Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 14 de 22/01/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud

Resolución de 18 de diciembre de 2009, de la Dirección General de Gestión Económica del Servicio Andaluz de Salud, por la que se suspende la obligatoriedad del procedimiento de validación de símbolos para la identificación automática de productos en la cadena de suministro de los Centros del Servicio Andaluz de Salud.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Mediante las Resoluciones de 9 de diciembre de 2005 y 25 de julio de 2007 de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, se establecen los requisitos para la simbolización mediante código de barras en los productos de consumo, que en las mismas se especifican, adquiridos por los Centros asistenciales. En desarrollo de las resoluciones mencionadas se dicta por la Dirección General de Gestión Económica, Resolución de 12 de enero de 2007, por la que se aprueba con carácter obligatorio el procedimiento de validación de símbolos para la identificación automática de productos en la cadena de suministro de los Centros del Servicio Andaluz de Salud y la aplicación informática, igualmente de utilización obligatoria por los profesionales destinados a las funciones de recepción de mercancías en los Centros.

Una vez satisfechos los objetivos para los que fue creada la aplicación informática de validación, se hace necesario iniciar una nueva etapa en la trazabilidad de los productos, no sólo auditando la simbolización de los distintos artículos que llegan de las empresas, como se venía haciendo hasta ahora con la aplicación informática de validación, sino impulsando la utilización de los códigos de barras para la identificación automática de la mercancía e integración de estos datos en los sistemas internos de gestión logística de los centros.

Para que toda la información logística de los productos, que se encuentra en la Revista de Compras, pueda ser empleada por los Centros, estos deben adaptar sus sistemas informáticos internos, hasta la implantación de Siglo, para que puedan captar la información contenida en los códigos GS1 de los artículos, bultos, palet, etc., que se recepcionan en un almacén, de manera que las entradas se realicen automáticamente en las puertas de los almacenes, con lo que se conseguirá por una parte un seguimiento de la simbolización y por otra más rapidez y una mayor fiabilidad en las transacciones logísticas.

No obstante, hasta la implantación definitiva de Siglo y hasta tanto se adaptan por los Centros los programas internos a estos requerimientos, la validación logística podrá seguir utilizándose, pero con carácter voluntario; a tal efecto, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 171/2009, de 19 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud, y demás normas concordantes, esta Dirección General

RESUELVE

1. Suspender la obligatoriedad de lo dispuesto en la Resolución de 12 de enero de 2007 por la que se aprueba el procedimiento de validación de símbolos para la identificación automática de productos en la cadena de suministro de los Centros del Servicio Andaluz de Salud.

2. Con carácter obligatorio los Centros realizarán la identificación automática de los productos en la cadena de suministros en base a la información logística que se encuentra en la Revista de Compras, conforme se produzca la adaptación a sus sistemas informáticos locales.

3. La presente Resolución surtirá efecto a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 18 de diciembre de 2009.- El Director General, Antonio M. Cervera Guerrero.

Descargar PDF