Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 188 de 24/09/2010

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Ayuntamientos

Corrección de errores del anuncio del Ayuntamiento de Olivares, de las bases para la selección de plaza de Técnico de Administración Especial y de Tesorería (BOJA núm. 161, de 18.8.2010).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Don Isidoro Ramos García, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Olivares,

Hace saber: Que tras detectarse un error en el anuncio publicado en BOJA núm. 161 enviado al Boletín para su respectiva publicación y con publicación el 18 de agosto de 2010.

Solicito su corrección, siendo el texto correcto el siguiente:

Mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local, celebrada en sesión ordinaria el día 29 de junio de 2010, se adoptó el siguiente acuerdo:

PUNTO DECIMOPRIMERO: BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN COMO FUNCIONARIO DE CARRERA, MEDIANTE EL SISTEMA DE ACCESO POR TURNO LIBRE Y A TRAVéS DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN DE OPOSICIóN DE UNA PLAZA DE TéCNICO DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL Y DE TESORERíA

Primera. Objeto de la convocatoria.

1.1. Es objeto de las presentes bases la provisión en propiedad de la plaza que se incluye en la Oferta Pública de Empleo correspondiente al ejercicio del año 2010, aprobada por Acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 30 de noviembre de 2009 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia núm. 49 de fecha 2 de marzo de 2010, cuyas características son: Grupo: A2; Clasificación Administración Especial; Número de vacantes: 1; Denominación: Técnico de Administración Especial y de Tesorería, y dotadas con los haberes correspondientes al grupo que igualmente se especifica con arreglo a la legislación vigente.

1.2. Al presente proceso selectivo le será de aplicación la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 7/85, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local; R.D.L. 781/86, de 18 de abril, Texto Refundido de Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local; Real Decreto 896/91, de 7 de junio; las bases de la presente convocatoria junto con los Anexos que la acompañan, y supletoriamente el R.D. 364/95, de 10 de marzo.

1.3. Las funciones que tiene encomendadas son las siguientes:

- El manejo y custodia de fondos, valores y efectos de la Entidad local, de conformidad con lo establecido por las disposiciones legales vigentes.

- La Jefatura de los servicios de recaudación respecto de aquellos tributos o ingresos que la Corporación gestione directamente.

- La responsabilidad administrativa de las funciones contables propias de la tesorería.

- Funciones técnicas y administrativas en colaboración con los departamentos de Intervención General de Fondos y la Secretaría general del Ayuntamiento.

- Elaboración de informes y dictámenes en materia económico-financiera que le sea solicitado.

1.4. El sistema selectivo elegido es de oposición libre.

Segundo. Condiciones de admisión de aspirantes.

2.1. Para ser admitido a la realización de las presentes pruebas selectivas para el acceso a las plazas convocadas, los aspirantes deben reunir los siguientes requisitos:

Ser español/a, así mismo podrán ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los nacionales de otros estados en los términos previstos en el artículo 57 de la Ley 7/07, de 12 de abril.

Tener cumplidos los 18 años de edad y no superar la edad máxima de jubilación forzosa.

Estar en posesión de algunas de estas titulaciones: Diplomado en Ciencias Económicas, Licenciado en Dirección y Administración de Empresa de acuerdo con el artículo 76 de la Ley 7/2007.

Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualesquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

2.2. Los requisitos establecidos en las presentes bases, así como aquellos otros que pudiesen recogerse deberán reunirse el último día del plazo de presentación de instancias.

Tercero. Forma y plazo de presentación de instancias.

Los aspirantes presentarán instancia ajustada al modelo que se inserta al final de estas bases, dirigida al Sr. Alcalde y presentada en el Registro General del Ayuntamiento, debiendo adjuntar los siguientes documentos (originales o fotocopias):

- Fotocopia del DNI o, en su caso, del documento oficial de renovación del mismo.

- Fotocopia del título académico exigido.

Las solicitudes también podrán ser presentadas en la forma que se determina en el art. 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de un extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de España.

