.

- Gestionar, organizar y promover todas las actividades necesarias para la integración efectiva y eficiente de la prevención de riesgos laborales en su Unidad, según las instrucciones recibidas por la Dirección Gerencia y en consonancia con los objetivos marcados por la organización en materia de prevención de riesgos laborales.

- Analizar, evaluar y establecer estrategias para mantener el clima laboral adecuado.

- Colaborar en la adecuación de los programas de salud laboral.

- Adaptar y difundir comportamientos y actitudes que expresen valores de la organización.

- Contribuir al Desarrollo Profesional y fomentar los procesos de acreditación de profesionales.

- Garantizar el uso de la aplicación informática para el plan de cuidados.

3.3. Las retribuciones para los cargos convocados serán las establecidas en la normativa vigente del Servicio Andaluz de Salud.

4. Solicitudes y documentación.

4.1. Las solicitudes se dirigirán al Director Gerente según modelo que figura como Anexo I a la presente Resolución, y se presentarán en el Registro General del Hospital Universitario Virgen de las Nieves sito en Avda. Fuerzas Armadas, núm. 2, o bien conforme a lo dispuesto en el artículo 38-4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. En el caso de que se optara por presentar la solicitud ante una oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el funcionario de correos antes de certificarse. Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, que las remitirán seguidamente al Hospital Universitario Virgen de las Nieves.

4.2. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).

4.3. A la solicitud acompañarán la siguiente documentación:

4.3.1. Fotocopia del DNI.

4.3.2. Fotocopia compulsada del título exigido en la convocatoria.

4.3.3. Relación de los méritos alegados y original o copia compulsada de las certificaciones o acreditaciones de los de los citados méritos.

4.3.4. Proyecto de gestión relacionado con el cargo al que se opta, cuyo contenido mínimo se recoge en el apartado 1.3. de esta convocatoria.

4.3.5. La acreditación del requisito establecido en el apartado 2.5. se efectuará en el momento de la toma de posesión.

4.3.6. Acreditación del cursos específico de prevención de riesgos laborales para cargos intermedios o aspirantes a cargos intermedios.

5. Admisión de solicitudes.

5.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección Gerencia del Hospital Universitario Virgen de las Nieves aprobará resolución comprensiva de las listas de admitidos y excluidos, con expresión del nombre, apellidos y causa de exclusión, en su caso. En dicha Resolución se designarán los miembros que compondrán la Comisión de Selección a la que alude el punto 6 de esta convocatoria.

5.2. Las listas se publicarán en los tablones de anuncios del Hospital Universitario Virgen de las Nieves y en la página web del Servicio Andaluz de Salud (www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud), considerándose dicha publicación como requerimiento a los interesados, a los efectos previstos en la Ley 30/1992. Contra la lista de admitidos y excluidos, los interesados podrán interponer reclamación, en el plazo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación, ante la Dirección Gerencia del Hospital Universitario Virgen de las Nieves.

5.3. Transcurrido el plazo de reclamación contra la lista provisional, y una vez resueltas las reclamaciones, se publicará la lista definitiva de admitidos.

5.4. Una vez publicado el listado definitivo se constituirá la Comisión de Selección, al objeto de proceder a la valoración de los aspirantes admitidos en las distintas fases del proceso de selección.

6. Comisión de Selección.

6.1. Se podrán designar comisiones de selección diferenciadas para la evaluación de los distintos puestos convocados, cuya composición de conformidad con el artículo 12 del Decreto 75/2007, será la siguiente:

6.1.1. La Presidencia será desempeñada por el Director Gerente del Hospital Universitario Virgen de las Nieves o persona en quien delegue.

6.1.2. Cuatro Vocalías designadas por la persona que ejerce la Presidencia:

6.1.2.1. Una Vocalía de entre las personas integrantes del equipo de dirección del centro sanitario.

6.1.2.2. Una Vocalía designada por la Junta de Enfermería.

6.1.2.3. Una Vocalía de entre los cargos intermedios de igual o mayor jerarquía a la del puesto que se ha de proveer y de la misma área funcional a la que esté adscrito.

6.1.2.4. Una Vocalía de entre los profesionales pertenecientes al mismo grupo de titulación del puesto a proveer.

La Secretaría será desempeñada por la persona que tenga encomendada la gestión de los recursos humanos del centro sanitario o persona en quien delegue, que actuará con voz, pero sin voto.

