Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 177 de 09/09/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 29 de julio de 2010, por la que se modifica la autorización de enseñanzas del centro autorizado de enseñanzas elementales de danza «Escuela Superior de Artes Escénicas» de Málaga.

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Visto el expediente tramitado a instancia de Iris Zafra Martínez, como representante de la sociedad Escuela Superior de Artes Escénicas de Málaga, S.L., titular del centro autorizado de enseñanzas elementales de danza «Escuela Superior de Artes Escénicas», con domicilio en C/ Alfonso Ponce de León, 6. Parque de Ocio Plaza Mayor, Local A-06, solicitando modificar la autorización de enseñanzas que tenía concedida por ampliación de 80 puestos escolares, al amparo de lo dispuesto en el Decreto 193/1997, de 29 de julio (BOJA de 9 de agosto), sobre autorizaciones de Centros docentes privados, para impartir Enseñanzas Artísticas, y en el Decreto 16/2009, de 20 de enero (BOJA de 4 de febrero), por el que se establece la Ordenación y el Currículo de las Enseñanzas Elementales de Danza en Andalucía.

Resultando que el citado centro, con número de código 29016124, tiene autorización para impartir enseñanzas elementales básicas de danza para 80 puestos escolares.

Resultando que en el expediente de modificación de la autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Provincial de la Consejería de Educación en Málaga y de la Gerencia Provincial del Ente Público Andaluz de Infraestructuras y Servicios Educativos de esa provincia.

Vistas: La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; la Ley 17 /2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 389/1992, de 15 de abril (BOE de 28), por el que se establecen los requisitos mínimos de los Centros que impartan enseñanzas artísticas; el Decreto 193/1997, de 29 de julio (BOJA de 9 de agosto), sobre autorizaciones de Centros docentes privados para impartir Enseñanzas Artísticas; el Decreto 16/2009, de 20 de enero (BOJA de 4 de febrero), por el que se establece la Ordenación y el Currículo de las Enseñanzas Elementales de Danza en Andalucía, y demás normas de vigente aplicación.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas

DISPONGO

Primero. Autorizar la modificación solicitada del centro autorizado de enseñanzas elementales de danza «Escuela Superior de Artes Escénicas» de Málaga y, como consecuencia de ello, establecer la configuración definitiva del mismo que se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro autorizado de enseñanzas elementales de danza.

Denominación específica: «Escuela Superior de Artes Escénicas».

Código del centro: 29016124.

Titular: Escuela Superior de Artes Escénicas de Málaga, S.L.

Domicilio: C/ Alfonso Ponce de León, 6. Parque de Ocio Plaza Mayor, Local A-06.

Localidad: Málaga.

Municipio: Málaga.

Provincia: Málaga.

Enseñanzas que se autorizan:

Enseñanzas elementales básicas de danza.

Puestos escolares: 160.

Segundo. Del contenido de esta Orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, regulado por el Decreto 151/1997, de 27 de mayo.

Tercero. El centro no podrá sobrepasar el número de puestos escolares fijados para el mismo.

Cuarto. La autorización surtirá efectos de la forma que previene el artículo 15 del Decreto 193/1997, de 29 de julio.

Quinto. La entidad titular del centro remitirá a la Delegación Provincial de la Consejería de Educación en Málaga la relación del profesorado del mismo con indicación de su titulación respectiva.

Sexto. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 29 de julio de 2010

FRANCISCO JOSÉ ÁLVAREZ DE LA CHICA

Consejero de Educación

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