A la solicitud deberá acompañarse resguardo acreditativo de haber satisfecho el importe de los derechos de examen que ascienden a 70 euros, cantidad que podrá ser abonada en la Tesorería Municipal en metálico, en cualquiera de las entidades bancarias colaboradoras del Ayuntamiento o remitido por giro postal o telegráfico a la Tesorería Municipal, debiendo consignar en estos giros el nombre del aspirante, aún cuando sea impuesto por persona distinta.

Si alguna de las solicitudes adolece de algún defecto, se requerirá al interesado para que en el plazo de diez días hábiles subsane la falta o, en su caso, acompañe los documentos preceptivos, indicándole que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución que se dictará al efecto, de conformidad con lo establecido en el art. 42.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, ya citada. No obstante, el pago de las tasas y la utilización de un modelo diferente al aprobado en las bases, se considerará un requisito no subsanable.

Las bases íntegras se publicarán en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma y en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla, así como en la página web del Excmo. Ayuntamiento de Olivares (www.olivares.es).

Cuarto. Admisión de aspirantes.

Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano correspondiente del Ayuntamiento dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos y las causas de exclusión. En dicha resolución, que deberá publicarse en el tablón de edictos municipal y en la web municipal, en el caso de que no exprese la relación de todos los solicitantes, se indicarán los lugares en que se encuentran expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos, señalando un plazo de diez días hábiles para su subsanación.

Transcurrido el plazo señalado en el apartado anterior, la autoridad competente dictará resolución declarando aprobados los listados definitivos de aspirantes admitidos, determinando el lugar y la fecha de comienzo de los ejercicios.

Quinto. Tribunal Calificador.

Los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre.

El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no podrán formar parte de los órganos de selección.

La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse esta en representación o por cuenta de nadie.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia del Presidente, Secretario y de la mitad al menos de los Vocales, pudiendo acudir indistintamente a cada sesión que se produzca el titular o bien su suplente.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley 30/92 o hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas de acceso a la función pública en los cinco años anteriores a la publicación de la convocatoria.

Cualquier interesado podrá promover recusación en cualquier momento del proceso selectivo cuando concurran las anteriores circunstancias. Las dudas o reclamaciones que puedan originarse sobre la interpretación en la aplicación de las Bases de la presente convocatoria, así como la que deba hacerse en los casos previstos, serán resueltos por el Tribunal.

A los efectos de lo establecido en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, de indemnizaciones por razón del servicio, y disposiciones complementarias, el Tribunal se clasifica en la categoría segunda.

Los Tribunales Calificadores estarán constituidos por:

- Presidente: don Francisco Javier Raya García, funcionario con habilitación de carácter estatal perteneciente a la subescala de intervención-tesorería categoría de entrada.

- Suplente: doña Begoña Fernández Argüelles funcionaria con habilitación de carácter estatal perteneciente a la subescala de secretaría-intervención.

- Secretario: don Juan José Rodríguez Sánchez funcionario con habilitación de carácter estatal perteneciente a la subescala de secretaría, categoría de entrada.

- Suplente: don Virgilio Rivera Rodríguez, funcionario con habilitación de carácter estatal perteneciente a la subescala de secretaría, categoría de entrada.

- Vocal: doña Eva María Delis Ruiz, funcionaria con habilitación de carácter estatal perteneciente a la subescala de intervención-tesorería categoría de entrada.

- Suplente: doña Ana Gómez Velarde funcionaria con habilitación de carácter estatal perteneciente a la subescala de secretaría, categoría de entrada.

- Vocal: doña María Trinidad Méndez Trigo, funcionaria con habilitación de carácter estatal perteneciente a la subescala de secretaría-intervención.

- Suplente: doña Ana Belén Jiménez Castilla, funcionaria con habilitación de carácter estatal perteneciente a la subescala de intervención-tesorería categoría de entrada.

- Vocal: doña Cristina Díaz Pariente, funcionaria con habilitación de carácter estatal perteneciente a la subescala de intervención-tesorería categoría de entrada.

- Suplente: don Ignacio Herrera Franco, funcionario con habilitación de carácter estatal perteneciente a la subescala de intervención-tesorería categoría de entrada.

- Vocal: Un representante de la Junta de Andalucía.

- Suplente: Un representante de la Junta de Andalucía.

