Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 198 de 08/10/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

Orden de 28 de septiembre de 2010, por la que se aprueba el deslinde del monte público «Alcornocosas», situado en el término municipal de Montoro, provincia de Córdoba.

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Expte. MO/00278/2008

Visto el expediente núm. MO/00278/2008 de deslinde del monte público «Alcornocosas», propiedad de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y situado en el término municipal de Montoro, provincia de Córdoba, instruido y tramitado por la Delegación Provincial correspondiente, resultan los siguientes

HECHOS

1. El expediente de deslinde del monte público «Alcornocosas», surge ante la necesidad de determinar el perímetro del monte al objeto de su posterior amojonamiento.

2. Mediante Resolución de la Consejera de Medio Ambiente de fecha 6 de octubre de 2008, se acordó el inicio de deslinde administrativo de dicho monte y, habiéndose acordado que la operación de deslinde se realizase por el procedimiento ordinario según recoge el Decreto 208/1997, de 9 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Forestal de Andalucía, se publica en el tablón de anuncios de los Ayuntamientos de Adamuz y Montoro, en el BOJA número 214, página 91, de fecha 28 de octubre de 2008, y en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba número 192, página 7442, de fecha 27 de octubre de 2008, el anuncio de Resolución de Inicio de deslinde.

3. Los trabajos materiales de deslinde de las líneas provisionales, previos los anuncios, avisos y comunicaciones reglamentarias, se iniciaron el día 20 de julio de 2009, notificándose dicha circunstancia a todos los afectados conocidos, siendo asimismo publicado, el citado extremo, en el tablón de anuncios de los Ayuntamientos de Adamuz y Montoro, en el BOJA número 113, página 104, de fecha 15 de junio de 2009, y en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba número 118, página 4856, de fecha 25 de junio de 2009. El trabajo realizado se ha basado principalmente en la Resolución de la Viceconsejera de Medio Ambiente, de 16 de enero de 2002, por la que se dispone el cumplimiento de la Sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla en el recurso 3192/90-S.4.ª, interpuesto por don Horacio Arenas Hernández contra la Resolución de 30 de noviembre de 1989, de la Consejería de Hacienda y Planificación de la Junta de Andalucía, dictada en el expediente de adquisición mediante el ejercicio del derecho de retracto de la citada finca, y confirmada en casación por Sentencia de 11 de julio de 2001 de la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, así como en el informe de valoración de la finca realizado por el IARA el 2 de noviembre de 1989 y el expediente de expropiación forzosa con motivo de la presa del Arenoso.

4. Los trabajos de campo continuaron los días 21 y 27 de julio, momento en el que se dieron por finalizadas las operaciones materiales de deslinde. Se colocaron un total de 329 piquetes de deslinde entre las dos masas que componen el monte público, de los cuales 293 corresponden a la masa I y 36 a la masa II.

5. En las correspondientes actas redactadas en las operaciones materiales de deslinde se hace una descripción exhaustiva de los piquetes de deslinde así como de las manifestaciones de los asistentes al mismo.

6. Anunciado el período de exposición pública y alegaciones en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba núm. 208, de 6 de noviembre de 2009, y notificado a los interesados conocidos durante el plazo de 30 días, se recibieron alegaciones por parte de don Manuel Caballero Caballero, don Martín Torrico Torrico y don Francisco Javier Torrico Torrico. Dichas alegaciones fueron estimadas parcialmente según recoge el Informe sobre Alegaciones del Ingeniero Operador de fecha 3 de marzo de 2010.

7. Con fecha 15 de abril de 2010 se reabrió el Acta de deslinde con motivo de la estimación parcial del las alegaciones presentadas contra el expediente de deslinde del monte público. En dicho acto don Manuel Caballero Caballero y don Martín Torrico Torrico en su nombre y en representación verbal de su hermano don Francisco Javier Torrico Torrico mostraron su conformidad con la delimitación del monte público en su tramo de colindancia.

8. El 14 de mayo de 2010 se solicitó al Servicio Jurídico Provincial de Córdoba del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía informe sobre el Expediente de Deslinde del Monte Público «Alcornocosas».

