Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 205 de 20/10/2010

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Consejería de Medio Ambiente

Anuncio de 22 de septiembre de 2010, de la Dirección General de Dominio Público Hidráulico de la Agencia Andaluza del Agua, para la suspensión de plazo establecido para resolver en el procedimiento incoado de oficio de apeo y deslinde del dominio público hidráulico en ambas márgenes de la rambla de Higueral, en el término municipal de Berja (Almería).

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«La Dirección General de Dominio Público Hidráulico, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 14.a) y f) de los Estatutos de la Agencia Andaluza del Agua, aprobados por el Decreto 2/2009, de 7 de enero, inició de oficio con fecha 24.4.2009 el procedimiento administrativo de apeo y deslinde del dominio público hidráulico, Expte. AL-30100, en el tramo comprendido entre la Ctra. de Berja a Hirmes y la Ctra. de Berja a Beninar, ambas márgenes, en el término municipal de Berja (Almería).

Se va a proceder al envío del expediente anteriormente referenciado al Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía, al objeto de que emita el preceptivo informe y previo a la resolución finalizadora del mismo, según regulación contenida en el artículo 242.bis.5 del Reglamento de Dominio Público Hidráulico, existiendo en dicho Servicio un cúmulo de expedientes de deslindes de domino público hidráulico, previéndose que no se emita en el plazo previsto.

El expediente corre el riesgo de caducarse, por estar previsto el plazo de finalización con fecha 24 de octubre de 2010. Asimismo, con carácter excepcional se ha producido una ampliación del plazo establecido, con fecha 22 de septiembre de 2010, mediante motivación clara de las circunstancias concurrentes y solo una vez agotados todos los medios a disposición posibles, en virtud de lo establecido en el artículo 49 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reformada por Ley 4/99.

De acuerdo con lo anteriormente expuesto,

ACUERDO

Primero. Suspender el transcurso del plazo máximo legal para resolver el procedimiento y notificar la resolución, por ser dicho informe determinante para la resolución del procedimiento, sin el cual no se pueden proseguir las actuaciones administrativas, al amparo de lo previsto en el artículo 42.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Segundo. La suspensión no podrá exceder de tres meses, debiendo acordarse desde que tiene entrada el expediente de referencia en Servicios Jurídicos Provinciales y la reanudación del plazo en la fecha en que a esta Unidad Administrativa le conste el informe de referencia, a efectos de evitar la caducidad del mismo.

Así lo acordó y firmó en Sevilla el Director General de Dominio Público Hidráulico el 22 de septiembre de 2010.»

Teléfono para realizar consultas: 955 600 528 (Ext. 5364).

Málaga, 22 de septiembre de 2010.- El Jefe del Servicio de Gestión de Dominio Público Hidráulico, José Manuel Domínguez López.

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