La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con el artículo 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sexta. Sistemas de selección y desarrollo de los procesos.

PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN

El sistema de selección es el de oposición libre y estará formada por los ejercicios eliminatorios que a continuación se indican:

Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito diez preguntas relacionadas con los temas incluidos en el anexo correspondiente al temario. Las preguntas guardarán la proporcionalidad con la división del temario en parte general y específica.

Este ejercicio deberá ser leído obligatoriamente por el aspirante ante el Tribunal, apreciándose, fundamentalmente, la capacidad de formación, la precisión de los conceptos y el rigor en la expresión.

El tiempo máximo para la realización del presente ejercicio será de tres horas.

Segundo ejercicio: Consistirá en resolver un supuesto práctico determinado por el Tribunal, correspondiendo al grupo de temas específicos del programa. Para la resolución del ejercicio los aspirantes podrán consultar legislación en formato de papel, no comentada.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de tres horas.

Calificación:

La calificación final de las pruebas selectivas, vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en ambos ejercicios. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio. Para superar cada uno de los ejercicios habrá de obtenerse una puntuación mínima de cinco puntos sobre diez.

Normas del desarrollo de los ejercicios.

Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificada y libremente apreciada por el Tribunal.

El Tribunal podrá requerir en cualquier momento a los aspirantes para que acrediten su identidad.

Una vez comenzadas las pruebas selectivas no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de la celebración de las respectivas pruebas en el Boletín Oficial de la Provincia. Estos anuncios deberán hacerse públicos por el Tribunal en el tablón de anuncios de la Corporación o en los locales donde se hayan celebrado las pruebas anteriores, con doce horas, al menos, de antelación del comienzo de las mismas, si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro horas, si se trata de un nuevo ejercicio. Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de cinco días hábiles y máximo de cuarenta y cinco días hábiles.

Los contenidos mínimos de estos programas serán los siguientes:

Materias comunes

Tema 1. La Constitución. Significado y clases. La Constitución Española. Proceso constituyente. Estructura y contenido esencial. Procedimiento de reforma. La Ley. Concepto y caracteres. Las leyes estatales. Leyes ordinarias y orgánicas. Normas del gobierno con fuerza de ley. Los Tratados internacionales como norma de derecho interno. Las relaciones entre el ordenamiento estatal y los ordenamientos autonómicos. Leyes estatales y autonómicas. Legislación básica y de desarrollo. El reglamento. La potestad reglamentaria: Formación y fundamento. Distinción de figuras afines. Relaciones entre la Ley y Reglamento.

Tema 2. Organización territorial del Estado. Los estatutos de autonomía. El Estatuto de Autonomía de Andalucía: Estructura, contenido y naturaleza jurídica.

Tema 3. La Autonomía local en la Constitución: Especial referencia a la doctrina de la garantía institucional. Contenido subjetivo, objetivo e institucional de la Autonomía Locales en la Constitución y en el Derecho básico estatal. El sistema de atribución de competencias de los entes locales. La potestad reglamentaria de las Entidades Locales: Reglamentos y ordenanzas. Procedimiento de elaboración. El reglamento Orgánico. Los Bandos.

Tema 4. El Administrado: Concepto y clases. La capacidad de los administrados y sus causas modificativas. Las situaciones jurídica del administrado; derechos subjetivos e intereses legítimos. El acto administrativo. Concepto. Elementos Clases. Requisitos: Motivación y forma. La eficacia de los actos administrativos: El principio de autotutela declarativa. Condiciones. La notificación: Contenido, plazo y práctica. La notificación defectuosa. La publicación. La demora y retroactividad de la eficacia. Recursos administrativos: Principios generales. Actos susceptibles de recurso administrativo. Reglas generales de tramitación de los recursos administrativos. Procedimientos sustitutivos de los recursos administrativos. Conciliación, mediación y arbitraje.

Tema 5. Los contratos del sector publico: delimitación. Los principios generales de la contratación del sector publico: racionalidad, libertad de pactos y contenido mínimo, perfección y forma. Las partes en los contratos del sector publico. El órgano de contratación. El empresario: capacidad, prohibiciones, solvencia y clasificación. Clases de contratos administrativos: contrato de obras, de gestión de servicios públicos y de suministros. Otros contratos administrativos.

