Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 176 de 08/09/2010

5. Anuncios5.2. Otros anuncios

Consejería para la Igualdad y Bienestar Social

Resolución de 13 de agosto de 2010, de la Delegación Provincial de Córdoba, por la que se hacen públicas diversas notificaciones de requerimientos al amparo del Decreto 2/1999, de 12 de enero, por el que se regula el Programa de Solidaridad de los Andaluces.

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En cumplimiento del artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, (BOE núm. 285, de 27 de noviembre), esta Delegación Provincial, intentada la notificación del escrito sobre petición de documentación en los expedientes administrativos sobre Programa de Solidaridad que se relacionan, tramitado a nombre de los solicitantes también relacionados, no se ha podido practicar, por lo que, mediante el presente anuncio, se les cita para que en el plazo de diez días (hábiles), a contar desde el siguiente día a la publicación de este anuncio, se personen en esta Delegación Provincial para la Igualdad y Bienestar Social, sita en C/ Sevilla, núm. 14, 14071, Córdoba (teléfono 957 005 400), para Informarse de la documentación que deberán entregar a efectos de continuar con la tramitación del expediente citado.

Núm. de Expte. Nombre y apellidos
13476/10 Isabel María Pedraza Fernández
14672/10 Vanka Doychevaq
15688/10 Francisca Martín Godoy
16938/10 Francisca Galán Moreno
17094/10 María del Mar Beltrán Valverde
17710/10 Asunción Heredia Cortés
17720/10 Gabriela Solange Mariscla Vázquez
17909/10 Silvia Florentina Stancu
18059/10 Ionel Duna
18102/10 José Jiménez Vega
18773/10 Angelica Berari
19230/10 María del Mar Bolaño Ojeda
19302/10 Soraya Santiago Henares
19686/10 Rocío Moreno Valverde
19691/10 Miguel Ansio Ramos
20055/10 Juan Manuel Esquinaldo Bellido

Advertencia. La falta de comparecencia a esta citación por la que se ordena la notificación del requerimiento por edicto, debiendo aportar al expediente escrito de subsanación de la falta de documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su solicitud, previa Resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 42 de la citada Ley 30/1992.

Córdoba, 13 de agosto de 2010.- La Delegada, Silvia Cañero Horcas.

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