Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.
De conformidad con lo establecido en las bases 11 y 12 del Anexo I de las Resoluciones de 3 de abril de 2008 (BOJA núm. 79, de 21 de abril), y 4 de abril de 2008 (BOJA núm. 82, de 22 de abril), por las que se convoca concurso-oposición para cubrir plazas básicas vacantes de Técnicos de Función Administrativa (opciones Económico-Estadística y Organización y Gestión de Servicios de Salud), Gestión de Función Administrativa, opciones Administración General e Informática e Ingenieros Técnicos Industriales del Servicio Andaluz de Salud; finalizado el plazo para solicitar destino y presentar la documentación requerida; verificada la concurrencia de los requisitos exigidos en las bases de la convocatoria; resueltas las solicitudes de alteración del orden de prelación establecido para la elección de plaza; y en uso de las atribuciones que tiene conferidas en virtud de lo dispuesto en el Decreto 136/2001, de 12 de junio (BOJA núm. 80, de 14 de julio), por el que se regulan los sistemas de selección del personal estatutario y de provisión de plazas básicas en los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, y en el Decreto 171/2009, de 19 de mayo (BOJA núm. 95, de 20 de mayo), de Estructura Orgánica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud, esta Dirección General
R E S U E L V E
Primero. Nombrar personal estatutario fijo a los aspirantes que han superado el concurso oposición en las categorías de Técnicos de Función Administrativa (opciones Económico-Estadística y Organización y Gestión de Servicios de Salud), Gestión de Función Administrativa (opciones Administración General e Informática) e Ingenieros Técnicos Industriales, y que se relacionan en el Anexo I de esta Resolución con expresión del centro de destino adjudicado. De conformidad con lo establecido en la base 11.1 de la convocatoria, las plazas ofertadas han sido adjudicadas atendiendo a los centros de destino solicitados por los aspirantes que han superado el concurso oposición y al orden determinado por la puntuación obtenida en el mismo, respetando la preferencia de los aspirantes que acceden por el sistema de acceso de promoción interna y sin perjuicio de lo establecido en la base 10.2 de la convocatoria respecto a los aspirantes que participan por la reserva de plazas para personas con discapacidad.
Segundo. Denegar, de conformidad con lo establecido en la base 10.2 y oído el comité técnico de valoración constituido al efecto, la solicitud de alteración del orden de prelación establecido para la elección de plaza del aspirante que figura relacionado en el Anexo II. Dicho comité considera, tras la valoración de los certificados e informes presentados por dicho aspirante, que no acredita dependencia personal ni dificultades de desplazamiento, entendida esta como limitación relevante para trasladar el domicilio habitual, por lo que no procede acceder a la alteración de orden solicitada.
Tercero. De conformidad a lo establecido en la base 12.2 de la convocatoria, el plazo de toma de posesión será de un mes improrrogable, contado a partir del día siguiente al de publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Perderán los derechos derivados de su participación en las pruebas selectivas quienes, transcurrido dicho plazo, no se hayan incorporado a su destino, salvo causa justificada así apreciada por esta Dirección General.
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante esta Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía –Sala de lo Contencioso-Administrativo de Granada– en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación de dicha Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 1 de octubre de 2010.- El Director General, Antonio J. Valverde Asencio.
Descargar PDF