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Esta Delegación Provincial, en uso de las competencias atribuidas por la Orden de 22 de septiembre de 2003, por la que se delegan competencias en diversos órganos de Ia Consejería de Educación, habiéndose tramitado los expedientes de conformidad con el procedimiento establecido en la Orden de 19 de abril de 2005 que regula las bases para la concesión de estas subvenciones, así como valorados por la Comisión de Valoración los proyectos presentados de conformidad con los criterios dispuestos en la misma y estudiados los pertinentes informes,
R E S U E L V E
Primero. La Resolución definitiva de los expedientes para la puesta en marcha de acciones encaminadas a la prevención, seguimiento y control del absentismo escolar, mediante la suscripción de Convenios de Colaboración con las Entidades sin fines de lucro que se relacionan en Anexo I.
Segundo. Denegar las solicitudes presentadas por las Entidades sin fines de lucro relacionadas en Anexo II por los motivos que se especifican en el mismo.
Tercero. El plazo de ejecución de las actividades subvencionadas se extenderá hasta la finalización del curso escolar 2009/2010, y su financiación por el importe total de ciento ochenta y un mil quinientos euros (181.500 euros), correrá a cargo de la aplicación presupuestaria 0.1.20.00.02.18.48100.42F.
Cuarto. El pago de las subvenciones se efectuará tras la firma de los correspondientes Convenios en un único libramiento en firme y mediante transferencia bancaria a las cuentas de las Entidades beneficiarias de estas ayudas.
Quinto. Las Entidades sin fines de lucro beneficiarias deberán presentar una cuenta justificativa del cumplimiento de la finalidad y de la ejecución íntegra del Proyecto subvencionado aunque la cuantía de la subvención sea inferior, aportando la documentación preceptiva que dispone el artículo 17 de la Orden de 19 de abril de 2005, en el plazo de un mes desde la finalización del Proyecto y, en todo caso, antes del 31 de julio de 2010.
Sexto. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a su publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, o potestativamente recurso de reposición ante esta Delegación Provincial en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación, conforme a lo establecido en la Ley 29/98, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE 167 de 14 de julio).
Granada, 19 de octubre de 2009.- La Delegada, Ana Gámez Tapias.
ANEXO I
ENTIDADES SIN FINES DE LUCRO BENEFICIARIAS
DE SUBVENCIÓN EN EL CURSO 2009/2010
Entidad | Presupuesto | Subvención | Porcentaje |
Asoc. Ensorema | 8.500 | 8.500 | 100% |
Asoc. Romí | 68.000 | 68.000 | 100% |
Caritas | 10.000 | 10.000 | 100% |
Asoc. Alfa | 17.862,09 | 8.500 | 47,59% |
Asoc. Yanua | 7.800 | 7.500 | 96,15% |
FAPA Alhambra | 5.000 | 5.000 | 100% |
Fundación Veca | 5.000 | 5.000 | 100% |
Anaquerando | 8.000 | 8.000 | 100% |
Fed. Andaluza Gitana Fakali | 7.500 | 7.500 | 100% |
F.A.C.C.A. | 8.500 | 8.500 | 100% |
Unión Romaní | 17.000 | 17.000 | 100% |
Fundación Secretariado Gitano | 28.000 | 28.000 | 100% |
Total | 181.500 |
ANEXO II
EXCLUSIONES PROYECTOS DE ABSENTISMO ESCOLAR DE ENTIDADES SIN FINES DE LUCRO EN EL CURSO 2009/2010
Entidad | Causa de exclusión | Fundamento |
Fundación Save the Children | Puntuación Insuficiente | Artículo 12 |
Adeas Infantiles Sos | Puntuación Insuficiente | Artículo 12 |
Asociación Logros | Puntuación Insuficiente | Artículo 12 |
Asociación Hogar 20 | Puntuación Insuficiente | Artículo 12 |
Asociación Antoñito el Camborio | Solicitud fuera de plazo | Artículo 7 modificado por Orden de 1 de febrero de 2006 |
Asociación Gitana Villamos Balquerar | Solicitud fuera de plazo | Artículo 7 modificado por Orden de 1 de febrero de 2006 |