Tema 6. El Municipio: concepto y elementos. El término municipal: el problema de la planta municipal. Alteraciones de términos municipales. Legislación básica y legislación autonómica. La población municipal. El padrón de habitantes. El Estatuto de los vecinos. Derechos de los extranjeros.

Tema 7. La organización municipal. Órganos necesarios. El Alcalde: competencias y estatuto personal. Delegación de atribuciones del Alcalde. Los Tenientes de Alcalde. Régimen de sesiones y acuerdos de los órganos de gobierno local. Actas, certificaciones, comunicaciones, notificaciones y publicación de los acuerdos. El Registro de Documentos.

Tema 8. Singularidades del procedimiento administrativo de las Entidades Locales. Tramitación de expedientes. Los interesados. Abstenciones y recusaciones. La revisión y revocación de los actos administrativos locales. Impugnación por los administrados y miembros de las Corporaciones Locales.

Tema 9. El personal al servicio de las Corporaciones Locales: clases y régimen jurídico. La Función Pública Local: clases de funcionarios locales. Los instrumentos reguladores de los recursos humanos: la oferta de empleo. Los planes de empleo y otros sistemas de racionalización. El acceso a los empleos locales: principios reguladores. Requisitos. Sistemas selectivos. La extinción de la condición de empleado publico. El régimen de provisión de puestos de trabajo: sistemas de provisión. La relación estatutaria. Los derechos de los funcionarios locales. Especial referencia a la carrera profesional y a las retribuciones. El Régimen de Seguridad Social.

Tema 10. El servicio público en las Entidades Locales. Las formas de gestión. Especial referencia a la concesión de servicios, Organismos Autónomos y a la empresa pública local. La iniciativa pública económica de las Entidades Locales. El consorcio.

Tema 11. Los bienes de las Entidades Locales. Clases. Prerrogativas y potestades de las Entidades Locales respecto a sus bienes. Los bienes de dominio público. Afectación y desafectación. Régimen de utilización. Los bienes comunales. Los bienes patrimoniales. Régimen de utilización, aprovechamiento y disfrute y enajenación. El inventario de Bienes y Derechos de la Corporación Local.

Tema 12. Las Haciendas Locales en España: principios constitucionales. El régimen jurídico de las Haciendas Locales. Incidencia estatal y autonómica en la autonomía financiera local. La coordinación de las Haciendas estatal, autonómica y local.

Materias específicas

Tema 1. Los modelos de crecimiento económico. Principales variables explicativas. Producción, inversión y ahorro. El progreso técnico.

Tema 2. El Sector Público. La actividad financiera. La Hacienda Pública: Adscripción científica y contenido actual.

Tema 3. La Contabilidad Nacional y el Sector Público. Contabilidad Nacional: Aspectos generales. Cuentas de flujos y de sectores: Saldos y agregados. La Contabilidad de las Administraciones Públicas.

Tema 4. Los distintos niveles de la Hacienda Pública. Distribución de competencias y modelos de financiación. Las subvenciones intergubernamentales.

Tema 5. La Economía y la Hacienda en la Constitución española. El modelo económico constitucional. Tributos, presupuestos, deuda pública y fiscalización. Competencias estatales, autonómicas y locales en materia tributaria. Principios constitucionales en materia de financiación autonómica y local.

Tema 6. La Carta Europea de la Autonomía Local. Contenido. Especial referencia a los aspectos económicos y financieros de la Carta. Su posición y significación en el ordenamiento jurídico español.

Tema 7. La Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía: estructura y principios generales. El régimen de los derechos y las obligaciones de la Hacienda de la Comunidad Autónoma. El endeudamiento. La Tesorería y los avales. La Intervención.

Tema 8. El Derecho Financiero: concepto y contenido. Las fuentes del Derecho Financiero. Los principios constitucionales del Derecho Financiero. Principios relativos a los ingresos públicos: legalidad y reserva de ley, generalidad, capacidad económica, igualdad, progresividad y no confiscatoriedad. Principios relativos al gasto público: legalidad y equidad, eficacia, eficiencia y economía en la programación y ejecución del gasto público.