6.2. Las personas que ocupen las vocalías de la Comisión de Selección deberán estar en posesión de una titulación de igual o superior nivel académico que la exigida para el acceso al puesto convocado.

6.3. Abstención y recusación. Los miembros de la Comisión de Selección deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Dirección Gerencia del área hospitalaria, cuando concurran en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Asimismo, los aspirantes podrán promover recusación de los miembros de la Comisión de Selección en los casos previstos en el párrafo anterior.

6.4. La composición de la Comisión de Selección atenderá al principio de presencia equilibrada de hombres y mujeres, conforme a lo previsto en el artículo 12.4 del Decreto 75/2007.

6.5. Las funciones de la Comisión de Selección serán las previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 del Decreto 75/2007.

7. Publicidad de la convocatoria.

La presente convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en la página web del Servicio Andaluz de Salud, así como en los tablones de anuncios de todos los centros sanitarios del Área de Salud correspondiente y se remitirá para su publicación al Servicio Andaluz de Empleo de la provincia de Granada.

8. Desarrollo del proceso selectivo.

8.1. Tras la publicación del listado definitivo de aspirantes admitidos y excluidos, la Comisión de Selección iniciará el proceso selectivo conforme a lo previsto en el apartado 1 de esta convocatoria y elevará a la Dirección Gerencia del Hospital la propuesta de resolución provisional del concurso de méritos, con indicación de la puntuación obtenida por cada uno de los aspirantes. Dicha resolución podrá, motivadamente, declarar desierto el cargo a proveer, cuando no concurran personas idóneas para su desempeño de acuerdo con los requisitos de la convocatoria.

8.2. La Dirección Gerencia del Hospital dictará resolución provisional con la propuesta de la Comisión de Selección, que será publicada en el tablón de anuncios del Centro y en la página web del Servicio Andaluz de Salud. Contra dicha resolución las personas interesadas podrán presentar alegaciones en el plazo de quince días naturales a contar desde el siguiente a la publicación de la misma.

8.3. La resolución definitiva será motivada, incluirá respuestas a las alegaciones presentadas a la resolución provisional y contendrá el nombramiento de la persona que haya obtenido mayor puntuación o, en caso contrario, declarará desierta la convocatoria. Esta resolución definitiva será publicada en los lugares citados en el apartado anterior.

8.4. La resolución definitiva se dictará por la Dirección Gerencia en el plazo máximo de seis meses a contar desde el día siguiente al de la inserción en el BOJA de la convocatoria. Contra dicha resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional del Servicio Andaluz de Salud.

8.5. Transcurrido el plazo a que se alude en el apartado anterior, sin que se haya publicado la resolución del concurso, las personas aspirantes que hubieran participado en el mismo podrán entender desestimadas sus pretensiones por silencio administrativo.

9. Nombramiento, régimen de dedicación, evaluación y efectos.

9.1. La persona designada obtendrá un nombramiento para el desempeño del puesto por un período de cuatro años de duración, que habrá de ser, necesariamente, en régimen de dedicación exclusiva al Servicio Andaluz de Salud, y que, en ningún caso, implicará el traslado de la plaza básica de la que, en su caso, sea titular.

9.2. Al personal del Servicio Andaluz de Salud que resulte nombrado con arreglo a lo establecido en el apartado anterior, se le reservará la plaza de origen, siempre que la ostente con carácter definitivo, o aquella que durante el desempeño del cargo pudiera obtener en concurso de traslado. Si la ostenta con destino provisional o en interinidad, la reserva de la plaza de origen quedará condicionada al propio carácter de provisionalidad del destino, o en el caso de tratarse de un nombramiento de interino quedará reservada, mientras tanto no sea cubierta por el procedimiento reglamentario correspondiente o se proceda a su amortización.

9.3. De resultar designada una persona procedente de otro Servicio de Salud, quedará en su plaza de origen en la situación administrativa que le corresponda, perdiendo todo vínculo con el Servicio Andaluz de Salud, en el caso de no superar las evaluaciones que correspondan o ser cesada por cualquier otra de las causas previstas en el artículo 16 del Decreto 75/2007.

