Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 196 de 06/10/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación y Justicia

Resolución de 20 de septiembre de 2010, de la Dirección General de Administración Local, por la que se admite la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales del escudo del municipio de Chucena (Huelva).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Expediente: 018/2010/SIM.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 18 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de Símbolos, tratamientos y registro de las Entidades Locales de Andalucía, el uso de los símbolos de las mismas es privativo de ellas, no pudiéndose utilizar hasta que no estén inscritos en el Registro Andaluz de Entidades Locales.

Mediante escrito de fecha 7 de septiembre de 2010 se solicita por el Excmo. Ayuntamiento de Chucena (Huelva) la inscripción de su escudo municipal en el Registro Andaluz de Entidades Locales, para lo cual aporta ilustración del mismo, así como Decreto 3.199/1972, de 2 de noviembre (BOE núm. 279, de 21.11.72) del Ministerio de la Gobernación por el que se autoriza al Ayuntamiento de Chucena, de la provincia de Huelva, para adoptar su Escudo heráldico municipal, que quedaría organizado de la siguiente forma:

- Escudo de plata; el pino en su color, superado de una estrella de azur, de ocho rayos. Al timbre corona real.

En su virtud, esta Dirección General, a tenor de lo establecido en el artículo 17 y en el punto 1 de la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, así como en el apartado k) del artículo 8.2 del Decreto 132/2010, de 13 de abril, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Gobernación y Justicia,

RESUELVE

Primero. Admitir la inscripción del Escudo del municipio de Chucena (Huelva), en el Registro Andaluz de Entidades Locales con la descripción literal indicada y con la gráfica que obra en el expediente.

Segundo. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazo previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 20 de septiembre de 2010.- El Director General, José María Reguera Benítez.

Descargar PDF