Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 14 de 22/01/2010

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Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa

Resolución de 4 de enero de 2010, de la Delegación Provincial de Almería, por la que se aprueba definitivamente la relación de bienes y derechos afectados por la urgente ocupación en el expediente de expropiación forzosa que se cita.

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Acordada la aprobación de la Propuesta de Actuación para la implantación del «Centro Tecnológico Avanzado de Energías Renovables de Andalucía», en el término municipal de Tabernas, por Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 17 de febrero de 2009 (BOJA núm. 54, de 19 de marzo), y su declaración de Interés Autonómico, resultan los siguientes

ANTECEDENTES

I. La Ley 1/1994, de 11 de enero, de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en sus artículos 38 y 39, establece que el Consejo de Gobierno podrá declarar de interés autonómico aquellas actuaciones de carácter público caracterizadas por su especial relevancia derivada de su magnitud, su proyección económica y social o su importancia para la estructuración territorial de Andalucía, contempladas en planes de ordenación del territorio, planes con incidencia territorial o ámbitos sectoriales citados en el Anexo II de la citada Ley 1/1994, de 11 de enero.

La Propuesta de Actuación para la implantación del «Centro Tecnológico Avanzado de Energías Renovables de Andalucía», situado en el término municipal de Tabernas, de la provincia de Almería, se ha redactado a los efectos de su declaración de interés autonómico, según lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 1/1994, de 11 de enero, de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

El sector de las energías renovables es uno de los sectores considerados estratégicos en Andalucía, y en el conjunto del territorio español. En este sentido la Administración General del Estado para la creación del Plan de Infraestructuras Científicas y Tecnológicas Singulares (ICTS), ha elaborado como paso previo el Mapa de ICTS, resultado del acuerdo entre las Comunidades Autónomas y el Estado, para afrontar el progreso de la ciencia experimental y el desarrollo tecnológico en España, incluyendo en dicho mapa 24 nuevas instalaciones, entre las que se encuentra la ICTS de Energías Renovables de Andalucía.

Esta actuación se enmarca, además, dentro del Convenio firmado el 15 de noviembre de 2006 con el Ministerio de Educación y Ciencia y la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, con el objetivo común de promover el desarrollo de una investigación de excelencia que contribuya al avance del conocimiento y a elevar el nivel tecnológico de las empresas, según el Plan Nacional de I+D+i y el Plan Ingenio 2010 desde la Administración Estatal y el Plan de Innovación y Modernización de Andalucía desde la Administración Autonómica.

Por otra parte, el Centro Tecnológico Avanzado de Energías Renovables se localiza, dentro del Sistema Andaluz del Conocimiento, en la parte alta de la pirámide de los agentes tecnológicos según la calificación establecida en la Orden de 18 de septiembre de 2006, de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, por la que se establece la calificación de los agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento y se crea el Registro Electrónico de agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento.

También cabe decir que la actuación objeto de esta propuesta ya estaba contemplada en el Plan Energético de Andalucía 2003-2006, plan con incidencia en la ordenación del territorio, aprobado mediante Decreto 86/2003, de 1 de abril, en el apartado de investigación, desarrollo e innovación, bajo la denominación entonces de «Centro de Innovación y Tecnología en Energía». En el Plan se establece que en este marco de actuación habrán de inscribirse las líneas específicas propuestas por el Plan Director de Innovación y Desarrollo Tecnológico para Andalucía, en el que se apuesta por la constitución de este Centro, al objeto de coordinar y desarrollar los campos de actuación prioritarios para la mejora del rendimiento energético de sistemas solares térmicos o para el desarrollo y demostración en tecnologías de producción, almacenamiento y distribución de hidrógeno. El Centro Tecnológico Avanzado de Energías Renovables contempla, además de los objetivos de investigación, desarrollo tecnológico e innovación, fomentar y potenciar el desarrollo y mejora del tejido industrial de las energías renovables, mejorar la competitividad de las empresas del sector, reemplazar las tecnologías energéticas actuales por otras más sostenibles y respetuosas con el medio ambiente, y contribuir al incremento del uso de las energías renovables en Andalucía.

En su fase de desarrollo y construcción será un elemento dinamizador de la economía por la implicación que en ella tienen las empresas y, en su fase de explotación, por la dinámica económica que genera en sus entornos. Todo ello permitirá convertir Andalucía en una región líder mundial en energías renovables, tanto en producción como en tecnología. En definitiva contribuirá a mejorar el sistema energético de nuestra Comunidad y de España.

II. La especial relevancia del sector de las energías renovables, no sólo a escala regional, sino nacional, derivada de su magnitud, su proyección económica y social, y su importancia para la estructuración de Andalucía, justifican esta actuación de carácter público, y que la misma sea declarada de interés autonómico, conforme a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 1/1994, de 11 de enero, como instrumento de carácter territorial que posibilita la implantación de la Actuación.

Con ello se logra un espacio adecuado para la promoción de la investigación, la innovación y el desarrollo tecnológico, la transferencia de tecnología, la difusión y la formación, en consonancia con los fines establecidos en la Ley 16/2007, de 3 de diciembre, de Ciencia y Conocimiento, y se contribuye a la modernización de Andalucía y a la mejora de la competitividad de sus empresas, consecuente con un mejor desarrollo sostenible y por tanto con la mejora de la calidad de vida de los ciudadanos.