9. Con fecha de 24 de junio de 2010 se emitió informe 14PI00038/10, sobre «Deslinde del Monte Público “Alcornocosas” sito en el término municipal de Montoro (Córdoba)», por el Servicio Jurídico Provincial de Córdoba, en el que se concluye, junto con una serie de consideraciones, «…, se estima que la propuesta emitida sobre el deslinde de monte público, es ajustada a derecho por lo que se emite informe favorable.»

A la vista de los antecedentes de hecho descritos en apartados anteriores y habida consideración que el expediente fue tramitado de acuerdo con lo preceptuado por la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía, Decreto 208/1997, de 9 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Forestal de Andalucía, Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, y Decreto 485/1962, de 22 de febrero, que aprueba el Reglamento de Montes.

Que habiéndose seguido el procedimiento legalmente establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y demás legislación aplicable al caso.

Y que el emplazamiento de cada uno de los piquetes que determinan el perímetro del monte, se describe con precisión en las actas de apeo y quedan fielmente representados en el plano, registros topográficos e Informe del Ingeniero Operador que obran en el expediente.

A la vista de lo anterior, esta Consejería de Medio Ambiente

RESUELVE

1.º Aprobar el expediente de deslinde del monte público «Alcornocosas», con Código de la Junta de Andalucía CO-90196-JA, propiedad de la Comunidad Autónoma de Andalucía y situado en el término municipal de Montoro, de acuerdo con las Actas, Planos, Registros Topográficos e Informes técnicos y jurídicos que obran en el expediente MO/00278/2008.

2.º Que una vez aprobado este deslinde se proceda a su amojonamiento.

3.º Que estando inscrito en el Registro de la Propiedad de Montoro, con los siguientes datos registrales:

Finca Nombre Tomo Libro Folio Alta Superficie (ha)
10790BIS Comunidad Autónoma de Andalucía 1049 547 196 11.ª 57,8334
14282 Comunidad Autónoma de Andalucía 1049 547 19 11.ª 347,7600
14368 Comunidad Autónoma de Andalucía 1049 547 18 5.ª 455,4655
14373 Comunidad Autónoma de Andalucía 1049 547 17 5.ª 462,1355
18929 Comunidad Autónoma de Andalucía 1049 547 20 4.ª 9,5000

y una vez sea firme la Orden Aprobatoria del deslinde del monte público «Alcornocosas» (expediente MO/00278/2008) y de acuerdo con lo establecido en el artículo 133 del Decreto 485/1962, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Montes, se inscriba el citado monte en el Registro de la Propiedad, agrupando las fincas como una sola, que según medición reciente arroja una superficie de 1011,5482 ha divididas en dos masas como consecuencia de la expropiación llevada a cabo por el Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones para la construcción de la vía de ferrocarril del nuevo acceso a Andalucía, tramo «Brazatortas-Córdoba». La Masa I tiene una cabida de 964,0145 ha, siendo la superficie de la Masa II de 47,5482 ha.

La Masa I, que procede de las fincas registrales 10790BIS, 14282, parte de la 14368 y la 14373, consta de un terreno montuoso de Quercíneas, principalmente alcornoque, con mezcla de acebuches y matorral, existiendo una superficie de 25 ha aproximadamente de olivar en su interior de las cuales 20 ha se encuentran dentro del paraje Alcornocosas y las 5 ha restantes de pies viejos en mal estado en el paraje Loma Charquilla. Por otro lado, en el paraje Alcornocosas hay una construcción de teja dentro de la zona de olivar que da vista a la línea ferroviaria del tramo «Brazatortas-Córdoba» y en las proximidades del Cerro del Alcornocal existen dos edificaciones, de las cuales sólo mantiene el tejado una de ellas estando la otra en mal estado de conservación, todo ello junto a un pozo de piedra y una serie de estructuras para ganado. En el paraje Loma Charquilla también se encuentran dos edificaciones, de las cuales una ellas mantiene el tejado y la otra se conserva en mal estado. Dentro de la Masa I se localizan una serie de restos de construcciones por distintos puntos de la misma.

