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De conformidad con el art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el Decreto 42/02, de 12 de febrero, del Régimen de desamparo, tutela y guarda administrativa, y habida cuenta de que no ha sido posible la notificación, al desconocerse su paradero, se publica este anuncio, por el que se notifica la Resolución declarando la no existencia de desamparo en los expedientes núms. 352-2007-00005685-1 y 5679-1, relativos a los menores M.G.G. y J.M.G.G., al padre de los mismos don Mario Guerrero Arauz, por el que se acuerda:
Declarar la no existencia de desamparo del menor M.G.G. nacido/a el 24.4.2001 y del menor J.M.G.G. nacido/a el 30.9.2002.
Contra la presente Resolución cabe formular oposición ante el Juzgado de Primera Instancia de Huelva, conforme a los trámites establecidos al respecto en los artículos 779 y 780 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuicimiento Civil.
Huelva, 14 de julio de 2010.- La Presidenta de la Comisión Provincial de Medidas de Protección, Carmen Lloret Miserachs.
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