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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley General de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y examinadas las solicitudes presentadas al amparo de la Orden de 11 de diciembre de 2007, de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de Incentivos a los Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento y se efectúa su convocatoria para el periodo 2008-2013 (BOJA. núm. 4, de 5 de enero de 2008), esta Secretaría General
RESUELVE
Primero. Hacer público extracto de la resolución de fecha 14 de diciembre de 2009, por la que se pone fin al procedimiento para la concesión de incentivos a las Universidades y Organismos de investigación y Tecnología de Andalucía para la realización de actividades de carácter científico y técnico, convocatoria 2/2009, extracto que se transcribe en el Anexo adjunto.
Segundo. El contenido íntegro de la mencionada resolución se encuentra expuesto en la página web de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa.
ANEXO
EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 14 DE DICIEMBRE DE 2009, DE LA SECRETARÍA GENERAL DE UNIVERSIDADES, INVESTIGACIÓN Y TECNOLOGÍA POR LA QUE SE PONE FIN AL PROCEDIMIENTO PARA LA CONCESIÓN DE INCENTIVOS PARA ACTIVIDADES DE CARÁCTER CIENTÍFICO Y TÉCNICO DE LAS UNIVERSIDADES Y ORGANISMOS DE INVESTIGACIÓN Y TECNOLOGÍA DE ANDALUCÍA, CONVOCADAS POR ORDEN DE 11 DE DICIEMBRE DE 2007 (CONVOCATORIA 2/2009)
1.º Por Orden de 11 de diciembre de 2007, de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, se establecen las bases reguladoras del Programa de Incentivos a los Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento y se efectúa su convocatoria para el periodo 2008-2013.
2.º El artículo 15 establece que el procedimiento de concesión de estos incentivos se realizará en régimen de concurrencia competitiva de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
3.º Conceder los incentivos para actividades de carácter científico y técnico de las Universidades y Organismos de Investigación y Tecnología, por los importes que se indican a continuación:
ORGANISMO | Presupuesto Aceptado | Cantidad Concedida | % Financiación |
ESTACIÓN BIOLÓGICA DE DOÑANA (EBD) (Delegación del CSIC en Andalucía) | 7.076,00 | 7.076,00 | 100% |
ESTACIÓN EXPERIMENTAL ZONAS ÁRIDAS (EEZA) (Delegación del CSIC en Andalucía) | 3.109,00 | 3.109,00 | 100% |
ESTACIÓN EXPERIMENTAL DEL ZAIDÍN (EEZ) (Delegación del CSIC en Andalucía ) | 4.988,00 | 4.988,00 | 100% |
FUNDACIÓN REINA MERCEDES PARA INVESTIGACIÓN SANITARIA | 4.246,00 | 4.246,00 | 100% |
INSTITUTO DE AGRICULTURA SOSTENIBLE (IAS) (Delegación del C.S.I.C. en Andalucía) | 20.301,00 | 20.301,00 | 100% |
INSTITUTO DE ASTROFÍSICA DE ANDALUCÍA (IAA) (Delegación del C.S.I.C. en Andalucía) | 1.556,00 | 1.556,00 | 100% |
INSTITUTO DE CIENCIA DE MATERIALES DE SEVILLA (ICMSE) (Delegación del C.S.I.C. en Andalucía) | 3.184,00 | 3.184,00 | 100% |
INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN Y FORMACIÓN AGRARIA, PESQUERA, ALIMENTARIA Y DE LA PRODUCCIÓN ECOLÓGICA | 12.246,00 | 12.246,00 | 100% |
INSTITUTO DE INVESTIGACIONES QUÍMICAS (IQ) (Delegación del C.S.I.C. en Andalucía) | 3.184,00 | 3.184,00 | 100% |
INSTITUTO DE LA GRASA (IG)) (Delegación del C.S.I.C. en Andalucía) | 3.184,00 | 3.184,00 | 100% |
INSTITUTO DE RECURSOS NATURALES Y AGROBIOLOGÍA SEVILLA (IRNAS) (Delegación del C.S.I.C. en Andalucía) | 10.000,00 | 10.000,00 | 100% |
UNIVERSIDAD DE ALMERÍA | 69.010,48 | 69.010,48 | 100% |
UNIVERSIDAD DE CÁDIZ | 38.003,00 | 38.003,00 | 100% |
UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA | 59.743,00 | 59.743,00 | 100% |
UNIVERSIDAD DE GRANADA | 358.632,71 | 358.632,71 | 100% |
UNIVERSIDAD DE HUELVA | 51.977,74 | 51.977,74 | 100% |
UNIVERSIDAD DE JAÉN | 81.741,00 | 81.741,00 | 100% |
UNIVERSIDAD DE MÁLAGA | 113.515,69 | 113.515,69 | 100% |
UNIVERSIDAD DE SEVILLA | 176.526,48 | 176.526,48 | 100% |
UNIVERSIDAD PABLO DE OLAVIDE | 55.351,23 | 55.351,23 | 100% |
TOTAL ( | 1.077.575,33 | 1.077.575,33 |
Las actividades a realizar por cada beneficiario y los incentivos concedidos son los indicados en el Anexo I, estando comprendidas las mismas en las modalidades descritas en el artículo 58 de la Orden de 11 de diciembre de 2007.
Asimismo, se hace constar que la estimación de estos incentivos implica la desestimación de las demás solicitudes presentadas. A tal efecto se incluye un Anexo II con la relación de las solicitudes desestimadas y un Anexo III con la relación de las solicitudes excluidas de procedimiento.
4.º Plazo máximo de ejecución: Las actividades subvencionadas deberán estar finalizadas antes de 18 meses desde la publicación de la Resolución de concesión en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 13 de enero de 2010.- El Secretario General de Universidades, Investigación y Tecnología, Francisco Andrés Triguero Ruiz.
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