9.4. A efectos de su continuidad en el puesto, la persona que resulte nombrada deberá superar la evaluación que se llevará a cabo al final de cada período de cuatro años de desempeño efectivo del puesto y que consistirá en la evaluación del desempeño profesional y de los objetivos de la unidad en la que ejerza su actividad. Superada favorablemente la misma, se prorrogará el nombramiento por un nuevo período de cuatro años. La evaluación se llevará a cabo por una Comisión de Evaluación de igual composición a la prevista en el apartado 6 de esta convocatoria.

9.5. Excepcionalmente, cuando concurran circunstancias que afecten al buen funcionamiento del servicio y aun cuando no hayan transcurridos los cuatro años de desempeño efectivo del puesto, la Dirección Gerencia del Centro podrá instar la evaluación, conforme a lo previsto en el artículo 15.2 del Decreto 75/2007.

9.6. El personal así nombrado podrá cesar por renuncia al puesto, por no superar la evaluación a que se refieren los apartados anteriores o por sanción disciplinaria firme de separación del servicio

ANEXO I

SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN EL PROCESO SELECTIVO PARA LA COBERTURA DE CARGO INTERMEDIO

Don/Doña .................................................................................., con DNI número ............................ y domicilio en ......................., número de teléfono ..................................................................., en posesión del título académico de ...........................................

SOLICITA

Participar en la convocatoria pública para la provisión de un puesto de Supervisor de Enfermería (Area de Hospitalización Médica, Area de Hospitalización Quirúrgica, Área de Quirófano, Area de Hospitalización de Ginecología, Área de Neonatología, tachar lo que no proceda), convocada mediante Resolución de la Dirección Gerencia del Hospital Universitario Virgen de las Nieves de fecha ....................... de 2010, y publicada en el BOJA núm. ..............., de fecha ............................, para lo cual, aporta la siguiente documentación (enumerar):

Fecha y firma

Sr. Director Gerente del Hospital Universitario Virgen de Las Nieves.

ANEXO II

BAREMO PARA LA EVALUACIÓN CURRICULAR Y DE LAS COMPETENCIAS PROFESIONALES

1. Evaluación curricular (máximo 40 puntos).

1.1. Experiencia profesional (máximo 20 puntos).

1.1.1. Por cada mes completo de servicios prestados como ATS/DUE , Matrona, Cargo Intermedio o Puesto Directivo del área de enfermería, o puestos equivalentes en Centros sanitarios públicos de los países miembros de la Unión Europea: 0,100 puntos.

1.1.2. Por cada mes completo de servicios prestados en cualquier otra categoría básica, puesto directivo o cargo intermedio no descrito anteriormente, en Centros sanitarios públicos de los países miembros de la Unión Europea: 0,050 puntos.

1.1.3. Por cada mes completo de servicios prestados como ATS/DUE, Matrona, cargos intermedios similares o puestos directivos en otras Administraciones Públicas: 0,050 puntos.

1.1.4. Por cada mes completo de servicios prestados como ATS/DUE o Matrona en otros centros e instituciones sanitarias no dependientes de Administraciones Públicas: 0,030 puntos.

1.1.5. Por cada mes completo de servicios prestados como Profesor Titular vinculado a una plaza en centros sanitarios del Sistema Nacional de Salud y del Sistema Sanitario Público de Andalucía: 0,100 puntos.

1.2. Formación (máximo 8 puntos).

1.2.1. Por cada hora de formación como discente: 0,015 puntos.

1.2.2. Por cada crédito obtenido en actividades de formación como discente: 0,15 puntos.

Sólo serán valorables los créditos otorgados por la Universidad o por alguno de los órganos acreditadores que integran el sistema de Acreditación de Formación Continuada en el Sistema Nacional de Salud. (Los subapartados 1.2.1 y 1.2.2 son excluyentes entre sí. Sólo se computarán en el subapartado en el que les corresponda mayor valoración.)

Las actividades de formación incluidas en los subapartados 1.2.1 y 1.2.2 serán valoradas siempre que reúnan los siguientes requisitos:

a) Estar directamente relacionadas con las categorías ATS/DUE o Matrona, o con el cargo intermedio que se convoca.

b) Haber sido impartidas u organizadas por alguna de las siguientes instituciones: Centros Universitarios, Servicios de Salud, Consejerías de Salud de las Comunidades Autónomas, Ministerio de Sanidad y Consumo, Ministerio de Administraciones Públicas, Instituto Nacional de la Administración Pública o sus homólogos en las Comunidades Autónomas, Escuelas de Salud Pública adscritas a cualquiera de los organismos citados, Organizaciones Sindicales, Colegios Profesionales, Sociedades Científicas, o entidades sin ánimo de lucro debidamente registradas entre cuyos fines se encuentre la formación.

