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En cumplimiento de lo ordenado por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Adminístrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, comunicando la interposición por el Ayuntamiento de Rota del recurso núm. 721/2010, contra la Orden de la Consejería de Gobernación y Justicia de 9 de julio de 2010, por la que se deniega la realización de un nuevo deslinde entre los términos municipales de Chipiona y Rota, ambos en la provincia de Cádiz, en el área denominada «La Ballena», y a tenor de lo dispuesto en el artículo 49.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
RESUELVO
Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, sirviendo la misma como emplazamiento a todas las posibles personas interesadas, físicas o jurídicas, para que, si lo estiman conveniente a la defensa de sus intereses, puedan comparecer, representados por Abogado y Procurador, en el plazo de nueve días hábiles ante la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
Sevilla, 26 de octubre de 2010.- El Director General, José María Reguera Benítez.
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