Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 201 de 14/10/2010

1. Disposiciones generales

Consejería de Obras Públicas y Vivienda

Resolución de 30 de septiembre de 2010, de la Secretaría General de Planificación, Ordenación Territorial, Infraestructuras y Movilidad Sostenibles, por la que se convocan pruebas para la renovación de los certificados de Consejeros de Seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril, y se determina la composición de los Tribunales Calificadores, así como las fechas, horarios y lugares de celebración de las pruebas.

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El Real Decreto 1566/1999, de 8 de octubre (BOE de 20 de octubre), en relación con la Directiva 96/35 CE del Consejo, de 3 de junio, determina que las empresas que transporten mercancías peligrosas por carretera, por ferrocarril o por vía navegable o que sean responsables de las operaciones de carga o descarga vinculadas a dicho transporte deberán designar, en función del modo de transporte y de las mercancías transportadas, al menos un consejero de seguridad encargado de contribuir a la prevención de los riesgos para las personas, los bienes, o el medio ambiente inherente a dichas actividades.

Asimismo, se establece en el art. 5 del indicado Real Decreto que para poder ejercer sus funciones, el consejero deberá superar previamente un examen sobre las obligaciones que le corresponden, y sobre las materias recogidas en el anexo de dicho Real Decreto.

De otra parte, la Orden FOM/605/2004, de 27 de febrero de 2004 (BOE de 9 de marzo), sobre capacitación profesional de los Consejeros de Seguridad establece las modalidades y la estructura de estos exámenes, así como el modelo de certificado de formación que deberá expedirse una vez superados los mismos. Queda asimismo regulada la renovación de los certificados a través de la superación por su titular de una prueba de control en el último año anterior a la expiración de la validez del certificado.

El Ministerio de Fomento convoca regularmente pruebas en la modalidad de ferrocarril, no obstante, atendiendo a que ya se ha efectuado la del año en curso, y a que 2010 ha sido el primer año en Andalucía en no celebrarse junto con la especialidad de carretera, se considera oportuno realizar la presente convocatoria dirigida a los Consejeros de Seguridad que deben renovar sus certificados y que, en caso contrario, no tendrían oportunidad de hacerlo en la convocatoria nacional 2011 antes de su caducidad.

En su virtud, esta Secretaría General

ha resuelto

Primero. Convocar pruebas para la renovación de los certificados de Consejeros de Seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril.

Los candidatos deberán superar un examen y podrán optar entre examinarse globalmente de todas las especialidades, o de forma separada para alguna de las especialidades siguientes:

- Clase 1 (materias y objetos explosivos).

- Clase 2 (gases).

- Clase 7 (materias radiactivas).

- Clases, 3, 4.1, 4.2, 4.3, 5.1, 5.2, 6.1, 6.2, 8 y 9. Materias sólidas y líquidas contenidas en la enumeración de cada una de las clases del Acuerdo Europeo para el Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas (ADR).

- Materias líquidas inflamables con los números de identificación de la Organización de Naciones Unidas 1202 (Gasóleo), 1203 (Gasolina) y 1223 (Queroseno).

Segundo. Normas generales para la realización de los exámenes.

La realización de los exámenes se ajustará a las siguientes bases:

Base primera. Contenido de las pruebas para la renovación de certificado:

Los exámenes constarán de una prueba en la que no se permitirá la consulta de textos, consistente en la respuesta a 50 preguntas tipo test, con cuatro respuestas alternativas, que versarán sobre las materias incluidas en el anexo del Real Decreto 1566/99, de 8 de octubre.

Dicha prueba se realizará conforme al Reglamento relativo al Transporte Internacional por Ferrocarril de Mercancías Peligrosas publicado en BOE núm. 190, de 7 de agosto de 2009 (RID 2009).

El tiempo máximo que dispondrán los aspirantes para la realización de la prueba será de una hora.

La prueba se valorará de 0 a 100 puntos y se considerará superada cuando el examinado obtenga una puntuación igual o superior a 50. Las respuestas erróneas no tendrán penalización.

Únicamente podrá solicitarse la renovación en relación a un solo certificado y especialidad documentada en el mismo.

Atendiendo al día previsto de realización de los ejercicios y a la apertura del plazo de presentación de solicitudes, la fecha de validez de los certificados a renovar deberá estar comprendida entre el día siguiente al de publicación en BOJA de la presente convocatoria y el 27 de noviembre de 2011.

Base segunda. Requisitos de los aspirantes.

1. Para poder participar en las pruebas de capacitación será necesario tener la residencia habitual en la Comunidad Autónoma de Andalucía antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Se presumirá que la residencia habitual del aspirante se encuentra en el lugar en que figure su domicilio en el documento de identidad en vigor.