1.2.3. Por cada hora como docente en actividades de formación relacionadas con las categorías ATS/DUE, Matrona o con el cargo intermedio que se convoca e impartidos por Escuelas de Salud Pública homologadas por Ministerios de Sanidad de la Unión Europea, Universidades o Centros Sanitarios del Sistema Nacional de Salud y por las Organizaciones Sindicales dentro de los Planes de Formación de la Administración Pública: 0,05 puntos.

1.2.4. Por cada curso académico desempeñando plaza de Profesor Titular o Profesor Asociado Universitario en Escuelas Universitarias de Enfermería: 1 punto.

1.2.5. Por cada 12 meses de actividad como Tutor de los programas de formación postgraduada, con nombramiento de Tutor, relacionados con las categorías de ATS/DUE o Matrona: 1 punto.

1.2.6. Por cada Máster Universitario relacionado con las categorías ATS/DUE, Matrona o cargo intermedio que se convoca: 2,50 puntos.

1.2.7. Por cada Diploma de Experto Universitario relacionado con las categorías ATS/DUE, Matrona o cargo que se convoca: 1,50 puntos.

1.2.8. Por cada mes de estancia formativa, tras la obtención del título exigido en la convocatoria, en un Centro Sanitario Público distinto de aquel en el que presta servicios: 0,15 puntos.

1.3. Publicaciones científicas (máximo 5 puntos).

En los epígrafes 1.3.1, 1.3.2, y 1.3.3 de este apartado, se valoran sólo los tres primeros autores.

1.3.1. Por publicaciones de libros de carácter científico, relacionadas con las categorías ATS/DUE, Matrona o cargo que se convoca, y que contengan ISBN o Depósito Legal:

1.3.1.1. Por cada libro completo: 1 punto.

1.3.1.2. Por cada capítulo de libro no incluido en el punto anterior: 0,30 puntos (máximo 3 capítulos por libro).

1.3.2. Publicaciones de artículos en revista de carácter científico relacionada, con las categorías de ATS/DUE, Matrona o cargo que se convoca:

1.3.2.1. Indexación en Cuiden Citation:

1.3.2.1.1. Por cada publicación en revistas indexadas: 0,10 puntos.

1.3.2.1.2. Por cada publicación en revistas no indexadas: 0,05 puntos.

1.3.2.2. Nacionalidad:

1.3.2.2.1. Por cada publicación en revista internacional: 0,10 puntos.

1.3.2.2.2. Por cada publicación en revista nacional: 0,05 puntos.

(Los apartados 1.3.2.1 y 1.3.2.2 son acumulativos.)

1.3.3. Publicaciones –en revista de carácter científico– de ponencias o comunicaciones en congresos y reuniones científicas relacionadas con las categorías ATS/DUE, Matrona o Cargo que se convoca:

1.3.3.1. Nacionalidad:

1.3.3.1.1. Publicadas en revista internacional: 0,10 puntos.

1.3.3.1.2. Publicadas en revista nacional: 0,05 puntos.

1.3.3.2. Factor Impacto (FI).

1.3.3.2.1. Publicadas en revista con factor de impacto: 0,025 puntos.

(Los apartados 1.3.3.1 y 1.3.3.2 son acumulativos. Las comunicaciones o ponencias publicadas exclusivamente en libros de actas, abstracs o CD no serán valorables.)

1.4. Investigación (máximo 4 puntos).

1.4.1. Por premios de investigación relacionados con las categorías ATS/DUE o Matrona o cargo que se convoca, otorgado por sociedades científicas y/o organismos oficiales, o entidades sin ánimo de lucro debidamente registradas entre cuyos fines se encuentre la investigación:

1.4.1.1. Por cada premio de ámbito internacional: 0,50 puntos.

1.4.1.2. Por cada premio de ámbito nacional: 0,30 puntos.

1.4.1.3. Por cada premio de ámbito regional: 0,15 puntos.

1.4.2. Por cada participación en proyectos de investigación del Ministerio de Salud o de las Comunidades Autónomas:

1.4.2.1. Como investigador principal: 1 punto.

1.4.2.2. Como investigador colaborador: 0,50 puntos.

1.4.3. Por pertenecer a Redes de Investigación del Instituto de Salud Carlos III:

1.4.3.1. Por cada pertenencia a una Red Temática de Investigación del ISCIII: 1 punto.

1.4.3.2. Por cada participación en publicaciones asociadas a la Red o en proyectos de investigación de la Red: 0,5 puntos.

