Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 183 de 17/09/2010

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 1 de septiembre de 2010, del Juzgado de Primera Instancia número Diecinueve de Sevilla, dimanante de procedimiento ordinario núm. 529/2008. (PD. 2231/2010).

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NIG: 4109142C20080016236.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 529/2008. Negociado: 2B.

De: Encarnación Roldán Sánchez.

Procurador: Sr. Emilio Alfonso Onorato Ordóñez.

Letrado: Sr/a.

Contra: Cervecería La Vega de Triana, S.L.

Procurador/a: Sr/a.

Letrado: Sr/a.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 529/2008 seguido en el Juzgado de Primera Instancia número Diecinueve de Sevilla a instancia de Encarnación Roldán Sánchez contra Cervecería la Vega de Triana, S.L., sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia qne copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

«En Sevilla, a 2 de julio de 2010; don Rafael J. Páez Gallego, Magistrado del Juzgado de Primera Instancia núm. Diecinueve de esta ciudad y su partido, ha visto y examinado los presentes autos de juicio ordinario seguidos en este Juzgado bajo el núm. 529/08, a instancias de doña Encarnación Roldán Sánchez, representada por el Procurador Sr. Onorato Ordóñez y asistida por el letrado Sr. Castellar Martínez; y como demandada, Cervecería La Vega de Triana S.L., en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad.

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda formulada doña Encarnación Roldán Sánchez, representada por el Procurador Sr. Onorato Ordóñez contra Cervecería La Vega de Triana, S.L., debo condenar y condeno a la demandada a abonarle la suma de 9.269,27 € en concepto de rentas vencidas e impagadas, más las cantidades que vayan venciendo en concepto de rentas durante la tramitación del procedimiento, con los intereses que se mencionan en el fundamento jurídico 3.º de esta resolución; y todo ello con expresa condena en costas a la mencionada demandada.

Notifíquese a las partes esta sentencia, contra la que podrán preparar recurso de apelación dentro de los cinco días siguientes a su notificación con arreglo a lo prevenido en el art. 457 de la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000.

La interposición de dicho recurso precisará de la constitución de un depósito de 50 € en la cuenta de Consignaciones y depósitos de este Juzgado en el modo y forma previsto en la D.A. 15.ª de la vigente Ley Orgánica del Poder Judicial, sin cuya constitución no será admitido a trámite.

Llévese testimonio de la presente a los autos de su razón con archivo de la original en el Libro de Sentencias.

Así por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.»

E/

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada Cervecería La Vega de Triana, S.L., extiendo y firmo la presente en Sevilla a uno de septiembre de dos mil diez.- El/la Secretario.

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