Sólo se admitirá que el domicilio sea distinto al que aparece en dicho documento cuando se dé alguna de las siguientes circunstancias:

1.1. Que el aspirante haya tenido su domicilio en la Comunidad Autónoma de Andalucía al menos 185 días naturales del último año, contado desde el día de finalización del plazo de presentación de la solicitud.

1.2. Que el aspirante acredite que, aun habiendo tenido su domicilio en la Comunidad Autónoma de Andalucía menos de 185 días del último año, contado desde el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, se ha visto obligado por razones familiares o profesionales a cambiar su residencia a la Comunidad Autónoma de Andalucía. Esta última circunstancia no se entenderá cumplida cuando se trate de una estancia temporal en una localidad para la realización de una actividad de duración determinada. La asistencia a una Universidad, Escuela, o Centro docente, no implica el traslado de la residencia habitual.

2. Cuando se presuma que la residencia habitual en la Comunidad Autónoma de Andalucía se cumple con el domicilio que figure en el documento de identidad en vigor, o se dé el supuesto expresado en el punto 1.1 de la presente base, la acreditación del requisito se realizará en la siguiente forma:

2.1. Si el aspirante indica en la solicitud que da su consentimiento para la consulta de estos datos a través de los Sistemas de Verificación de Datos de Identidad y de Residencia, no deberá acreditar documentalmente que cumple con el requisito si se constata que tiene su residencia habitual en Andalucía.

2.2. Si el aspirante no da su consentimiento para la comprobación de datos de identidad y de residencia:

- Si presenta telemáticamente la solicitud, deberá acreditar el cumplimiento del requisito con el documento de identidad en vigor, y, en su caso, certificado de empadronamiento, en el momento de la realización del ejercicio, siendo excluido en caso contrario.

- Si presenta la solicitud por alguna de las formas detalladas en el artículo 38.4 de la LRJAP y PAC, deberá acompañar a dicha solicitud fotocopia compulsada del documento de identidad en vigor, y, en su caso, certificado de empadronamiento.

Base tercera. Solicitudes, plazos de presentación y pago de la tasa.

1. Las solicitudes para tomar parte en las pruebas se ajustarán al modelo que se publica como Anexo de la presente Resolución. Dicho modelo se podrá obtener y cumplimentar en la página web de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda (http://www.juntadeandalucia.es/obraspúblicasyvivienda).

2. Los aspirantes deberán hacer efectivo el pago de la tasa correspondiente cuyo importe es de 19 euros. El impreso 046 necesario para realizar el pago se podrá obtener en la página web antes indicada y en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda.

3. La presentación de la solicitud y el pago de la tasa podrán realizarse a través de Internet.

A quienes opten por la presentación de la solicitud y pago de la tasa a través de Internet se les aplicará una bonificación de 3 euros sobre su importe, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 18/2003, de 29 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas.

Únicamente podrán realizar los trámites telemáticos de presentación de la solicitud y pago de la tasa los aspirantes que dispongan de certificado digital en la forma establecida en el Decreto 183/2003, de 24 de junio (BOJA núm. 134, de 15 de julio).

4. El plazo de que dispondrán los aspirantes para la presentación de solicitudes será de 20 días naturales, contados a partir del día siguiente a la publicación en BOJA de la presente convocatoria.

Las solicitudes se presentarán en la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda correspondiente al lugar donde los aspirantes deseen examinarse, sin perjuicio de la presentación en los demás lugares previstos en el artículo 38.4 de la LRJAP y PAC., o a través de la dirección del sitio web señalado en el punto 1 de la presente base.

Los aspirantes que hayan realizado el pago de la tasa a través de las entidades financieras colaboradoras deberán acompañar a la solicitud la documentación justificativa del pago efectuado.

En ningún caso la presentación y pago de la tasa supondrá la sustitución del trámite de presentación de las solicitudes de acceso a las pruebas en el plazo y forma indicados en esta convocatoria.

5. La carencia de cualquiera de los datos de la solicitud o de los documentos o justificantes exigidos dará lugar a la exclusión del aspirante.

6. A los aspirantes que hayan indicado en su solicitud una dirección de correo electrónico o un número de teléfono móvil susceptible de recibir mensajes cortos SMS, se les informará por estos medios de la publicación, según corresponda, de los listados de admitidos/excluidos y aprobados.

Base cuarta. Admisión de aspirantes.

