Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 150 de 02/08/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Hacienda y Administración Pública

Resolución de 19 de julio de 2010, de la Secretaría General Técnica, por la que se acuerda la remisión de expediente administrativo a la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Málaga, para que tenga efectos en el procedimiento ordinario 1009/2010 y se emplaza a terceros interesados.

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En cumplimiento de lo solicitado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Málaga, dentro del procedimiento ordinario 1009/2010, derivado del recurso interpuesto por el Sindicato Andaluz de Funcionarios de la Junta de Andalucía contra la Resolución de 1 de junio de 2010, de la Dirección General de Presupuestos de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, por la que se dictan instrucciones sobre confección de nóminas a partir de 1 de junio de 2010, derivada del Decreto-Ley 2/2010, de 28 de mayo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 48, 49 y 50 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa, y 18 de la Orden de 22 de febrero de 2005, por la que se delegan competencias en diversas materias en órganos de la Consejería,

RESUELVO

Primero. La remisión del expediente administrativo solicitado para que tenga efectos en el recurso número 1009/2010, del que conoce la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Málaga.

Segundo. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y emplazar a cuantos resulten interesados para que puedan comparecer y personarse en autos ante Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Málaga, en el plazo de nueve días desde la publicación de la presente Resolución. Asimismo, se indica que de comparecer fuera del citado plazo se les tendrá por parte, sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del procedimiento y, si no se personasen oportunamente, continuará el procedimiento por sus trámites, sin que haya lugar a practicarles notificación de clase alguna.

Sevilla, 19 de julio de 2010.- La Secretaria General Técnica, María del Mar Clavero Herrera.

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