Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 193 de 01/10/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 30 de agosto de 2010, por la que se concede la autorización para su apertura y funcionamiento al centro docente privado de educación primaria «Internacional de Granada» de Dílar (Granada).

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Visto el expediente tramitado a instancia de don Pedro Antonio Vargas Gualda y doña María Justa Vargas Gualda, como representantes de la entidad Grupo Educativo Sulayr, S.L., por el que se solicita autorización para la apertura y funcionamiento del centro docente privado de educación primaria «Internacional de Granada», con domicilio en Urb. Cañadas del Parque, s/n, de Dílar (Granada), para impartir seis unidades de educación primaria, según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA de 20), sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados, para impartir Enseñanzas de Régimen General.

Resultando que en el expediente de autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Provincial de la Consejería de Educación en Granada y de la Gerencia Provincial del Ente Público Andaluz de Infraestructuras y Servicios Educativos.

Vistas: la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero (BOE de 12 de marzo), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria; el Real Decreto 806/2006, de 30 de junio (BOE de 14 de julio), por el que se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, establecida por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA de 20), sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados, para impartir Enseñanzas de Régimen General, y demás normas de vigente aplicación.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero. Autorizar la apertura y el funcionamiento del centro docente privado de educación primaria «Internacional de Granada» de Dílar (Granada) y, como consecuencia de ello, establecer la configuración definitiva del mismo que se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro docente privado de educación primaria.

Denominación específica: «Internacional de Granada».

Código del centro: 18013940.

Titular: Grupo Educativo Sulayr, S.L.

Domicilio: Urb. Cañadas del Parque, s/n.

Localidad: Dílar.

Municipio: Dílar.

Provincia: Granada.

Enseñanza que se autoriza:

Educación primaria: Seis unidades.

- Puestos escolares: 150.

Segundo. Del contenido de esta Orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, regulado por el Decreto 151/1997, de 27 de mayo.

Tercero. El centro no podrá sobrepasar el número de puestos escolares fijados para el mismo.

Cuarto. La autorización surtirá efectos de la forma que previene el artículo 10 del Decreto 109/1992, de 9 de junio.

Quinto. La entidad titular del centro remitirá a la Delegación Provincial de la Consejería de Educación en Granada la relación del profesorado del mismo con indicación de su titulación respectiva.

Sexto. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 30 de agosto de 2010

Francisco José Álvarez de la Chica

Consejero de Educación

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