Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 2 de 05/01/2010

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Consejería de Educación

RESOLUCION de 19 de octubre de 2009, de la Delegación Provincial de Granada, por la que se asignan subvenciones a entidades sin fines de lucro para la puesta en marcha de acciones encaminadas a la prevención, seguimiento y control del absentismo escolar en el curso 2009/2010.

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Esta Delegación Provincial, en uso de las competencias atribuidas por la Orden de 22 de septiembre de 2003, por la que se delegan competencias en diversos órganos de Ia Consejería de Educación, habiéndose tramitado los expedientes de conformidad con el procedimiento establecido en la Orden de 19 de abril de 2005 que regula las bases para la concesión de estas subvenciones, así como valorados por la Comisión de Valoración los proyectos presentados de conformidad con los criterios dispuestos en la misma y estudiados los pertinentes informes,

R E S U E L V E

Primero. La Resolución definitiva de los expedientes para la puesta en marcha de acciones encaminadas a la prevención, seguimiento y control del absentismo escolar, mediante la suscripción de Convenios de Colaboración con las Entidades sin fines de lucro que se relacionan en Anexo I.

Segundo. Denegar las solicitudes presentadas por las Entidades sin fines de lucro relacionadas en Anexo II por los motivos que se especifican en el mismo.

Tercero. El plazo de ejecución de las actividades subvencionadas se extenderá hasta la finalización del curso escolar 2009/2010, y su financiación por el importe total de ciento ochenta y un mil quinientos euros (181.500 euros), correrá a cargo de la aplicación presupuestaria 0.1.20.00.02.18.48100.42F.

Cuarto. El pago de las subvenciones se efectuará tras la firma de los correspondientes Convenios en un único libramiento en firme y mediante transferencia bancaria a las cuentas de las Entidades beneficiarias de estas ayudas.

Quinto. Las Entidades sin fines de lucro beneficiarias deberán presentar una cuenta justificativa del cumplimiento de la finalidad y de la ejecución íntegra del Proyecto subvencionado aunque la cuantía de la subvención sea inferior, aportando la documentación preceptiva que dispone el artículo 17 de la Orden de 19 de abril de 2005, en el plazo de un mes desde la finalización del Proyecto y, en todo caso, antes del 31 de julio de 2010.

Sexto. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a su publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, o potestativamente recurso de reposición ante esta Delegación Provincial en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación, conforme a lo establecido en la Ley 29/98, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE 167 de 14 de julio).

Granada, 19 de octubre de 2009.- La Delegada, Ana Gámez Tapias.

ANEXO I

ENTIDADES SIN FINES DE LUCRO BENEFICIARIAS

DE SUBVENCIÓN EN EL CURSO 2009/2010

Entidad Presupuesto Subvención Porcentaje
Asoc. Ensorema 8.500 8.500 100%
Asoc. Romí 68.000 68.000 100%
Caritas 10.000 10.000 100%
Asoc. Alfa 17.862,09 8.500 47,59%
Asoc. Yanua 7.800 7.500 96,15%
FAPA Alhambra 5.000 5.000 100%
Fundación Veca 5.000 5.000 100%
Anaquerando 8.000 8.000 100%
Fed. Andaluza Gitana Fakali 7.500 7.500 100%
F.A.C.C.A. 8.500 8.500 100%
Unión Romaní 17.000 17.000 100%
Fundación Secretariado Gitano 28.000 28.000 100%
Total 181.500

ANEXO II

EXCLUSIONES PROYECTOS DE ABSENTISMO ESCOLAR DE ENTIDADES SIN FINES DE LUCRO EN EL CURSO 2009/2010

Entidad Causa de exclusión Fundamento
Fundación Save the Children Puntuación Insuficiente Artículo 12
Adeas Infantiles Sos Puntuación Insuficiente Artículo 12
Asociación Logros Puntuación Insuficiente Artículo 12
Asociación Hogar 20 Puntuación Insuficiente Artículo 12
Asociación Antoñito el Camborio Solicitud fuera de plazo Artículo 7 modificado por Orden de 1 de febrero de 2006
Asociación Gitana Villamos Balquerar Solicitud fuera de plazo Artículo 7 modificado por Orden de 1 de febrero de 2006
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