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En virtud de lo establecido en el artículo 59 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con los artículos 58 y 61 de la misma, se hace pública la notificación de la siguiente relación de laudos dictados en el procedimiento de arbitraje en materia de transportes por esta Junta Arbitral, cuyos interesados y resoluciones son:
- Industrias El Ángel, S.A. y Red Transjaén, S.L. Expte.: 72/2009. Laudo: 56/2009.
Resolución: Industrias El Ángel, S.A. abonará a Red Transjaén la cantidad de 99,90 €.
- Mencargo, S.L. y Red Transjaén. Expte.: 69/2009. Laudo: 2/2010.
Resolución: Mencargo, S.L. abonará a Red Transjaén la cantidad de 123,74 €.
- Encora Lara, S.L. y Red Transjaén. Expte.: 71/2009. Laudo: 3/2010.
Resolución: Encora Lara, S.L. abonará a Red Transjaén la cantidad de 10,10 €.
- Francisco Puche Canillo y Red Transjaén. Expte.: 70/2009. Laudo: 4/2010.
Resolución: Francisco Puche Canillo abonará a Red Transjaén la cantidad de 55,55 €.
- Álvaro Soluciones Gráficas, S.L. y Red Transjaén. Expte.: 73/2009. Laudo: 5/2010.
Resolución: Álvaro Soluciones Gráficas abonará a Red Transjaén la cantidad de 440,06 €.
- Construcciones de Viviendas Goanmar, S.L. y Red Transjaén. Expte.: 75/2009. Laudo: 8/2010.
Resolución: Construcciones de Viviendas Goanmar, S.L. abonará a Red Transjaén la cantidad de 44,97 €.
- Industrias Básicas de Equipos Cerámicos y Red Transjaén. Expte.: 74/2009. Laudo: 6/2010.
Resolución: Industria Básica de Equipos Cerámicos, S.L. abonará a Red Transjaén la cantidad de 79,83 €.
La documentación de los expedientes indicados anteriormente se encuentran a disposición de los interesados para el conocimiento de su contenido en esta Junta Arbitral.
Estos laudos arbitrales tienen los efectos previstos en la legislación de arbitraje, cabiendo contra los mismos demanda de anulación ante la Audiencia Provincial del lugar donde aquellos se hubieren dictado, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, en los términos establecidos en los artículos 40 y siguientes en la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje, y contra el laudo firme el recurso de revisión conforme a lo establecido en la legislación procesal para las sentencias judiciales firmes.
Jaén, 8 de junio de 2010.- El Delegado, Rafael Valdivielso Sánchez.
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