Finalizado el plazo para presentación de solicitudes, cada Delegación Provincial de Obras Públicas y Vivienda dictará Resolución declarando aprobada para cada una de las especialidades convocadas la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación de la causa que motiva su exclusión; dicha Resolución se hará pública en los tablones de anuncios de las respectivas Delegaciones Provinciales y en Internet en la siguiente dirección: http://www.juntadeandalucia.es/obraspúblicasyvivienda.

Los aspirantes excluidos, así como los que no figuren o figuren con algún dato erróneo en las relaciones de admitidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a la exposición de tal Resolución en el tablón de anuncios, para subsanar el defecto observado.

Una vez finalizado el plazo para subsanar defectos, las Delegaciones Provinciales de Obras Públicas y Vivienda dictarán Resolución declarando aprobada la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación de la causa que motiva la exclusión y se hará pública en los correspondientes tablones de anuncios y en la página web antes indicada.

Base quinta. Tribunales Calificadores.

Existirán ocho Tribunales (uno por cada provincia) en la Comunidad Autónoma, siendo la composición de los mismos la siguiente:

PROVINCIA DE ALMERÍA

Tribunal Titular.

Presidenta: Doña María del Mar Vizcaíno Martínez.

Vocales: Don Antonio González Jiménez.

Doña María del Mar Sánchez Frías.

Don José Miguel Mesa Olea.

Secretario: Don Bernabé Moreno Sánchez.

Tribunal Suplente.

Presidente: Don José Enrique Arriola Arriola.

Vocales: Doña Ángeles Pérez Hermosilla.

Don Manuel Martínez Tortosa.

Don Indalecio Escamilla Pascual.

Secretaria: Doña Silvia Ferre Ropero.

PROVINCIA DE CÁDIZ

Tribunal Titular.

Presidente: Don Eduardo Lumpié Díaz.

Vocales: Doña Ana Vargas Vázquez.

Don Antonio García-Galán Molina.

Doña M.ª del Carmen Gómez Rivera.

Secretaria: Doña Encarnación Velázquez Ojeda.

Tribunal Suplente.

Presidenta: Doña Rosa Pérez Sánchez.

Vocales: Doña Paulina Sánchez Mendoza.

Doña Francisco Martínez Cárdenas.

Doña Ana Chico Durán.

Secretaria: Doña Carmen Saucedo Tisis.

PROVINCIA DE CÓRDOBA

Tribunal Titular.

Presidente: Don Julio García Abad.

Vocales: Don Rafael Román Torrealba.

Doña Ana Belén Quintana Jiménez.

Don Manuel Cobos Ruiz.

Secretario: Don Jesús Garrido Castillo.

Tribunal Suplente.

Presidente: Don Rafael Román Torrealba.

Vocales: Don Antonio Gálvez Arjona.

Don Pedro Manuel Serrano Jurado.

Don Francisco Barba Guerrero.

Secretario: Don Manuel Delgado Velasco.

PROVINCIA DE GRANADA

Tribunal Titular.

Presidente: Don José Miguel López Ruiz.

Vocales: Don Francisco Barrales León.

Don José Miguel Casasola Boyero.

Don Antonio Rosales Rodríguez.

Secretario: Don Guillermo Esteban García.

Tribunal Suplente.

Presidente: Don Jesús Bullejos Santisteban.

Vocales: Doña María Dolores Gómez Molina.

Don Luis Martínez Martínez.

Doña María Victoria Fernández Madero.

Secretario: Don Miguel Nebot Gómez.

PROVINCIA DE HUELVA

Tribunal Titular.

Presidente: Don Miguel Ángel Moreno de Monteverde.

Vocales: Don José Ángel Fernández Majuelos.

Doña María del Pilar Paniagua Martínez.

Doña Rafaela Lepe Márquez.

Secretaria: Doña Esther María Pérez Martín.

Tribunal Suplente.

Presidente: Don Luis Silvera Nevado.

Vocales: Don Cristóbal Jorge Quintero Bermúdez.

Doña Luisa María García Mora.

Don Miguel Ángel Salas Rodríguez.

Secretaria: Doña María del Carmen Serrano Macías.

PROVINCIA DE JAÉN

Tribunal Titular.

Presidente: Don Juan Pedro Martínez Fernández.

Vocales: Dª María Dolores Fernández Baltanás.

Doña Ana María Pérez Cruz.

Don Luis Cabrera Anguita.

Secretario: Don Rafael Romero Romero.

Tribunal Suplente.

Presidente: Don Luis Miguel Millán Cantero.

Vocales: Doña María José Rodríguez Tovar.

Don Norberto Navarro Cuesta.

Doña Lourdes López Mayoral.

Secretaria: Doña Ana María Armenteros Sánchez.

PROVINCIA DE MÁLAGA

Tribunal Titular.