Tema 9. El Presupuesto General de las entidades locales: concepto y contenido. La estructura presupuestaria. Los créditos del presupuesto de gastos: delimitación, situación y niveles de vinculación jurídica. Las Bases de ejecución del Presupuesto. Tramitación del Presupuesto General. La prórroga presupuestaria. Las modificaciones de crédito.

Tema 5. El ciclo presupuestario. La ejecución del presupuesto de gastos y de ingresos: sus fases. Los pagos a justificar. Los anticipos de caja fija. Los gastos de carácter plurianual. La tramitación anticipada de gastos.

Tema 10. Los proyectos de gasto. Los gastos con financiación afectada: especial referencia a las desviaciones de financiación.

Tema 11. La liquidación del Presupuesto. Tramitación. Los remanentes de crédito. El resultado presupuestario: concepto, cálculo y ajustes. El remanente de tesorería: concepto y cálculo. Análisis del remanente de tesorería para gastos con financiación afectada y del remanente de tesorería para gastos generales.

Tema 12. La Tesorería de las entidades locales. Régimen jurídico. El principio de unidad de caja. Funciones de la Tesorería. Organización. Situación de los fondos: la caja y las cuentas bancarias. La realización de pagos: prelación, procedimientos y medios de pago. El estado de conciliación.

Tema 13. La planificación financiera. El plan de tesorería y el plan de disposición fondos. La rentabilización de excedentes de tesorería. Las operaciones de tesorería. El riesgo de tipos de interés en las operaciones financieras.

Tema 14. Principios generales de la Contabilidad. La Contabilidad financiera superior y de sociedades. La Contabilidad analítica de explotación. El Plan General de Contabilidad pública. El sistema de contabilidad de la Administración local. Principios generales. Competencias. Fines de la contabilidad. Las Instrucciones de Contabilidad para la Administración Local: estructura y contenido. Documentos contables. Libros de Contabilidad.

Tema 15. La Cuenta General de las entidades locales. Los estados y cuentas anuales y anexos de la entidad local y sus organismos autónomos: contenido y justificación. Las cuentas de las sociedades mercantiles. Tramitación de la Cuenta General. Otra información a suministrar al Pleno, a los órganos de gestión y a otras Administraciones Públicas.

Tema 16. El control interno de la actividad económico-financiera de las Entidades Locales y sus entes dependientes. La función interventora: ámbito subjetivo, ámbito objetivo y modalidades. Especial referencia a los reparos.

Tema 17. Los controles financieros, de eficacia y de eficiencia: ámbito subjetivo, ámbito objetivo, procedimientos e informes. La auditoría como forma de ejercicio del control financiero. Las Normas de Auditoría del sector público.

Tema 18. El control externo de la actividad económico-financiera del sector público local. La fiscalización de las entidades locales por el Tribunal de Cuentas y los órganos de control externo de las Comunidades Autónomas. Las relaciones del Tribunal de Cuentas y los órganos de control externo de las Comunidades Autónomas.

Tema 19. La relación jurídica tributaria: concepto y elementos. Hecho imponible. Devengo. Exenciones. Sujeto activo. Sujetos pasivos. Responsables. La solidaridad: extensión y efectos. El domicilio fiscal. La representación. La transmisión de la deuda. Las bases imponible y liquidable. El tipo de gravamen. La cuota y la deuda tributarias.

Tema 20. La gestión tributaria: delimitación y ámbito. El procedimiento de gestión tributaria. La liquidación de los tributos. La declaración tributaria. Los actos de liquidación: clases y régimen jurídico. La consulta tributaria. La prueba en los procedimientos de gestión tributaria. La Agencia Estatal de Administración Tributaria. La gestión tributaria en las entidades locales.

Tema 21. La extinción de la obligación tributaria. El pago: requisitos, medios de pago y efectos del pago. La imputación de pagos. Consecuencias de la falta de pago y consignación. Otras formas de extinción: la prescripción, la compensación, la condonación y la insolvencia.

