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El Decreto 236/1999, de 13 de diciembre, del Régimen Sancionador y Disciplinario Deportivo, regula en el artículo 73 la composición del Comité Andaluz de Disciplina Deportiva y la designación de sus nueve miembros, los cuales serán nombrados por el Consejero de Turismo, Comercio y Deporte, tres a propuesta de las Federaciones Deportivas Andaluzas, uno a propuesta del Consejo Andaluz del Deporte, uno de directa designación del Consejero de Turismo, Comercio y Deporte, uno a propuesta del Consejo Andaluz de Universidades, uno a propuesta del Consejo Andaluz de Colegios de Abogados, uno a propuesta de la Fundación Andalucía Olímpica y uno a propuesta de las Reales Academias de Jurisprudencia y Legislación de Andalucía.
El Consejo Andaluz de Colegios de Abogados, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 73.2.e) y 73.3 del Decreto 236/1999, de 13 de diciembre, y artículo 4.d) y 5 de la Orden de 6 de marzo de 2000, por la que se dispone la publicación del Reglamento de Régimen Interior del Comité Andaluz de Disciplina Deportiva, ha propuesto a don Ignacio Vergara Ivison, jurista de reconocido prestigio en materia de derecho deportivo, como miembro del Comité Andaluz de Disciplina Deportiva en sustitución de don Luis Ignacio Alonso Oliva.
En su virtud, en uso de las facultades conferidas en el artículo 73.2 del Decreto 236/1999, de 13 de diciembre, del Régimen Sancionador y Disciplinario Deportivo, y en el artículo 4 de la Orden de 6 de marzo de 2000,
DISPONGO
Nombrar miembro del Comité Andaluz de Disciplina Deportiva a don Ignacio Vergara Ivison, a propuesta del Consejo Andaluz de Colegios de Abogados, en sustitución de don Luis Ignacio Alonso Oliva, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 73.3 del Decreto 236/1999, de 13 de diciembre, del Régimen Sancionador y Disciplinario Deportivo.
Sevilla, 22 de junio de 2010
Luciano Alonso Alonso
Consejero de Turismo, Comercio y Deporte
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