Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 23 de 04/02/2010

3. Otras disposiciones

Empresas Públicas

Resolución de 27 de enero de 2010, de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, por la que se amplían los plazos previstos para la presentación de las presolicitudes y solicitudes de incentivo en la Orden que se cita.

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Mediante la Orden de 12 de mayo de 2009, de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 97, de 22 de mayo de 2009, se establecen las bases reguladoras de un programa de incentivos para la digitalización de centros analógicos existentes de iniciativa local, emisores y reemisores de servicios de televisión de ámbito nacional y autonómico por ondas terrestres.

Los artículos 13 y 15 de esta Orden obligan a las entidades interesadas a la firma y presentación telemática de las presolicitudes y las solicitudes de incentivo, a través del Registro Telemático Único de la Administración de la Junta de Andalucía.

Mediante Resolución de 8 de julio de 2009, del Director General de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, se autoriza la presentación de presolicitudes y solicitudes de incentivo, correspondientes a centros ubicados en municipios englobados en las distintas Fases del programa de incentivos, dentro de los plazos previstos en la Orden reguladora para la presentación de presolicitudes y solicitudes de incentivo correspondientes a las fases sucesivas.

Estando próxima la finalización del plazo establecido en la norma reguladora de los incentivos para que los posibles beneficiarios de los mismos presenten las presolicitudes y solicitudes correspondientes a la última de las fases establecida en la Orden reguladora, se ha constatado que, por diversas circunstancias técnicas y administrativas, algunas de las entidades interesadas no podrán ajustarse a dicho plazo.

Por otra parte, la aspiración de que se realicen las inversiones necesarias para que las zonas en las que actualmente existe cobertura con tecnología analógica y que, por las disposiciones normativas actuales, quedarían con una deficiente recepción en TDT, puedan alcanzar el objetivo de la plena sustitución tecnológica del servicio, es fundamental para garantizar a los ciudadanos de dichas zonas el tránsito pleno a la televisión digital terrestre.

Teniendo en cuenta lo expuesto y para facilitar a los interesados la tarea de llevar a cabo la adecuada sustitución tecnológica para la transición a la televisión digital terrestre, de conformidad con los artículos 14.2 y 16.3 de la Orden reguladora,

RESUELVO

Primero. Plazo de presentación de presolicitudes.

El plazo de presentación de presolicitudes finalizará, para los centros ubicados en municipios englobados en las distintas fases del programa de incentivos, a las 14,00 horas del 30 de abril de 2010.

Segundo. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes de incentivo finalizará, para los centros ubicados en municipios englobados en las distintas fases del programa de incentivos, a las 14,00 horas del 28 de mayo de 2010.

Tercero. Efectos.

La presente Resolución será publicada de acuerdo con lo previsto en los artículos 4.5 y 16.3 de la referida Orden de 12 de mayo de 2009 y producirá efectos desde la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 27 de enero de 2010.- El Director General, Antonio Valverde Ramos.

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