Presidenta: Doña María José Navas Aranda.

Vocales: Doña Raquel del Paso Reguera.

Doña Encarnación Silva Cortés.

Don Francisco Romero Graciano.

Secretario: Don Juan Vázquez Sell.

Tribunal Suplente.

Presidente: Don Salvador Blanco Martín.

Vocales: Doña María José Peinado del Río.

Doña Carmen Torres López.

Doña Ana María González Armada.

Secretario: Don Manuel Díaz Villena.

PROVINCIA DE SEVILLA

Tribunal Titular.

Presidente: Don Venancio Yélamos Navarro.

Vocales: Don José María Grandes del Río.

Doña Ana Isabel Muñoz Murillo.

Don Fco. Javier Escalera Gámez.

Secretaria: Doña Luz María Romero García.

Tribunal Suplente.

Presidenta: Doña Pilar de Iraides García Luque.

Vocales: Doña Aurelia Franco Fernández.

Doña María Parra Algaba.

Don Francisco Antonio Muñoz Japón.

Secretario: Don José Enrique Álvarez Jiménez

Base sexta. Fecha y horarios de los ejercicios.

Fecha: Sábado, 27 de noviembre de 2010.

Horas de celebración:

De 9,00 h a 10,00 h.

Base séptima. Lugares de celebración de los ejercicios.

- Almería: Universidad de Almería. Aulario Núm. III.

La Cañada de San Urbano-Campus Universitario-Almería.

- Cádiz: Delegación de Obras Públicas y Vivienda de Cádiz.

Plaza de Asdrúbal, s/n, Cádiz.

- Córdoba: Escuela Superior Técnica Empresarial Agrícola (ETEA).

C/ Escritor Castilla y Aguayo, núm 4. Córdoba.

- Granada: Delegación de Obras Públicas y Vivienda de Granada.

C/ Joaquina Eguarás, 2. Granada.

- Huelva: Delegación de Obras Públicas y Vivienda de Huelva.

Avda. de Alemania, 7. Huelva.

- Jaén: Delegación de Obras Públicas y Vivienda de Jaén

Paseo de la Estación, 30. Jaén.

- Málaga: Instituto de Enseñanza Secundaria Número 1, Universidad Laboral.

C/ Julio Verne, núm. 6. Málaga.

- Sevilla: Facultad de Matemáticas de la Universidad de Sevilla.

Avda. Reina Mercedes s/n. Sevilla.

Base octava. Presentación a examen y desarrollo de las pruebas.

Los aspirantes admitidos deberán concurrir a las pruebas provistos del documento oficial en vigor acreditativo de su identidad (DNI/NIE, permiso de conducir o pasaporte). Su falta dará lugar a la no admisión del aspirante a la realización de aquéllas. Se recomienda, asimismo, que concurran provistos de la copia de la solicitud de admisión.

Quienes hayan presentado telemáticamente su solicitud deberán, además, acreditar su residencia en Andalucía en la forma señalada en la base tercera, no siendo admitidos en caso contrario.

Para la correcta realización de los correspondientes ejercicios los aspirantes deberán ir provistos de bolígrafo.

Base novena. Listas de aspirantes declarados aptos y plazo de reclamaciones.

Finalizadas las pruebas y una vez corregidos todos los ejercicios, los Tribunales harán públicas en los tablones de anuncios de las respectivas Delegaciones Provinciales de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda y en otros que estimen oportunos así como en la página web de la Consejería, la relación provisional de aspirantes que hayan resultados aptos.

Los aspirantes no incluidos en dicha relación dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a la exposición de tal Resolución en el tablón de anuncios, para presentar las reclamaciones que estimen convenientes.

Una vez resueltas estas reclamaciones los Tribunales elevarán la lista definitiva de aspirantes aptos a la Secretaría General de Planificación, Ordenación Territorial, Infraestructuras y Movilidad Sostenibles, quien dispondrá su publicación en la página web de la Consejería y procederá a la expedición de los certificados de capacitación profesional. Dicho listado se expondrá igualmente en los tablones de anuncios de las Delegaciones Provinciales de Obras Públicas y Vivienda.

Contra la Resolución que haga pública la aprobación del listado definitivo de aptos se podrá interponer recurso de alzada en la forma y tiempo establecidos en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tercero. Impugnación de la convocatoria de las pruebas.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe a los interesados interponer recurso de alzada ante la Consejería de Obras Públicas y Vivienda en el plazo de un mes contado desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Junta de Andalucía.

La presente convocatoria y cuantos actos se deriven de ella, se regirán por lo establecido en la vigente Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 30 de septiembre de 2010.- El Secretario General, Eduardo Tamarit Pradas.

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