Tema 22. El procedimiento de recaudación en período voluntario. El procedimiento de recaudación en vía de apremio. Aplazamiento y fraccionamiento del pago. Desarrollo del procedimiento de apremio: el embargo de bienes, enajenación y aplicación e imputación de la suma obtenida. Terminación del procedimiento. Impugnación del procedimiento. Las garantías tributarias.

Tema 23. La inspección de los tributos. Actuaciones inspectoras para la gestión de los tributos: comprobación e investigación, obtención de información, la comprobación de valores e informe y asesoramiento. Régimen jurídico de las funciones inspectoras. El procedimiento de inspección tributaria. Potestades de la Inspección de los Tributos. Documentación de las actuaciones inspectoras. Las actas de inspección. La inspección de los recursos no tributarios.

Tema 24. Medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. Marco normativo. Plazos de pago, devengo y cálculo de intereses de demora en la Administración pública. Indemnización por costes. Las cláusulas abusivas y de reserva de dominio.

Tema 25. Las infracciones tributarias: concepto y clases. Las sanciones tributarias: clases y criterios de graduación. Procedimiento sancionador. Extinción de la responsabilidad por infracciones.

Tema 26. La revisión en vía administrativa de los actos de gestión tributaria. Procedimientos especiales de revisión. El recurso de reposición. Las reclamaciones económico-administrativas.

Tema 27. Especialidades de la revisión en vía administrativa de los actos de gestión tributaria dictados por las entidades locales. La gestión, inspección y recaudación de los recursos locales. La revisión en vía administrativa de los actos de gestión tributaria dictados por las Entidades Locales. La devolución de ingresos indebidos.

Tema 28. Visión global del sistema tributario español. Distribución de las diferentes figuras entre los distintos niveles de hacienda: estatal, autonómica y local. Funciones dentro del sistema de las distintas figuras tributarias. Relaciones entre los principales impuestos. Armonización fiscal comunitaria.

Tema 29. Los recursos de las Haciendas locales en el marco del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales: de los municipios, las provincias y otras entidades locales. Regímenes especiales. Los ingresos de derecho privado. Las subvenciones y otros ingresos de derecho público.

Tema 30. Los tributos locales: principios. La potestad reglamentaria de las entidades locales en materia tributaria: contenido de las Ordenanzas fiscales, tramitación y régimen de impugnación de los actos de imposición y ordenación de tributos. El establecimiento de recursos no tributarios.

Tema 31. El Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Naturaleza. Hecho imponible. Sujeto pasivo. Exenciones y Bonificaciones. Base imponible. Base liquidable. Cuota, devengo y período impositivo. Gestión catastral. Gestión tributaria. Inspección catastral.

Tema 32. El Impuesto sobre Actividades Económicas. Naturaleza. Hecho imponible. Sujeto pasivo. Exenciones. Cuota: las Tarifas. Devengo y período impositivo. Gestión censal. Gestión tributaria. Inspección censal.

Tema 33. El Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica. Naturaleza y hecho imponible. Sujeto pasivo. Base imponible, cuota y devengo. Gestión.

Tema 34. El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras. Naturaleza y hecho imponible. Sujeto pasivo. Base imponible. Cuota y devengo. Gestión.

Tema 35. El Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. Naturaleza y hecho imponible. Sujeto pasivo. Exenciones. Base imponible. Cuota. Devengo. Gestión.

Tema 36. Tasas y precios públicos: principales diferencias. Las contribuciones especiales: anticipo y aplazamiento de cuotas y colaboración ciudadana. Las cuotas de urbanización.

Tema 37. Ordenanzas fiscales municipales por las que se regulan los impuestos de exacción obligatoria y voluntaria así como las tasas y precios públicos del municipio de Olivares. Aprobación y contenido. Ámbito subjetivo, periodo impositivo y devengo. Bonificaciones y exenciones.

Tema 38. Actividad subvencional de las Administraciones Públicas. Procedimientos de concesión y gestión de las subvenciones. Reintegro de subvenciones. Control financiero.

Tema 39. La participación de Municipios y Provincias en los tributos del Estado y de las Comunidades Autónomas. Criterios de distribución y reglas de evolución. Regímenes especiales. Los ingresos de derecho privado. Las subvenciones y otros ingresos de derecho público.