Tras la iniciativa relativa a la implantación del Centro Tecnológico de Excelencia en Energías Renovables de Andalucía en el término municipal de Tabernas formulada por Orden de 2 de abril de 2007, de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, la Consejería de Obras Públicas y Transportes, actualmente Vivienda y Ordenación del Territorio, tras el Decreto del Presidente 10/2008, de 19 de abril, sobre reestructuración de Consejerías, mediante la Orden de 12 de febrero de 2008, inició la tramitación de la declaración de interés autonómico de la actuación denominada «Propuesta de Actuación de Interés Autonómico para la Implantación del Centro Tecnológico Avanzado de Energías Renovables de Andalucía» en el término municipal de Tabernas (Almería), con una extensión de 91,07 hectáreas en suelo no urbanizable de uso común, habiéndose sometido a los trámites de información pública y audiencia, y habiéndose solicitado los informes, dictámenes y pronunciamientos legalmente preceptivos, de acuerdo con la tramitación establecida en el artículo 38 de la Ley 1/1994, de 11 de enero.

III. De otro lado, en el punto segundo del Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 17 de febrero de 2009, por el que se aprueba la Propuesta de Actuación para la implantación del «Centro Tecnológico Avanzado de Energías Renovables de Andalucía» en el término municipal de Tabernas (Almería), en el que se declara de interés autonómico, se recoge expresamente que «La aprobación del Proyecto de actuación de Interés Autonómico, tendrá los efectos previstos en el artículo 38.3 de la Ley 1/1994, de 11 de enero, de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía».

Entre dicho efectos, conforme al artículo 38.3 de la citada Ley, se halla que «La aprobación por la Administración de la Junta de Andalucía de los estudios, proyectos y planes relativos a las actuaciones objeto de la declaración de interés autonómico, tendrá de acuerdo con su alcance concreto, los siguientes efectos (...): a) Llevará implícita la declaración de la utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación a los efectos de la expropiación forzosa de los bienes y derechos necesarios par su ejecución».

Siendo por lo tanto la Ley la que directamente anuda la implícita declaración de urgencia a la aprobación de los estudios, proyectos y planes de las actuaciones de interés autonómico, y habiéndose así especificado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se declara el interés autonómico de las actuaciones, resta por determinar el alcance concreto de dicha urgencia con relación a los bienes y derechos que se especifican, y los motivos que para mayor garantía del procedimiento deben ser explicitados en el presente expediente que se tramita por esta Consejería conforme al mandato del Consejo de Gobierno. Todo lo anteriormente expuesto pone de manifiesto la necesidad de urgente ocupación de los terrenos y la idoneidad de la expropiación forzosa por el procedimiento de urgencia previsto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

IV. En consecuencia, por Anuncio de esta Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de fecha 16 de octubre de 2009, publicado en el BOJA núm. 216, de 5 de noviembre de 2009, en BOP núm. 208, de 28 de octubre de 2009, y en el tablón de anuncios del Excmo. Ayuntamiento de Tabernas y de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, se aprobó con carácter inicial la relación de los bienes y derechos afectados por la urgente ocupación a los efectos de la expropiación forzosa, a efectos de la aplicación del procedimiento que regula el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y 56 y siguientes de su Reglamento y se sometió a un periodo de información pública durante un plazo de veinte días hábiles, con notificación personal a los interesados, a fin de que puedan formular por escrito ante ésta Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa cuantas alegaciones creyeran convenientes a los solos efectos de subsanar errores que se hubieran padecido al relacionar los bienes y derechos afectados por la expropiación mediante urgente ocupación. Durante el período de información pública se han presentado escritos de alegaciones que obran en el expediente, siendo el resultado de la información pública el que se recoge en la Relación definitiva de bienes y derechos afectados por la urgente ocupación que se anexa a la presente Resolución.

En su virtud, vistos los antecedentes, las disposiciones citadas y demás de general aplicación, de conformidad con las competencias atribuidas en virtud del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de marzo de 2009 y de acuerdo con lo dispuesto en la Orden de 8 de septiembre de 2009 (BOJA núm. 199 de 9 de octubre de 2009), por la que se delegan en la persona titular de la Delegación Provincial de al Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa en Almería las competencias para dictar actos administrativos que integren el procedimiento de expropiación forzosa,

HE RESUELTO

Aprobar definitivamente la relación de los bienes y derechos afectados por la urgente ocupación a los efectos de la expropiación forzosa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38.3 de la Ley 1/1994, de Ordenación del Territorio de Andalucía, a efectos de la aplicación del procedimiento que regulan los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y 56 y siguientes de su Reglamento.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer, alternativamente, recurso de reposición, con carácter potestativo, ante este órgano, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la notificación de la presente, o interponer directamente recurso contencioso administrativo ante los órganos competentes de dicha jurisdicción con sede en Granada en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de la presente, de conformidad con lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según redacción dada por Ley 4/1999, de 13 de enero, y la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y todo ello sin perjuicio de poder ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.

Almería, 4 de enero de 2010.- La Delegada, Sonia Rodríguez Torres.

ANEXO 1

Obra: Propuesta de Actuación para la implantación del «Centro Tecnológico Avanzado de Energías Renovables de Andalucía».

Municipio: Tabernas.

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