La Masa II, que procede de las fincas registrales 18929 y resto de la 14368, está compuesta por Quercíneas y mezclas de matorral junto con un olivar que ocupa 20 ha aproximadamente. En el interior de la zona de olivar, en las proximidades de la entrada principal de la finca existe una molina aceitera y caserío, que se compone del patio con un naranjo y un pasadizo, a cuya derecha se hallan dos habitaciones y entre las cuales está la cocina y más hacia la puerta principal de entrada y seguidos aquellos se halla la cuadra y el pajar contiguos; al frente o fondo del manifiesto patio, el cuerpo de la molina con moledero de dos coladeras y aceital de piedra, prensa con tuerca y husillo de hierro y de presión vertical de arriba abajo, torno para elevar la prensa y hacer las presiones, las calderas y la pesebrilla o fogón con su chimenea; la bodega, a la derecha entrando del cuerpo del molino, comprendiendo dieciséis tinajas mayores y dos pequeñas, con capacidad en conjunto de unas dos mil trescientas arrobas de aceite; a la izquierda del repetido patio se encuentra la cuadra y pajar, quedando aquella con capacidad para unas diez caballerías y éste ocupando todo lo alto de la primera. Frente a la puerta principal de todo el edificio exterior a él se halla un horno y un gallinero, y a la espalda y derecha del pozo y una noqueta desde la que el agua por su sola gravedad, pasa a la caldera, próxima este pozo y a su izquierda existe un eucaliptus. El segundo de los edificios en la casa antigua que se compone de dos cuerpos, teniendo el primero a la derecha la cocina, a la izquierda una habitación, un pasadizo donde está la escalera, cantarera y bazar y a la izquierda la cuadra y con el derecho a participación en el agua de la Fuente de la Campa, cuya fuente se encuentra en los límites expresados y de la propiedad de herederos de don Ildefonso Sierra.

La descripción de cada uno de los piquetes de deslinde se detalla en la correspondiente acta que obra en el expediente y además, con los siguientes datos:

- Nombre: «Alcornocosas».

- Provincia: Córdoba.

- Término municipal: Montoro.

- Código: CO-90196-JA.

- Pertenencia: Comunidad Autónoma de Andalucía.

- Cabida monte público: 1011,5482 ha.

Masa I: 964,0145 ha

Masa II: 47,5482 ha

- Límites:

MONTE PÚBLICO ALCORNOCOSAS MASA I
NORTE Con la finca «Las Piedras de la Sal» en parte mediante el arroyo del «Cuervo» y la finca «Loma del Majano» mediante el arroyo de «Martiañez», terrenos agrícolas en los parajes, «Martiañez», «Alcornocosas» y «Arenoso».
ESTE Con terrenos agrícolas particulares en los parajes «»Martiañez» y «La dehesa» y terrenos del embalse del arroyo «Arenoso»
SUR Con terrenos agrícolas particulares en los parajes «Alcornocosas», «Las Veguetas», «El Cortijuelo», «Solana del Corzo», «Solana del Depósito», «La Dehesa», «El Vínculo», «Casillas», terrenos expropiados para la línea ferroviaria en el tramo «Brazatortas-Córdoba» que divide el monte público en dos masas y el arroyo «Corteceros».
OESTE Con terrenos expropiados para la línea ferroviaria en el tramo «Brazatortas-Córdoba» que divide el monte público en dos masas y con la finca «Las Piedras de la Sal».
Cabida Monte Público: 964,0145 ha
Fincas registrales de las que procede: 10790BIS, 14282, 14368 y 14373
No existen enclavados
MONTE PÚBLICO ALCORNOCOSAS MASA II
NORTE Con a finca «Las Piedras de la Sal» y terrenos expropiados para la línea ferroviaria en el tramo «Brazatortas-Córdoba» que divide el monte público en dos masas.
ESTE Con terrenos expropiados para la línea ferroviaria en el tramo «Brazatortas-Córdoba» que divide el monte público en dos masas y terrenos agrícolas particulares en el paraje «Casillas»
SUR Con terrenos agrícolas particulares en el paraje «La Viñuela» y término municipal de Adamuz.
OESTE Con la finca «Las Piedras de la Sal»
Cabida monte público: 47,5482 ha
Fincas registrales de las que procede: 14368 y 18929
No existen enclavados

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación ante el mismo órgano que la dictó, o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante la Sala competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 10.1 a) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Quedará expedita la acción ante los Tribunales ordinarios, cuando se hubieran suscitado en forma, dentro del expediente de deslinde, cuestiones relacionadas con el dominio del monte, o cualesquiera otras de índole civil.

