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Al amparo de la Orden de 9 de noviembre de 2006, modificada por la de 22 de diciembre de 2008 (BOJA núm. 2, de 5 de enero de 2009), por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de turismo, para la modalidad 2 (ITP): Servicios Turísticos y Creación de Nuevos Productos, esta Delegación Provincial hace público lo siguiente:
Primero. Mediante la Resolución de 3 de diciembre de 2009, se ha declarado la inadmisión de solicitudes de subvención presentadas por entidades privadas al amparo de la citada Orden reguladora, por su presentación extemporánea o por incumplimiento de las condiciones subjetivas u objetivas exigidas.
Segundo. El contenido íntegro de dicha Resolución estará expuesto en el tablón de anuncios de esta Delegación Provincial, sita en Avda. Gran Capitán, 12, y C/ Victoriano Rivera, 4, de Córdoba, a partir del mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en la página web de la Consejería.
Tercero. Los plazos establecidos en dicha Resolución se computarán a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Córdoba, 3 de diciembre de 2009.- El Delegado, Juan Torres Aguilar.
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