1.5. Otros méritos (máximo 3 puntos):

1.5.1. Por Títulos de Propiedad Industrial relacionadas con las categorías ATS/DUE o Matrona o cargo que se convoca:

1.5.1.1. Por cada patente de invención: 1 punto.

1.5.1.2. Por cada modelo de utilidad: 0,30 puntos.

1.5.2. Por cada año formando parte de las distintas Comisiones de Calidad constituidas en centros sanitarios públicos: 0,10 puntos.

2. Evaluación de las competencias profesionales (máximo 20 puntos).

Se valorarán las siguientes competencias profesionales:

Para los puestos de Área de Hospitalización Médica.

Conocimientos.

- Plan de Calidad del Sistema Sanitario Público Andaluz

- Procesos Asistenciales Integrados.

- Plan Integral de Cuidados Paliativos.

- Plan Integral de Oncología.

- Plan Integral de Tabaquismo.

- Plan Integral de Salud Mental.

- Plan de Atención a la Mujer con maltrato.

- Plan de inmigración de Andalucía.

- Plan de Apoyo a las Familias: Plan de cuidadoras.

- Plan de Actuación ante las temperaturas extremas.

- Marco conceptual y metodología de cuidados, taxonomía de diagnósticos de enfermería y clasificación de intervenciones y de resultados.

- Líneas de desarrollo e innovación de cuidados en Andalucía.

- Programa de acreditación de Centros y Unidades de la Agencia de Calidad Sanitaria Andaluza.

- Contrato Programa: Objetivos de las Unidades de Gestión Clínica. Cartera de servicios de la Unidad de Gestión Clínica y/o Servicios del Hospital Virgen de las Nieves.

- Carta de derechos y deberes de usuarios del SAS.

- Actuación enfermera en el ámbito de prescripción farmaceútica en el Servicio Sanitario Público Andaluz.

- Libro de Estilo del SAS.

- Estrategia para la seguridad del paciente.

Para los puestos de Área de Hospitalización Quirúrgica.

Conocimientos.

- Plan de Calidad del Sistema Sanitario Público Andaluz.

- Procesos Asistenciales integrados.

- Plan Integral de Cuidados Paliativos.

- Plan Integral de Oncología.

- Plan Integral de Tabaquismo.

- Plan de Atención a la Mujer con maltrato.

- Plan de inmigración de Andalucía.

- Plan de Actuación ante las temperaturas extremas

- Plan de Apoyo a las Familias: Plan de cuidadoras.

- Marco conceptual y metodología de cuidados, taxonomía de diagnósticos de enfermería y clasificación de intervenciones y de resultados.

- Líneas de desarrollo e innovación de cuidados en Andalucía.

- Programa de acreditación de Competencias Profesionales, de Centros y Unidades de la Agencia de Calidad Sanitaria Andaluza.

- Contrato Programa: Objetivos de las Unidades de Gestión Clínica. Cartera de servicios de la Unidad de Gestión Clínica y/o Servicios del Hospital Virgen de las Nieves.

- Carta de derechos y deberes de usuarios del SAS.

- Actuación enfermera en el ámbito de prescripción farmaceútica en el Servicio Sanitario Público Andaluz.

- Libro de Estilo del SAS.

- Estrategia para la seguridad del paciente.

- Aplicativo «Salud Responde» de seguimiento o vísperas de festivos al alta de pacientes frágiles.

Para los puestos de Área de Quirófano.

Conocimientos.

- Plan de calidad del Sistema Sanitario Público Andaluz.

- Procesos Asistenciales Integrales.

- Plan de atención a la Mujer con maltrato.

- Plan de inmigración de Andalucía.

- Plan de apoyo a las Familias: Plan de Cuidadoras.

- Marco conceptual y metodología de cuidados, taxonomía de diagnósticos de enfermería y clasificación de intervenciones y de resultados.

- Líneas de desarrollo e innovación de cuidados en Andalucía.

- Programa de acreditación de Centros y Unidades de la Agencia de calidad Sanitaria Andaluza.