Sevilla, 28 de septiembre de 2010

José Juan Díaz Trillo

Consejero de Medio Ambiente

ANEXO: REGISTRO TOPOGRÁFICO
COORDENADAS UTM (HUSO 30)
ALCORNOCOSAS - MASA I
COORDENADAS UTM
PIQUETE X Y
I1 368720,41 4222957,32
I2 370950,86 4221672,91
I3 370671,83 4221332,41
I4 370503,77 4221043,36
I5 370372,00 4220862,04
I6 370321,08 4220725,52
I7 370097,01 4220525,72
I8 370010,86 4220406,24
I9 369978,79 4220358,63
I10 369998,47 4220292,63
I11 369991,29 4220249,30
I12 370031,49 4220171,72
I13 370072,98 4220112,66
I14 370136,68 4220049,42
I15 370217,97 4220008,10
I16 370269,24 4219951,95
I17 370290,93 4219904,88
I18 370278,29 4219885,83
I19 370244,22 4219859,59
I20 370236,28 4219765,23
I21 370220,45 4219740,46
I22 370237,65 4219702,01
I23 370318,43 4219684,01
I24 370338,62 4219652,91
I25 370368,92 4219603,00
I26 370392,76 4219591,37
I27 370446,79 4219514,46
I28 370484,45 4219524,28
I29 370511,74 4219511,18
I30 370564,03 4219551,84
I31 370619,97 4219548,84
I32 370682,20 4219529,21
I33 370761,86 4219488,23
I34 370834,17 4219437,89
I35 370923,11 4219376,93
I36 371013,74 4219368,86
I37 371109,64 4219370,94
I38 371193,81 4219378,09
I39 371339,44 4219377,79
I40 371430,34 4219295,29
I41 371454,11 4219319,44
I42 371513,09 4219328,64
I43 371570,40 4219373,10
I44 371561,19 4219422,01
I45 371602,83 4219412,35
I46 371690,76 4219404,70
I47 371719,91 4219402,16
I48 371739,11 4219452,50
I49 371760,88 4219460,13
I50 371779,04 4219496,47
I51 371822,91 4219472,02
I52 371835,85 4219447,88
I53 371847,04 4219416,74
I54 371874,81 4219391,31
I55 371961,10 4219327,69
I56 371971,62 4219290,08
I57 371943,15 4219246,15
I58 371912,49 4219218,01
I59 371902,51 4219184,14
I60 371886,86 4219153,12
I61 371853,76 4219082,80
I62 371919,25 4219044,15
I63 371962,55 4219041,03
I64 372078,14 4218977,77
I65 372122,95 4218936,70
I66 372156,52 4218921,25
I67 372280,49 4218895,43
I68 372344,59 4218882,08
I69 372422,18 4218851,14
I70 372370,37 4218696,17
I71 372414,26 4218668,45
I72 372525,60 4218622,84
I73 372582,36 4218540,08
I74 372645,85 4218535,69
I75 372718,14 4218483,81
I76 372762,64 4218495,56
I77 372904,95 4218472,05
I78 372908,50 4218554,74
I79 372943,87 4218547,18
I80 373250,37 4218486,26
I81 373279,01 4218553,85
I82 373327,00 4218591,42
I83 373430,90 4218623,84
I84 373473,78 4218667,19
I85 373535,77 4218645,12
I86 373607,00 4218634,95
I87 373668,46 4218612,90
I88 373679,60 4218637,31
I89 373735,69 4218639,54
I90 373754,91 4218600,37
I91 373729,66 4218576,85
I92 373672,71 4218576,03
I93 373666,83 4218537,54
I94 373651,12 4218563,93
I95 373631,27 4218534,28
I96 373559,92 4218582,78
I97 373582,53 4218512,72
I98 373549,39 4218491,57
I99 373515,20 4218463,86
I100 373469,37 4218531,47
I101 373434,46 4218433,74
I102 373361,19 4218339,47
I103 373325,52 4218331,88
I104 373354,43 4218286,68
I105 373388,20 4218174,62
I106 373494,85 4218077,93
I107 373585,14 4218038,58
I108 373640,89 4218075,23