Tema 40. El Crédito local. Clases de operaciones de crédito. Naturaleza jurídica de los contratos: tramitación. Las operaciones de crédito a largo plazo. Finalidad y duración. Competencia. Límites y requisitos para la concertación de operaciones de crédito a largo plazo. La concesión de avales por las entidades locales.

Tema 41. Secretaría, Intervención y Tesorería: Concepto. Clasificación. Funciones. Régimen Jurídico.

Tema 42. Títulos valores. Letra de cambio. La relación causal y forma en la letra de cambio. La provisión de fondos. Requisitos esenciales relativos al documento y a las personas. La aceptación y el aval. El endoso. El protesto.

Tema 43. El cheque. Analogías y diferencias con la letra de cambio. Requisitos y modalidades. La provisión. La presentación y el pago del cheque. Protesto del cheque. Las acciones cambiarias.

Tema 44. Las obligaciones mercantiles. Contratos mercantiles. Contrato de cuenta corriente. Compraventa mercantil. Contrato de comisión. El «leasing».

Tema 45. Contratos bancarios. Clasificación. El depósito bancario. Los préstamos bancarios. La apertura de crédito: concepto, naturaleza y clases. Régimen de los contratos de apertura de crédito. El descuento bancario.

Tema 46. Los sistemas del control de la actividad económico financiera. La auditoría como forma de ejercicio del control financiero. Clases de auditoría. Las normas de auditoría. Normas relativas al sujeto auditor, a la ejecución de los trabajos de auditoría y a la preparación, contenido y presentación de los informes.

Tema 47. La auditoría de Cuentas. Concepto de auditoría de cuentas. Requisitos de las auditorías y de los informes. Los auditores: Requisitos para el ejercicio de la auditoría y responsabilidades. Entidades sometidas a auditorías anuales de cuentas y balances. El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas: Funciones.

Tema 48. Los delitos cometidos por los funcionarios públicos. Los delitos contra la Hacienda Pública.

Séptimo. Calificación.

La puntuación de todos los ejercicios será de 0 a 10 puntos resultando eliminados los aspirantes que no lleguen a 5 puntos en cada ejercicio. La obtención de una calificación inferior a 5 puntos en el primer ejercicio eliminará al opositor no pudiendo concurrir a la celebración del segundo.

La calificación final se obtendrá de la suma de puntos de todos los ejercicios de los aspirantes aprobados en la fase de oposición.

Octavo. Relación de aprobados, presentación de documentos y nombramiento.

Una vez terminada la calificación de los aspirantes, los Tribunales harán pública la relación de aprobados por orden de puntuación en el tablón de edictos del Ayuntamiento, precisándose que el número de aprobados no podrá rebasar el número de plazas vacantes convocadas. Dicha relación se elevará al Presidente de la Corporación, que la publicará en el Boletín Oficial de la Provincia.

El aspirante propuesto aportará ante la Administración, dentro del plazo de veinte días naturales desde que se publica en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.

Quien dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentase la documentación o de la misma se dedujese que carece de alguno de los requisitos exigidos, no podrá ser nombrado, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.

Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos estarán exentos de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento debiendo presentar únicamente certificación del Ministerio u organismo del que dependan, acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal.

La condición de funcionario de carrera se adquiere por el cumplimiento sucesivo de los siguientes requisitos:

a) Superación del proceso selectivo.

b) Nombramiento por el órgano o autoridad competente, que será publicado en el Diario Oficial correspondiente.

c) Acto de acatamiento de la Constitución y, en su caso, del Estatuto de Autonomía correspondiente y del resto del Ordenamiento Jurídico.

d) Toma de posesión dentro del plazo que se establezca.

A efectos de lo dispuesto en el apartado 1.b) anterior, no podrán ser funcionarios y quedarán sin efecto las actuaciones relativas a quienes no acrediten, una vez superado el proceso selectivo, que reúnen los requisitos y condiciones exigidos en la convocatoria (artículo 62 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público).

Noveno. Incidencias.

Las presentes bases y convocatoria podrá ser impugnada de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Olivares, 15 de septiembre de 2010.

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