- Contrato Programa 2010: objetivos de las Unidades de Gestión Clínica. Cartera de servicios de la Unidad de Gestión Clínica y del Hospital Virgen de las Nieves.

- Carta de derechos y deberes de usuarios del SAS.

- Libro de Estilo del SAS.

- Procedimiento de Consentimiento informado.

- Manejo del aplicativo informático: lista de verificación de seguridad quirúrgica.

- Manejo del programa informático de gestión de personal.

- Estrategia para la seguridad del paciente.

- Gestión de lista de espera quirúrgica.

Para el puesto de Área de Hospitalización de Ginecología.

Conocimientos.

- Plan de Calidad del Sistema Sanitario Público Andaluz.

- Procesos Asistenciales Integrales.

- Plan Integral de Tabaquismo.

- Plan de inmigración de Andalucía.

- Plan de Atención a la Mujer con maltrato.

- Plan de Actuación ante las temperaturas extremas.

- Plan de Apoyo a las Familias. Plan de cuidadoras.

- Marco conceptual y metodología de cuidados, taxonomía de diagnósticos de enfermería y clasificación de intervenciones y de resultados.

- Programa de acreditación de Centros y Unidades de la Agencia de Calidad Sanitaria Andaluza.

- Contrato Programa Gerencia: objetivos de las Unidades de Gestión Clínica. Cartera de servicios de la Unidad de Gestión Clínica y/o Servicios del Hospital Virgen de las Nieves.

- Líneas de desarrollo e innovación de cuidados en Andalucía.

- Carta de derechos y deberes de usuarios del SAS.

- Libro de Estilo del SAS.

- Estrategia para la seguridad del paciente.

- Sistemas y Tecnologías de la información: Estación clínica.

Para el puesto de Área de Neonatología.

Conocimientos.

- Plan de Calidad del Sistema Sanitario Público Andaluz.

- Procesos Asistenciales integrados.

- Plan de Atención a la Mujer con maltrato.

- Plan de inmigración de Andalucía.

- Plan de Apoyo a las Familias: Plan de cuidadoras.

- Marco conceptual y metodología de cuidados, taxonomía de diagnósticos de enfermería y clasificación de intervenciones y de resultados.

- Líneas de desarrollo e innovación de cuidados en Andalucía.

- Programa de acreditación de Competencias Profesionales, de Centros y Unidades de la Agencia de Calidad Sanitaria Andaluza.

- Contrato Programa: objetivos de las Unidades de Gestión Clínica. Cartera de servicios de la Unidad de Gestión Clínica y/o Servicios del Hospital Virgen de las Nieves.

- Carta de derechos y deberes de usuarios del SAS.

- Actuación enfermera en el ámbito de prescripción farmaceútica en el Servicio Sanitario Público Andaluz.

- Libro de Estilo del SAS.

- Estrategia para la seguridad del paciente.

- Decreto sobre Derechos de las personas menores de edad a recibir atención sanitaria.

- Programa de Humanización de la Atención Perinatal en Andalucia.

- Iniciativa para la Humanización de la Asistencia al Nacimiento y la lactancia (IHAN).

Competencias comunes a todos los puestos convocados.

Habilidades.

- Liderazgo.

- Habilidades Sociales.

- Habilidad de comunicación, transmisión.

- Habilidades sociales de comunicación oral y escrita.

- Trabajo en equipo.

- Manejo y resolución de conflictos.

- Capacidad de negociación, habilidad negociadora y diplomática.

- Capacidad de planificación y organización.

- Capacidad para tomar decisiones.

- Capacidad para delegar.

- Capacidad para establecer relaciones de cooperación, motivar y gestionar equipos de trabajo.

- Capacidad de aportar innovación y creatividad.

- Capacidad de ilusionar, incorporar adeptos y estimular el compromiso.

- Capacidad de promover y gestionar cambios.

Actitudes.

- Resolutivo.

- Orientación a resultados.

- Orientación al usuario.

- Aprendizaje y mejora continua.

- Actitud emprendedora.

- Creatividad, innovador, flexibilidad, mente inquieta.

- Proactivo.

- Iniciativa.

- Optimista, vitalista.

- Promotor del cambio.

- Capacidad de asumir compromisos y responsabilidades.

- Flexible, adaptable al cambio accesible.

- Generar valor añadido a su trabajo.

- Positivo.

- Discreción.

- Honestidad.

- Respeto a las creencias.

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