I109 373774,30 4218201,69
I110 373883,86 4218146,48
I111 373857,09 4218124,24
I112 373869,25 4218100,66
I113 373818,29 4217995,26
I114 373777,86 4217981,29
I115 373787,11 4217942,11
I116 373746,74 4217884,39
I117 373689,47 4217894,27
I118 373687,03 4217874,64
I119 373740,27 4217822,54
I120 373753,91 4217793,28
I121 373729,39 4217778,10
I122 373749,35 4217744,07
I123 373757,02 4217708,78
I124 373695,83 4217685,98
I125 373668,82 4217723,51
I126 373645,61 4217696,01
I127 373625,93 4217651,39
I128 373594,37 4217666,84
I129 373524,21 4217662,76
I130 373425,18 4217688,68
I131 373356,27 4217769,45
I132 373289,05 4217754,51
I132A 373285,62 4217721,27
I134 373278,66 4217690,10
I135 373246,19 4217674,77
I136 373158,13 4217690,16
I137 373038,47 4217728,37
I138 373015,41 4217720,99
I139 373006,42 4217708,85
I140 372989,01 4217729,42
I141 372921,56 4217739,96
I142 372884,24 4217748,77
I143 372816,24 4217898,47
I144 372727,42 4217821,82
I145 372721,62 4217829,82
I146 372712,01 4217829,08
I147 372643,73 4217852,57
I148 372432,22 4217911,40
I149 372422,28 4217903,17
I150 372361,65 4217944,52
I151 372374,17 4218028,77
I152 372294,69 4218070,69
I153 372211,67 4218102,46
I154 372164,73 4218039,19
I155 372106,47 4217955,64
I156 371980,67 4217977,43
I157 371945,01 4217970,04
I158 371923,89 4217995,82
I159 371821,82 4218064,13
I160 371768,59 4218106,88
I161 371768,29 4218188,34
I162 371723,54 4218220,09
I163 371670,47 4218259,33
I164 371696,05 4218339,89
I165 371693,10 4218396,61
I166 371676,73 4218431,55
I167 371650,99 4218437,40
I168 371610,52 4218423,23
I169 371582,08 4218430,81
I170 371537,80 4218407,32
I171 371521,53 4218443,22
I172 371440,61 4218447,69
I173 371430,49 4218482,00
I174 371426,95 4218523,57
I175 371373,28 4218588,29
I176 371389,72 4218642,27
I177 371416,82 4218679,09
I178 371332,79 4218707,07
I179 371317,64 4218696,60
I180 371277,09 4218690,86
I181 371266,47 4218701,03
I182 371258,63 4218778,68
I183 371246,15 4218793,40
I184 371205,04 4218799,57
I185 371083,17 4218833,34
I186 371053,54 4218830,59
I187 371018,20 4218808,52
I188 370974,55 4218787,67
I189 370940,21 4218705,84
I190 370908,99 4218694,78
I191 370865,79 4218678,22
I192 370920,04 4219007,75
I193 370938,64 4219043,21
I194 370906,48 4219067,80
I195 370891,50 4219098,78
I196 370895,49 4219179,18
I197 370862,26 4219186,61
I198 370829,97 4219224,39
I199 370776,46 4219249,41
I200 370671,87 4219294,88
I201 370635,40 4219299,78
I202 370589,20 4219343,63
I203 370615,79 4219382,14
I204 370653,63 4219397,82
I205 370673,84 4219438,58
I206 370678,77 4219503,44
I207 370596,35 4219537,59
I208 370558,07 4219532,84
I209 370525,49 4219479,70
I210 370480,42 4219478,46
I211 370451,88 4219469,72
I212 370409,99 4219467,44
I213 370398,02 4219477,18
I214 370379,65 4219467,65
I215 370361,27 4219490,23
I216 370297,77 4219511,10
I217 370261,12 4219599,45
I218 370240,35 4219611,17
I219 370301,86 4219676,90
I220 370234,46 4219688,27
I221 370203,98 4219720,11
I222 370225,99 4219770,47
I223 370235,96 4219861,73
I224 370274,74 4219909,83
I225 370271,22 4219931,67
I226 370229,45 4219942,48
I227 370221,56 4219994,53
I228 370142,64 4220035,80
I229 370071,74 4220098,17
I230 370025,05 4220167,72
I231 369950,39 4220116,00
I232 369880,10 4220042,01
I233 369835,47 4220030,92
I234 369810,76 4220016,04
I235 369791,06 4219995,34
I236 369669,79 4219868,09
I237 369644,16 4219925,17
I238 369578,94 4219925,58
I239 369531,16 4219929,11
I240 369434,19 4219878,86
I241 369347,82 4219886,82
I242 369382,01 4219803,41
I243 369297,63 4219684,11
I244 369236,13 4219561,38
I245 369279,54 4219474,77
I246 368574,92 4220243,53
I247 368556,81 4220247,84
I248 368458,29 4220302,74
I249 368389,55 4220375,21
I250 368363,85 4220381,36
I251 367717,88 4220355,42
I252 367677,61 4220368,73
I253 367610,37 4220424,67
I254 367575,47 4220446,84
I255 367574,34 4220482,33
I256 367555,10 4220512,71
I257 367511,49 4220522,00
I258 367509,39 4220546,61
I259 367500,29 4220609,52
I260 367409,42 4220673,33
I261 367315,55 4220716,13
I262 367168,11 4220912,79
I263 367115,00 4221008,76
I264 367083,25 4221076,19
I265 367038,95 4221146,29
I266 367010,03 4221213,94
I267 367008,80 4221255,15
I268 366990,33 4221299,42
I269 366954,53 4221411,13
I269A 366945,93 4221474,50
I269B 366986,29 4221488,97
I273 367126,32 4221660,65
I274 367256,25 4221877,42
I275 367357,60 4221950,58
I276 367455,19 4221958,10
I277 367507,74 4221886,13
I278 367585,74 4221872,19
I279 367643,80 4221908,09
I280 367668,47 4221939,81
I281 367680,67 4221966,49
I284 367877,78 4222260,06
I285 367938,26 4222311,16
I286 367988,88 4222319,14
I287 368049,52 4222320,33
I288 368122,69 4222291,87
I289 368156,63 4222356,62
I290 368279,86 4222435,15
I291 368390,97 4222518,12
I292 368428,11 4222566,38
I293 368512,79 4222700,18
I294 368616,91 4222803,78
ALCORNOCOSAS – MASA II
COORDENADAS UTM
PIQUETE X Y
II1 366800,03 4221305,01
II2 366886,23 4221227,30
II3 366922,80 4221223,46
II4 366979,76 4221197,30
II5 367008,63 4221142,29
II6 367013,38 4221110,07
II7 367015,87 4221028,61
II8 367107,44 4220990,83
II9 367126,11 4220956,94
II10 367150,06 4220916,52
II11 367302,39 4220704,64
II12 367307,33 4220663,98
II13 367337,08 4220579,67
II14 367367,78 4220551,37
II15 367444,82 4220522,53
II16 367513,68 4220464,73
II17 367542,33 4220450,65
II18 367550,40 4220440,88
II19 367565,70 4220364,77
II20 367576,78 4220338,74
II21 367592,53 4220327,57
II22 367647,00 4220327,31
II23 367681,51 4220302,52
II25 367623,90 4220057,86
II26 367562,02 4220082,23
II27 367418,97 4220176,98
II28 367360,47 4220237,83
II29 367259,92 4220273,67
II30 367184,17 4220356,62
II31 367030,26 4220381,66
II32 366966,42 4220401,54
II33 366948,53 4220605,06
II34 367015,23 4220737,85
II35 366584,29 4221039,24
II36 366728,44 4221169,75
II37 366760,82 4221258,18
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